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Descartan que actuales magistrados del TSC sean reelectos

Tegucigalpa – El secretario del Congreso Nacional, Mario Pérez, informó este jueves que a partir del lunes se inicia la recolección de aspirantes para ocupar los cargos a magistrado del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), al tiempo que descartó que los actuales funcionarios puedan ser reelectos para otro período.

“Hemos tenido nuestra primera reunión los 13 diputados que conformamos la Comisión Especial que evaluará a los aspirantes a magistrados del ente contralor”, detalló.

Dijo que se aprobó un reglamento para regular la elección y un cronograma de actividades, por lo que desde el lunes toda aquella persona que aspire a estos cargos pueden entregar sus hojas de vida ante el Congreso Nacional.

“Es muy difícil que alguno de los magistrados actuales repita, todos en la Comisión coincidimos que se le tiene que dar la oportunidad a otras personas que aspiren a los cargos y que cumplan con los requisitos legales”, señaló.

Explicó que de todos los aspirantes serán electos los mejores 12 calificados en las audiencias públicas y los mejores tres serán nombrados en los cargos que requiere el Tribunal Superior de Cuentas.

Aseguró que los actuales magistrados pueden someterse a las audiencias públicas, pero serán tratados como cualquiera de los nuevos aspirantes.

Los requisitos para optar al cargo de magistrado del TSE son:

1. Ser hondureño por nacimiento

2. Ser mayor de 35 años

3. Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos

4. Ser de reconocida honradez y de notoria buena conducta y

5-Poseer título universitario en las áreas de las ciencias económicas, administrativas, jurídicas o financieras.

La documentación requerida incluye:

1. Hoja de vida en la que se incluye fotografía tamaño carnet

2. Certificación original de acta de nacimiento

3. Copia de la tarjeta de identidad

4. Copia debidamente autenticada del título que acredite la profesión universitaria requerida

5. Constancia de inscripción en el colegio profesional al cual pertenece y constancia de solvencia de las aportaciones (en los casos que exista colegiación profesional obligatoria)

6. Constancia del Tribunal de Honor del colegio profesional al que pertenece de no tener sanciones o asuntos pendientes en el ejercicio profesional (en los casos que exista colegiación profesional obligatoria)

7. Constancia de antecedentes penales y antecedentes policiales

8. Constancia de solvencia con el Estado y sus instituciones (Servicios de Administración de Rentas (SAR), Procuraduría General de la República (PGR), Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y Ministerio Público) y

9. Constancia de solvencia municipal

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