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Culpable María Luisa Borjas por calumnias

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Tegucigalpa – El juez natural, Rolando Argueta Pérez, declaró culpable a la diputada María Luisa Borjas por el delito de calumnias constitutivas de difamación en una querella interpuesta por el empresario Camilo Atala.

– La pena oscila entre dos años ocho meses a cuatro años de cárcel, según el Código Penal hondureño.

– Se trata de la primera parlamentaria hondureña condenada por este delito, sin embargo la resolución no afecta su desempeño como diputada.

Así lo informó la portavoz de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Lucía Villars, quien agregó que la audiencia de determinación de la pena será el jueves 7 de febrero a las 9:00 de la mañana.

Luego de la presentación de las pruebas durante el juicio, a la congresista del Partido Libertad y Refundación (Libre) se le condenó por el delito de calumnias constitutivas de difamación.

El juez que conoció la causa determinó que María Luisa Borjas vertió sus declaraciones de manera irresponsable, ya que por lo menos ella tuvo que realizar la mínima diligencia para confirmar la misma, que sería trasladada a un público, explicó la relacionista Villars.

De acuerdo a lo establecido en el Código Penal hondureño, la diputada Borjas enfrenta una pena de entre dos años y ocho meses hasta cuatro años de cárcel.

Con base al expediente, la querella se originó luego que María Luisa Borjas en algún momento indicó que el empresario habría sido el autor intelectual de haberle dado muerte a la señora Berta Cáceres.

Borjas tiene la opción de presentar un recurso de casación para impugnar la sentencia.

La diputada Borjas reaccionó a la condena señalando que está decepcionado del fallo y que presentará un recurso de casación contra el mismo, tal como lo indica la legislación en la materia.

El equipo de defensa del acusado emitió un comunicado en el que destaca que lo más importante es que en el juicio se demostró la falseda del documento calumnioso que leyó Borjas cuando era candidata a diputada.

A continuación Proceso Digital reproduce la declaración pública emitida por la defensa del demandante:

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