Tegucigalpa – El Tribunal de Sentencia, a través de la Sala V con Juez Unipersonal luego de revisar el escrito de la querella promovida por Patricia Suyapa Murillo Gutiérrez contra Carlos Martínez Zepeda por suponerlo responsable del delito de injurias y difamación, determinó declararla inadmisible.
La determinación judicial se toma, según la información oficial, en virtud que el Código Procesal Penal ya establece la forma de deducir la responsabilidad penal cuando el delito solo puede ser perseguido por la acción de la víctima, su procedimiento especial para determinar su responsabilidad tomando en cuenta lo relativo al honor como en el caso particular sobre injurias y difamación.
Igualmente, otros de los apartados del Código Procesal Penal establece las razones para declarar la inadmisibilidad de la querella la cual es declarada sin lugar en base a notoriamente la acción u omisión no es constitutiva de delito; que le falte a la querella alguno de los requisitos exigidos en el Código y en la causa en la lectura de los hechos no se configura la acción delictiva como es notoria la falta de argumentos por parte de la querellante en su escrito.
Las dos diputadas presentaron en forma separada las querellas contra el periodista Carlos Martínez Zepeda, a quien se le supone responsable del delito de injurias y difamación en perjuicio de Patricia Murillo y Sherly Arriaga, respectivamente.