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Conforman Comisión para dar seguimiento a sentencias en favor de Comunidades Garífunas

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Tegucigalpa – En las instalaciones de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización se juramentó a los miembros propietarios y suplentes de la Comisión Interinstitucional para el Cumplimiento de las Sentencias de las Comunidades Garífunas.

La Comisión actuará como una instancia de diálogo y concertación, a efecto de coordinar las acciones dirigidas al acatamiento de los puntos resolutivos de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), dictadas el 8 de octubre de 2015, en beneficio de las comunidades garífunas de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra, por haber encontrado al Estado de Honduras responsable en la violación al derecho de la propiedad colectiva.

En el caso de Punta Piedra, localizada en el Departamento de Colón, la Corte-IDH consideró que el Estado era responsable por la violación del derecho a la propiedad colectiva, con motivo de la falta de garantía del uso y goce de su territorio, a través de su saneamiento y la carencia de adopción de medidas que garanticen el derecho a la consulta e identidad cultural.

La Corte-IDH constató que en 1993 el Estado otorgó a la Comunidad de Punta Piedra un título de propiedad sobre una superficie de aproximadamente 800 hectáreas, en relación con un territorio respecto del cual contaba con un título ejidal desde 1920.

Posteriormente, la Comunidad de Punta Piedra solicitó la ampliación de su territorio por un área de tres mil hectáreas. No obstante, se le demarcaron y titularon mil 513 hectáreas adicionales, excluyendo expresamente 46 hectáreas. La suma total del territorio titulado a favor de la Comunidad de Punta Piedra ascendió a dos mil 314 hectáreas.

En lo que respecta a la comunidad de Triunfo de la Cruz, localizada en el Departamento de Atlántida, la Corte-IDH declaró responsable al Estado de Honduras por la violación del derecho a la propiedad colectiva, por haber incumplido su obligación de delimitar y demarcar las tierras tituladas a favor de la Comunidad, así como por no haber titulado, delimitado y demarcado los territorios que fueron reconocidos como tierras tradicionales y no haber garantizado el goce efectivo del título de propiedad colectiva, en relación con un área adjudicada en garantía de ocupación y reconocida como tierra tradicional por el Estado.

Desde el año 1950 el Estado de Honduras comenzó a otorgar títulos de propiedad sobre la tierra en favor de la Comunidad Triunfo de la Cruz y sus miembros. En particular, consta que la Comunidad Garífuna efectuó varias solicitudes de dominio sobre territorios en los años 1946, 1969, 1997, 1998 y 2001. Hasta la actualidad, un total de 615 hectáreas y 28.71 centiáreas han sido otorgadas en “dominio pleno”, y 128.40 hectáreas en calidad de “garantía de ocupación”. La Corte-IDH pudo constatar que se suscitaron distintas problemáticas en torno al territorio de la Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz y sus miembros.

En tal sentido, en ambos casos la sentencia de la Corte-IDH contempla una serie de medidas de reparación entre ellas: Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional; proceder a demarcar las tierras sobre las cuales ha sido otorgada la propiedad colectiva a la Comunidad en dominio pleno y en garantía de ocupación; otorgar un título de propiedad colectiva sobre un lote de tierra reconocido como territorio tradicional de la Comunidad Triunfo de la Cruz por parte del Estado, el cual deberá ser debidamente delimitado y demarcado; garantizar el uso y goce, a través del saneamiento, de las tierras tradicionales que fueron tituladas por el Estado a favor de la Comunidad Garífuna de Punta Piedra; crear mecanismos adecuados para regular su sistema de Registro de Propiedad; entre otras.

Es por ello que dando cumplimiento a las sentencias, el Estado de Honduras realizó las publicaciones del resumen de las sentencias en un diario de mayor circulación y en el diario Oficial La Gaceta, además se dio lectura de las mismas en medios radiales de las comunidades antes mencionadas, todo ello en los idiomas español y garífuna.

Asimismo, la Procuraduría General de la República efectuó el pago a través de transferencia al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte-IDH.

Por tal razón, el Estado de Honduras para garantizar el efectivo cumplimiento de las obligaciones contenidas en los fallos de la Corte-IDH creó mediante el Decreto ejecutivo 01-2016 la Comisión Interinstitucional para el Cumplimiento de las Sentencias que será la responsable de la ejecución de las acciones necesarias para el acatamiento total de las mismas.

La Comisión la conforman las siguientes Secretarías de Estado: Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, Relaciones Exteriores, Coordinación General de Gobierno, Finanzas, Infraestructura y Servicios Públicos, Dirección de Pueblos Indígenas y Afrodescendientes, Procuraduría General de la República y las Alcaldías de Tela e Iriona, entre otras instituciones.

Durante la ceremonia de juramentación, la Subsecretaria de Derechos Humanos y Justicia, Norma Allegra Cerrato manifestó que “el día de hoy estamos dando otro paso importantísimo en el cumplimiento de las sentencias de los casos de las comunidades garífunas de Triunfo de la Cruz y Punta Piedra, el reto es grande y es nuestra labor darle vida y cumplimiento a ambas sentencias”.

La Comisión recibió un borrador de Reglamento Interno y el Plan de Trabajo, el cual se realizó en atención a los plazos de cumplimiento establecidos en la sentencia de la Corte-IDH.

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