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CN aprueba reformas a Ley de Transporte

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Tegucigalpa – Los diputados del Congreso Nacional aprobaron las reformas a la Ley de Transporte informó el secretario de ese poder del Estado, Tomás Zambrano.

El diputado explicó qué la iniciativa del Ejecutivo consiste que a través del Instituto Hondureño de Transporte (IHTT), regule y supervise el transporte de carga cuando provienen del extranjero.

«Que se pueda regular y supervisar el transporte de carga cuando son vehículos extranjeros que vienen a presentar el servicio localmente en el tema de carga”, apuntó Zambrano.

Reveló que los transportistas hondureños podrán prestar servicios en otros países teniedo el IHHT mayores atribuciones para hacer las supervisiones.

“El tercer punto es que con la ley que se aprobó hace dos años se establecía las tarifas mínimas por las cuales podía cobrar y a las cuales se les podía pagar al transporte de carga”, expuso.

“Únicamente se estaría ampliando el tema de la obligatoriedad de las tarifas mínimas”, agregó.

Zambrano explicó la reforma  es por adición del artículo 24, artículo 26, artículo 99 agregando el artículo 99 A y 99 B de la Ley de Transporte de Honduras.

Mientras tanto, la comisionada del Instituto Hondureño de Transporte, Pyubani Williams menciona que “Son únicamente tres artículos. Lo importante del artículo 24 es que se agrega en el caso que existan controversias en los reclamos derivados de las pólizas de seguro o contratos de transporte, esto únicamente podrá resolverse a través de los órganos competentes, ya sea las aseguradoras a transportistas de aseguradoras a usuarios”.

Ya no se puede hacer esto que se arreglan entre los transportistas y los usuarios porque es donde hay muchos problemas con los seguros, esto es para la seguridad del transportista en cuanto a la contratación de los seguros –señaló Williams.

El otro tema de reforma tiene que ver con la prohibición del abordaje de pasajeros o de carga que comúnmente se conoce como el cabotaje, aquí estamos implementando sanciones de tres a cinco salarios mínimos que actualmente la ley del transporte terrestre no lo tiene. Pusimos una sanción más fuerte ya que en los demás países las sanciones por el cabotaje son bien altas –expresó.

El último componente es el referido a la tarifa mínima.

“En el último artículo básicamente le estamos poniendo fuerza del cumplimiento de las tarifas mínimas de carga que se conocen como el 1.24 de dólar (30 lempiras) por kilómetro recorrido, hay diferentes escenarios dentro del pago, pero este es el más común. Ya teníamos esto en la ley, pero no teníamos sanciones que en este caso van de 4 salarios mínimos”, finalizó diciendo Williams.

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