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¿Cómo manejar el dinero decomisado?

José S. Azcona

El manejo del dinero decomisado por parte de las autoridades ha representado una fuente continua de problemas. La necesidad de mecanismos complejos de resguardo, hasta la tentación de funcionarios inescrupulosos de apoderarse de los recursos, y la complejidad del transporte y manejo logístico, se han prestado para una enorme cantidad de irregularidades e ineficiencias. Se han perdido muchos millones de lempiras por robo, y gastado otro tanto más en administrar este sistema.

¿Qué hace necesario almacenar grandes cantidades de valores?  La legislación lo requiere como pruebas para los juicios, pero ¿pueden ser sustituidos por valores depositados en cuentas?  Si se sustituyera la prueba física por un certificado de depósito en el Banco Central por el valor ingresado, esto haría mucho más sencillos los procesos. Se haría innecesaria la custodia, haría muchísimo más sencilla la logística, y la devolución cuando amerite.

Buscando formas de mejorar este manejo he llegado al sistema británico, bajo el Proceeds of Crime Act 2002. Esta establece que el dinero confiscado después de 48 horas pasa una cuenta similar a una bancaria, cualquier confiscación o devolución se hace a partir de esa cuenta. Los haberes físicos ingresan como depósito y pierden su identidad original.

Los beneficios de hacer una reforma basada en este ejemplo, para que todos los haberes monetarios decomisados se vuelvan en cuentas del Banco Central de Honduras, son considerables.  Desaparecerían todas las dificultades involucradas con el manejo del dinero físico, siguiendo las mejores prácticas administrativas que se siguen en la actualidad. Aunque se requeriría un inventario inicial completo, firmado por las autoridades competente y el banco central, este se haría por única vez y no tendría que estarse repitiendo ya que sería sustituido por la cuenta y su informe de origen.

Este dinero no necesitaría ser resguardado ya que serían simples cuentas bancarias especiales, de fácil uso y supervisión.  No habría que estar acarreándolas de un lugar a otro, requiriendo fuertes resguardos y exponiendo a muchas personas a la tentación de apropiarse de dinero líquido. Eliminaría la posibilidad de que alguien sustrajera el depósito. La confiscación o la devolución son sencillas, por vía de un cheque del Banco Central, ya sea la caja única del Estado, o al imputado.

Existen otros desafíos, como de monetizar bienes no inmuebles decomisados. Durante una custodia prolongada estos bienes tienen una degradación considerable de su valor (por ejemplo, vehículos), tienen una alta relación de costo de mantenimiento/valor de rescate, y son tentadores para los que los custodian.  Por tanto hay que definir los casos en los que estos deben pasar a un proceso expedito de subasta para que su valor entre una cuenta similar a la anterior. Esto protege el interés financiero de las personas y recuperan sus bienes, le reduce mucho los costos y la posibilidad de irregularidades al estado durante el proceso de custodia adelante, y garantiza un mayor ingreso si resulta en una confiscación. 

Es importante para el interés nacional hacer las reformas legales necesarias para implementar de estos sistemas de acuerdo a nuestra legislación. Estas tendrían efectos benéficos considerables.

https://www.legislation.gov.uk/ukpga/2002/29/part/5/chapter/3/crossheading/seizure-and-detention
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