Tegucigalpa – A juicio del abogado en materia Constitucional y catedrático universitario, Juan Carlos Barrientos, mostrar el voto durante la elección de los magistrados no incurre en responsabilidad penal, pero automáticamente anula el mismo.
Las declaraciones del profesional de derecho surgen luego que diputados del Partico Anti Corrupción (PAC), anunciara que en la elección de los magistrados, su voto no será secreto, sino público.
Remarcó que “en el artículo 328 del Código Penal, en ningún momento veo responsabilidad penal por hacer público el voto”.
Amplió que “ahí de lo que habla es de que si los diputados incurrieran en acciones que tuvieran que cercenarle las funciones a la Corte Suprema de Justicia, incluirían en delito de atentar contra los Poderes del Estado y de la forma de gobierno”.
En ese sentido, reiteró que “en este caso enseñar el voto no tiene ninguna responsabilidad penal”.
Indicó que de acuerdo a la instancia de que en conformidad con el Artículo 311, en la segunda ronda de votación luego que se dé “fracasada” la primera, la votación tendrá que ser secreta.
En base a lo anterior, consultó que “¿Qué pasa si un diputado enseña el voto?”, al tiempo de contestar que “que no tiene responsabilidad penal, pero sí anula el voto, porque el artículo 311, claramente establece que el voto tiene que ser secreto, al enseñar el voto, estarían quebrantando la norma del artículo 311 de la Constitución y eso los anularía”.
“Yo no sé porque satanizan el voto secreto, si es algo que está establecido en la Constitución de la República”, apuntó.