Tegucigalpa – El convenio entre el Gobierno de Honduras y la Organización de Estados Americanos (OEA) que dio vida a la Misión de Apoyo Contra la Corrupción y la Impunidad en Honduras (MACCIH) debe contar con la aprobación del Congreso Nacional, tanto para ser prorrogado o modificado, opinó este miércoles la Procuraduría General de la República al ser consultada por la Cancillería del país.
“En respuesta a la consulta de fondo sobre el procedimiento de la ley para la prorroga o modificación del referido Convenio; la prorroga o modificación de un Convenio debe seguir el procedimiento que manda el artículo 16 de la Constitución de la República, el cual dispone: todos los tratados internacionales deben ser aprobados por el Congreso Nacional antes de su ratificación por el Poder Ejecutivo”.
Agrega el documento que de esa disposición constitucional se desprende con claridad, como sucede en la mayoría de las legislaciones de derecho comparado que la incorporación de tratados, convenios o normas internacionales al orden interno pasa conforme a un filtro constitucional para otorgar legitimidad a la ley interna.
En su opinión la Procuraduría General establece que si bien el Poder Ejecutivo puede celebrar o ratificar convenios internacionales o adherirse a ellos sin el requisito previo de la aprobación del Congreso Nacional, esta norma no es aplicable en cuanto al Convenio de la MACCIH ya que el mismo incide directamente en los otros dos poderes del Estado y en otras instituciones con rango constitucional.
También se indica en la opinión de la Procuraduría que cuando se establece que “el Convenio podrá prorrogarse por canje de notas entre las partes”, al analizar el contexto del procedimiento constitucional establece que es claro que el Convenio debe ser aprobado por el Legislativo y no puede entenderse al no haberse expresado así que se trataba de una prorroga expresa, sin necesidad de ir nuevamente al legislativo.
Refrenda que dicho procedimiento no puede ser sustituido por el canje de notas, que a lo que se refiere es a la forma de acordar la voluntad de las partes de continuar nuevamente con el convenio, sin omitir el procedimiento respectivo.
Igualmente se establece que si bien al Presidente Constitucional le corresponde dirigir la política exterior el convenio que da vida a la MACCIH tiene una incidencia a lo interno y en relación con otros poderes del Estado; por lo tanto una prórroga del mismo debe ser enviada de nuevo al Poder Legislativo para su aprobación.
El documento emitido por la Procuraduría General, que es ilustrativo y no vinculante, se deriva de la Dirección Nacional de Consultoría Derechos Humanos y Litigios Internacionales.
A continuación Proceso Digital comparte el documento.
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