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Elevarán años de cárcel para culpables en “impuesto de guerra”

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Tegucigalpa – Presionados por la exigencia de la ciudadanía que vive angustiada ante las incesantes extorsiones, los diputados del Congreso Nacional tomarán esta semana otra decisión en la agenda de seguridad: las reformas al Código Penal con el objetivo de endurecer las penas para el delito de chantaje y el de extorsión o “impuesto de guerra”.
 

– En la actualidad, la extorsión tiene un castigo de apenas seis años de cárcel

En la actualidad, el delito de extorsión y chantaje se castiga con una pena de seis a nueve años de cárcel, y muchos de los imputados gozan de medidas sustitutivas de la cárcel, por lo que el Legislativo busca elevar la reclusión a quince o veinte años.

“Aunque la Corte Suprema de Justicia recomienda que revisemos el Proyecto de Dictamen, es potestad soberana del Poder Legislativo decidir si toma en cuenta o no dicha recomendación”, explica Germán Leitzelar, diputado del Partido Innovación y Unidad (Pinu).

La opinión desfavorable de la CSJ se basa en que la reforma no tendría una proporcionalidad entre delito y la pena, porque la aplicación de 15 a 20 años de cárcel es la misma con que se castiga a los homicidas.

“Lo que queremos es endurecer las penas contra aquellos que le cobran el impuesto de guerra a taxistas, conductores de buses, dueños de pulperías y de bodegas, comerciantes y profesionales que son amenazados de muerte si no entregan dinero”, explica el presidente del Congreso Nacional, Juan Orlando Hernández.

Todo listo

Por esa razón, la reforma al artículo 222 del Código Penal pretende establecer que quienes cobran el “impuesto de guerra” o extorsionan hasta por la vía telefónica sean castigados con reclusión de 15 a 20 años.

“Comete el delito de extorsión e incurrirá en la pena de 15 a 20 años, quien usando amenazas, violencia o intimidación para obtener para sí, para su organización delictiva dinero u otros bienes, obligare a una persona, a un grupo de personas o a una persona jurídica o grupo de personas jurídicas a: 1) hacer alguna cosa 2) suscribir documentos para obtener pagos de dinero en forma periódica; 3) suscribir, otorgar, entregar o destruir una escritura pública o cualquier otro documento público o privado”, reza la reforma.

“Y comete el delito de chantaje e incurrirá en la pena de reclusión de diez a quince años, quien con amenazas de imputaciones contra el honor o el prestigio, o de violación o divulgación de secretos con perjuicio en uno u otro caso para el ofendido, su familia o la entidad en cuya gestión intervenga o tenga este interés, exigiere la entrega de una cantidad de dinero u otros bienes”, agrega.

“Los diputados decidiremos si se inicia o no la discusión tomando en cuenta la recomendación de la Corte Suprema de Justicia”, dice Leitzelar. “Con esta redacción se está tipificando el cobro del impuesto de guerra como un delito penal no fiable”.

Mientras tanto, Ramón Velásquez Nazar, uno de los vicepresidentes del Legislativo, confirma que “La aprobación de esta reforma ha sido puesta en agenda por el Congreso para esta semana.

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