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Aprueban Ley de Cremación en Honduras

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Tegucigalpa – Aunque desde el 2007 existe el servicio de incineración de cadáveres en la ciudad de San Pedro Sula, norte de Honduras, el Congreso Hondureño aprobó, la Ley Especial de Cremación que ya se publicó en el diario La Gaceta.
 

-Aunque la Ley recién ha sido aprobada, desde hace seis años existe el servicio en Honduras.

– Más 500 personas han sido cremadas en Honduras desde 2007 y se prevé que la demanda crezca con la aprobación de la ley.

– Entre 5 y 8 libras llegan a pesar las cenizas de un cuerpo mediante un proceso de calor que suele durar tres horas y media.


La cremación es acelerar el proceso normal de descomposición de un cuerpo, en tres horas y media por medio del calor. Lo que se haría a través de los años, la cremación lo hace en cuestión de horas.

Este jueves se supo de la publicación de la Ley de Especial de Cremación de Cadáveres en el diario oficial La Gaceta bajo el decreto ejecutivo número 228-2013 y con fecha 30 de octubre de 2013.

Esta ley tiene como objetivo, crear el marco jurídico para regular la cremación de cadáveres y restos humanos en Honduras, con disposiciones de orden público y de duración indefinida.

Esta actividad comprende el proceso de incineración de un cadáver o restos humanos y su inhumación conforme a los requisitos y procedimientos establecidos en la presente ley.

Sin embargo, la reglamentación legal y técnica para la cremación de cadáveres, deberá ser emitida por parte de la Secretaría de Salud y autorizar el funcionamiento de centros públicos o privados, dedicados a esta actividad.

Los proyectistas de la ley aseguraron que la misma se aprobó porque ya no hay espacios en los camposantos del país para enterrar más cadáveres, entre otras razones.

“Usted no puede ir a enterrar (un cuerpo) a un cementerio público porque no hay espacio y si hay espacio, a los minutos que uno deja el cadáver de su pariente o de su amigo, es saqueado en virtud de la falta de seguridad”, lamentó el proyectista y secretario del Congreso, Rigoberto Chang Castillo.

Proceso Digital consultó la opinión de varias empresas encargadas a estos menesteres, así como personajes de la vida nacional que con sus aportes dilucidaron un tema que hasta hace algún tiempo era un tabú.

La cadena internacional “La Auxiliadora” sólo ofrece servicios de cremación en Panamá, Costa Rica, pese a tener oficinas en Honduras, Nicaragua y El Salvador.

La jefe de ventas de la funeraria San Miguel Arcángel, Tania Ramírez, expresó que como empresa aún no contemplan prestar el servicio de cremación a la población hondureña.

“Nosotros tenemos una planeación estratégica y no tenemos contemplado a corto plazo la cremación como un servicio para ofrecerlo aquí en Tegucigalpa, lo hacemos a través de la empresa que está en San Pedro Sula (Jardines del Recuerdo)”, afirmó.

Agregó que los estudios recientes señalan que la demanda es muy poca y debido a ello no contemplan a corto plazo ofrecer el servicio.

En tanto, el agente de ventas de Jardines del Recuerdo, Alexis Méndez, manifestó que “está en proyecto prestar el servicio en Tegucigalpa, creo que el próximo año ya tendremos algo para determinar en qué lugar de la capital establecemos una oficina para dar cobertura a nivel nacional. Por ahora sólo en San Pedro Sula ofrecemos la cremación”.

Méndez explicó que desde 2007 prestan el servicio de cremación en Honduras y que desde ese entonces se han consumado un poco más de 500 incineraciones.

Explicó que al comparar los gastos económicos de una inhumación normal con la cremación, en este último el costo disminuye en un 70 por ciento.

La cremación es una alternativa cada vez más popular para la disposición final de un cadáver, entre otras razones por sus costos más económicos en comparación con el entierro tradicional.

El funcionario dijo que el servicio de la cremación termina costando unos 32 mil lempiras, incluyendo documentación y todo tipo de trámites.

En tanto, Keyllin Judith Pineda Alemán, encargada de los trámites de cremación de funeraria Jardines del Recuerdo, lleva cinco años ofreciendo este tipo de servicios, especialmente al pueblo sampedrano.

“Nos sorprende que se haya aprobado una ley sobre la cremación, cuando nosotros lo hacemos desde hace varios años. Aquí tenemos permisos de operación, ambientales y todo lo que involucra este servicio”, le confió a Proceso Digital.

Estimó que como se trata de un servicio relativamente novedoso, cada día la gente lo solicita más, no solamente por ser económico, sino porque es un deseo manifiesto de las personas fallecidas.

Contó que de acuerdo a la experiencia, muchas personas se llevan las cenizas del país (40%), otras deciden tenerlas en sus casas (30%), mientras algunos piden que se esparzan sus restos (20%), y el restante se queda en nichos de la funeraria (10%).

Detalló que “la persona puede ser cremada con ropa o sin ropa. Cuando los envían los cuerpos de Medicina Forense vienen desnudos, pero cuando es velado los dolientes lo mandan con ropa”.

