En la medida encaminada a reducir el déficit fiscal mediante la reducción del gasto público y que se elaboró en conjunto con el gabinete económico, se hace mención al decreto 18-2010 del 28 de marzo de 2011, donde se estableció una emergencia fiscal y financiera prorrogada por el artículo 164 del decreto 255-2011 del 14 de diciembre de 2011, vigente para el ejercicio fiscal 2012.
El decreto argumenta que desde 2010, el gobierno asumió obligaciones derivadas de gastos ejecutados sin respaldo presupuestario provocando un fuerte impacto en el flujo de caja del gobierno y generando un desbalance financiero que conduce a recortar el gasto corriente.
Asimismo, el que menor ritmo de los ingresos tributarios ocasionado por el desaceleramiento de la economía mundial y un aumento en la evasión fiscal, sumado a los gastos emergentes provocados por desastres naturales y fortuitos, han generado un desequilibrio fiscal que requiere de la adopción de medidas de contención del gasto público, principalmente el corriente, lo cual deberá contribuir a generar ahorros y por ende bajar el crecimiento de la deuda interna.
En ese sentido, el Consejo de Ministros decretó reducir como mínimo el gasto financiado con fondos nacionales en 1,200 millones de lempiras, el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República en el ejercicio fiscal 2012, exceptuando el grupo del servicio de la deuda, medicinas, alimentos para hospitales y presidios.
Asimismo, los funcionarios y servidores de todo el sector público que devenguen un sueldo nominal mensual de 50 mil lempiras o más, tendrán una reducción en su salario de un 11%, medida que será efectiva a partir del próximo 1 de septiembre.
La secretaría de Finanzas queda facultada para que mediante resolución interna, pueda realizar el desglose de los gastos sujetos a reducción y congelamiento en cada una de las secretarías de Estado e instituciones desconcentradas y transferencias para las instituciones descentralizadas.
Se instruye además a las juntas directivas de las instituciones descentralizadas para que tomen las medidas pertinentes de recorte de gastos aprobadas en el decreto.
A partir de la aprobación del decreto, se prohíbe la contratación y el nombramiento de personal permanente y temporal, por contrato y jornal y la contratación de servicios técnicos y profesionales.
Congelamiento de plazas vacantes
Asimismo, se congelan las plazas vacantes, incluyendo las que se producen por jubilación, se exceptúan los casos debidamente calificados y aprobados por la Presidencia de la República.
También deberá ser cancelado el personal que no tenga asignación de tareas o de quién no se compruebe su presencia física en el lugar de trabajo o que no se justifique su desempeño por el cual es remunerado, mandato que deberá ser acatado por todas las instituciones del sector público, lo anterior se ejecutará de conformidad a las leyes laborales vigentes.
Por su parte, la secretaría de Educación, deberá entregar a Finanzas, a más tardar el 30 de agosto del presente año, los resultados del plan de ahorro producto de los establecido en el convenio interinstitucional firmado el 15 de marzo de 2012.
La Dirección General de Inversión Pública, conjuntamente con las unidades responsables de proyectos, procederá a hacer una revisión física y financiera con el propósito de fijar los montos de las asignaciones presupuestarias que no podrán ser ejecutadas.
Esos montos deberán ser reportados a la Dirección General de Presupuesto para que proceda a hacer los respectivos congelamientos a través del Sistema Integrado de Administración Financiera (Siafi).
Asimismo, se faculta a la secretaría de Finanzas para que por medio de la Oficina Normativa de Compras y Adquisiciones del Estado (Oncae) a revisar una evaluación para determinar las prioridades del plan anual de compras y contrataciones del 2012 de las instituciones del sector público con el fin de racionalizar las compras del gobierno en lo que resta del año.
En ese sentido, sólo se tramitarán y cancelarán las compras que cuenten con el respaldo presupuestario por lo que basándose en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, todas las instituciones del Estado, están obligadas a remitir el plan anual de compras y contrataciones de 2013 a más tardar en los primeros cinco días de septiembre próximo.
El decreto tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2012 y entrará en vigencia a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta.
Sobre la aprobación del decreto, el presidente Porfirio Lobo expresó que “yo los felicito por esa solidaridad, porque a veces se dice por ejemplo, ayer estaban diciendo en la radio, la televisión, yo he dicho que la idea de sacar a empleados públicos, no me gusta, y lo sostengo, porque el problema es que el empleado público atrás de él o ella hay una familia”.
“Entonces ¡no hombre!, voy a sacrificar yo a empleados públicos que sé que el impacto de esa medida no va ser nada comparado con aquel que bajo su subterfugios legales evade pagar al Estado 100 millones ó 200, ó 300 millones, no puede ser, entonces nosotros estamos tratando con esto de que los que ganan más del sector público, el Ejecutivo como usted lo ha señalado pues lógicamente hagan el sacrificio”, agregó.
Lobo dijo que no se refería a los empleados públicos, porque el que es paracaidista como dicen en el argot popular o sea, el que recibe, pero no trabaja, ese no es empleado público.
El mandatario también cuestionó que en 2011 aumentó el consumo de combustibles, pero el pago al Estado bajó, entonces las matemáticas son claras, si hay más consumo tiene que haber más impuestos pagados.