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Conadeh registra más de 30 querellas contra periodistas desde el 2004

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Tegucigalpa – El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (Conadeh), Roberto Herrera Cáceres, abogó hoy por la despenalización de los delitos contra el honor en el país y dijo que, privar de la libertad a una persona por la comisión de los mismos es una medida severa, innecesaria y desproporcional.

– Entre los querellados figuran reporteros y directores de programas de radio, televisión y prensa escrita, la mayoría por delitos contra el honor.

Es severa y, en general, inadecuada, innecesaria y desproporcional porque lo que se busca es la restitución de la reputación de la persona afectada y la reparación de los daños causados, evitando dañar la libertad de expresión, declaró.

Registros del ente estatal de derechos humanos establecen que, desde 2004 a la fecha, se han interpuesto alrededor de 30 querellas contra personas vinculadas a los medios de comunicación, de los cuales, al menos, seis han sido objeto de sentencias en el país, mientras que otros prefirieron llegar a acuerdos conciliatorios.

Entre los querellados figuran reporteros y directores de programas de radio, televisión y prensa escrita, la mayoría por delitos contra el honor.

Las acusaciones contra los miembros del gremio de periodistas han sido presentadas, en los tribunales, en algunos casos por secretarios de Estado otras por profesionales del derecho, periodistas, magistrados, jueces, regidores, gerentes de instituciones del Estado, diputados y empresarios, entre otros.

El Ombudsman hondureño considera que en Honduras es necesario fomentar un ambiente cada vez más favorable a la libertad de expresión en una sociedad que busca democratizarse.

Explicó que la libertad de expresión no es un derecho absoluto, es un derecho que trae deberes y responsabilidades por cumplir y que el deber fundamental de quien la ejerce es respetar los derechos humanos de los demás.

Agregó que el Estado debe hacer lo máximo para evitar poner restricciones que afecten la libertad de expresión.

Además, que debe asegurar el respeto al derecho al honor, al buen nombre y reputación de las personas con responsabilidades y sanciones idóneas, necesarias y proporcionales que no afecten la libertad de expresión responsable, en una sociedad democrática.

Sostuvo que las sanciones penales son las más severas que se pueden contemplar dentro de la legislación de un Estado y, en general, no parecen idóneas ni necesarias ni proporcionales para favorecer ese entorno favorable para la libertad de expresión ya que tiene efectos intimidatorios y tienden a inhibir esa libertad.

Por consiguiente, el enfoque de cumplimiento de los derechos humanos, orienta al Estado a recurrir a otros mecanismos de protección que aseguren que la persona que abusó de la libertad de expresión sea obligada a dar las satisfacciones debidas y a hacer las reparaciones adecuadas a las personas a quienes, abusando de su libertad, dañó en su reputación.

Indicó que hay sanciones de tipo civil que pueden ser suficientemente ejemplares y que pueden evitar dañar la libertad de expresión.

Desde ese punto de vista, estamos por las reparaciones de tipo civil y por aquellas que hagan público el reconocimiento individual y social del abuso que se cometió contra el honor de la persona y la obligación de hacer las reparaciones adecuadas al caso, precisó.

El Defensor del Pueblo recordó que existe una obligación de los Estados de proceder conforme a las recomendaciones de la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) y, especialmente, dar cumplimiento a las sentencias de Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte IDH).

Explicó que lo importante es proteger a periodistas y demás personas, porque la libertad de expresión engloba la libertad de opinión que tienen todos los seres humanos y no vaya ser que por esa vía también quisieran afectar no solo a los periodistas, sino que al resto de la población.

El pasado 11 de enero, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia declaró «sin lugar» un recurso de casación presentado por la defensa del periodista David Romero, y ratificó la sentencia emitida en marzo de 2016 de 10 años de reclusión por la comisión de 6 delitos de difamación constitutivos de Injurias.

El 15 de enero, el diputado del Partido Unificación Democrática (UD), Mario Noé Villafranca, introdujo, ante el pleno del Congreso Nacional, una moción en la que pide derogar en su totalidad el título III relativo a los delitos contra el honor, capítulo I y II de la calumnia, injuria y difamación.

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