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Congreso reforma ley del TSC y genera dudas en la oposición

Tegucigalpa – El Congreso Nacional aprobó las reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) este miércoles en Choluteca, la cual fue apoyada por la bancada nacionalista, gran parte de la bancada liberal y parlamentaria de otras fuerzas minoritarias, mientras los diputados de Libre y del PINU rechazaron la medida y se retiraron del sitio del encuentro.

La polémica se produjo cuando se presentó la iniciativa, introducida por el presidente Mauricio Oliva, pero los diputados opositores señalaron que les entregaron a último momento el documento que contiene las reformas.

Para algunos la reforma es un retroceso en la lucha contra la corrupción, ya que se limita el accionar del Ministerio Público (MP), mientras otros consideran que se excluyen de la fiscalización ciertos organismos no gubernamentales que manejan recursos estatales.

Yahve SabillónEl diputado del partido Libertad y Refundación (Libre), Yahve Sabillón, escribió en su cuenta de Twitter “nos dan a última hora el borrador de la (reforma) de la ley del Tribunal Superior de Cuentas y revisándolo le quitan la atribución a la UFECIC de investigar casos de corrupción…otro pacto de impunidad”. (INCLUIR TUIT)

Los defensores de la medida, indicaron que las reformas más bien otorgan mayores medidas al TSC para luchar contra la corrupción y que el Ministerio Público continuará con libertad para investigar y actuar en los tribunales de justicia.

Rolando DubónPara el diputado nacionalista Rolando Dubón Bueso “no se está debilitando la lucha contra la corrupción, al contrario; se fortalecen los instrumentos que priorizan la transparencia en el manejo de fondos públicos”.

Indicó el legislador nacionalista que a los diputados de Libre les explicaron algo sencillo, pero no quisieron entender.

Mientras el titular del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, dijo que el fin de las reformas es prevenir con las auditorías concurrentes la corrupción, con este mecanismo a juicio del líder del Parlamento, se tendrá una política pública preventiva contra dicho mal.

Restringen

El artículo 5 limita a varias instancias que no podrán ser auditadas, se considera un retroceso y una extensión del “Pacto de Impunidad y un retroceso deleznable en la lucha contra la corrupción e impunidad”, según un análisis elaborado a petición de organismos que combaten la corrupción e impunidad en Honduras.Congreso Nacional Proceso Digital 2El proyecto fue presentado por presidente del CN Mauricio Oliva

Se mina al MP

El análisis destaca que la acción mina la actuación del Ministerio Público al debilitar su actividad, ya que los auditores de las instituciones deberán informar primero al titular de la institución de las anomalías que detecten, a fin que corrijan los males.

En caso que no se apliquen los correctivos, el auditor informará al Tribunal Superior de Cuentas de lo que está ocurriendo en la institución y remitirá para ello el informe escrito.

El TSC determinará, previa evaluación, si se procede contra los funcionarios de la institución responsables de las anomalías por la vía administrativa o bien envía los casos a la Procuraduría General de la República (PGR), en caso que lo consideren de carácter civil, o al Ministerio Público, cuando tenga un impacto penal.

Congreso MóvilLos diputados de Libre abandonaron la reunión parlamentaria 

Limitaciones

Asimismo, los auditores no podrán entregar información a otras instancias que no sea el TSC en primer lugar, dejando por lado a otros operadores de justicia, como el MP, que deberá depender de los informes de la instancia superior.

La reforma a la Ley Orgánica del TSC crea la figura del auditor interno y otras personas que trabajan en esa área, los cuales dependerán y serán designados por el tribunal, aunque las instituciones deberán tener las partidas presupuestarias para su financiamiento.

Mientras en el artículo 77 reformado se establece que solo los órganos jurisdiccionales, previo procedimiento legal (orden judicial), podrán tener acceso a los registros del TSC, con lo cual elimina la independencia del Ministerio Público de solicitar información y la misma debería ser entregada en el término establecido.

Ello le impedirá al Ministerio Público acceder a las auditorías concurrentes, declaraciones patrimoniales y pliegos de responsabilidad sin tener el permiso de un juez, según el análisis independiente.

Asimismo, en el análisis jurídico de la reforma a la ley del TSC, realizado a petición de entes que combaten la impunidad representa (artículo 77) “una regresión en los procesos de investigación encaminados por el Ministerio Público y UFECIC, especialmente en los delitos contra la administración pública”.

En el artículo 103 se ven disminuidas las competencias de la Fiscalía General al poder el tribunal tomar en depósito y conservar la documentación de las fiscalizaciones e investigaciones realizadas. Los funcionarios que tengan en poder documentos u otros señalados deben presentarlos al TSC con el solo requerimiento del mismo, caso contrario el ente contralor podrá solicitarlo al organismo jurisdiccional respecto al “secuestro de dicha documentación, e informará al Ministerio Público para los efectos pertinentes”.

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