El peso de la cenizas puede llegar a alcanzar entre 7.4 libras en los hombres y 5.8 libras en las mujeres, el aspecto es de arena gruesa de mar. “Eso es porque los restos óseos que luego son pasados por un cremulador son pulverizados y quedan como arena gruesa de mar”, explicó.

Nunca se le aplica fuego directamente al cuerpo, sino que las cámaras -que son herméticas- funcionan sólo aumentando la temperatura, la que puede llegar hasta los 980 centígrados, esto hace que el cuerpo primero se empiece a deshidratar hasta que finalmente, cuando se seca por completo, se prende en forma natural.

Pineda Alemán afirmó que “somos los únicos que cremamos a nivel nacional y decidimos prestar este servicio porque el cementerio que actualmente tenemos ya tiene extensiones limitadas, además con la cremación ampliamos el servicio y mantenemos mejor atendidos a nuestro clientes”.


Entre los programas de pago, las personas pueden escoger un plan de preventa y el otro es el de emergencia, éste último totalmente al contado.

Voces en torno al tema

Para el padre católico, Ovidio Rodríguez, la cremación es un proceso válido por la doctrina cristiana. “Antiguamente antes del concilio Vaticano no era aceptado, pero posteriormente la reflexión teológica nos hace ver que si Dios hizo al mundo de la nada, de las cenizas, nos va a resucitar también… si Dios hizo las cosas de la nada, entonces de las cenizas que encuentre nos resucitará, para él nada es imposible”, argumentó.

Mientras para el sociólogo, Ernesto Gálvez, la ley debe tomar en cuenta dos planteamientos: uno de tipo religioso-espiritual y el otro moderno.

“Desde el punto de vista de la espiritualidad, la mayoría de la gente no comparte lo de la cremación porque las religiones especialmente la cristiana, católica y evangélica bíblicamente no aparece una opción del trato de los muertos de esa manera, si no que el que muere vuelve a la tierra, pero ahora con las tendencias post modernas nos orientan a romper esquemas y la cremación es una idea post moderna”, apuntó.

Gálvez estimó que lo único que se debe asegurar es que haya una autorización de un órgano judicial para cremar un cadáver. “Se debe contar con el visto bueno de un órgano judicial porque hay casos que vuelven a extraer los cuerpos del sepulcro para continuar investigaciones”, enfatizó.

Por su parte, el jefe de la bancada del Partido de Innovación y Unidad (Pinu), Germán Leitzelar, manifestó que la ley aprobada en el Congreso Nacional tiene la idea de crear en el país una estructura y un estamento jurídico para legalizar algo que es una realidad en la sociedad nuestra.

“Creemos que en el país se debe regular adecuadamente esto, no como algo obligatorio o visualizada por el tema de las limitaciones tanto en el costo de los servicios fúnebres y espacios físicos, el tema está encaminado en que se respete la voluntad de los dolientes así como la del fallecido”, manifestó el congresista.

Lo que dice la Ley de Cremación

La Ley Especial de Cremación en Honduras fue presentada por el secretario del Congreso Nacional, Rigoberto Chang Castillo, tiene 15 artículos y ya se publico en el diario La Gaceta.

La ley tiene como objeto crear el marco jurídico necesario para regular la cremación de cadáveres y restos humanos en el país, pero para su implementación deberá crearse un reglamento legal y técnico, mismo que será elaborado por la Secretaría de Salud 60 días después de su aprobación.

La operación de las instituciones públicas o privadas dedicadas a la cremación de cadáveres y restos humanos y su inhumación, será autorizada por cada municipalidad en su respectivo término, previó dictamen favorable de las autoridades de salud, así como la ambiental.

La cremación podrá ser autorizada por la vía testamentaria, por el cónyuge o compañero de hogar con unión de hecho debidamente reconocido. Sin embargo, al no existir éstos podrá ser facultado en orden de precedencia por sus descendientes y ascendientes en línea directa dentro del tercer grado de consanguinidad.

Asimismo, en los casos especiales que la autoridad de salud ordene la cremación por enfermedades contagiosas o contaminantes, en caso de epidemias o catástrofes de consideración. También cuando se desconozca la identidad de un cadáver, que éste no sea reclamado en el término de Ley, y no haya posibilidad de ser utilizado con fines científicos.

Los servicios de cremación solamente podrán realizarse en las instituciones autorizadas para tal efecto, que cuenten con los permisos vigentes para operar. Estarán sujetas a la supervisión de la autoridad de Salud, sin perjuicio de las competencias que la ley le atribuya a otras instituciones.

Historia de la cremación

La cremación es un método antiguo utilizado desde la época prehistórica. Los australianos cremaban sus difuntos hace 20 mil años.

Los japoneses en 1867 promulgaron una ley donde la cremación era obligatoria para aquellos que sus causales de muerte estaban relacionados a alguna enfermedad infecciosa o contagiosa. En términos generales el hombre de la época antigua cremaban a sus seres queridos debido al tabú que tenían en evitar encontrarse con los espíritus malignos del difunto.

La primera persona cremada en América fue el coronel Henry Laurent, miembro del staff de George Washington. La cremación fue en 1792.

Venezuela, Bolivia, Perú, Colombia, Argentina, Chile, México, Estados Unidos, Costa Rica, Panamá, ahora Honduras, entre otros países utilizan la cremación de cadáveres en América.

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