spot_img

Activismo político pasa factura a organismos no estatales de derechos humanos

Compatir:

Tegucigalpa – El activismo político partidario en que cayeron muchas organizaciones no gubernamentales de derechos humanos en Honduras y los propios defensores humanitarios que las encabezan, ha comenzado a pasarles factura por anteponer, ante la defensa profesional del derecho a la vida, sus sesgos particulares e ideológicos en torno a los problemas que enfrentó esta nación centroamericana, hace cuatro años.
 

Esa primera factura fue el reciente informe de la Corte Penal Internacional, quien después de un análisis cuidadoso de los hechos, concluyó que “no existe una base razonable para creer que los actos atribuidos a las autoridades hondureñas en ese corto período de tiempo (los seis meses de Roberto Micheletti) constituyen crímenes de lesa humanidad”.

La definición de crimen contra la humanidad o crimen de lesa humanidad recogida en el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional comprende conductas tipificadas como asesinato, exterminio, deportación o desplazamiento forzoso, tortura, violación, prostitución forzada, esterilización forzada, o cualquier otro acto inhumano que cause graves sufrimientos o atente contra la salud mental o física de quien los sufre, siempre que dichas conductas se cometan como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque.

En este sentido, el Informe preliminar de la Corte Penal Internacional, indica que en lo referente a la denuncia de violación masiva de los derechos humanos supuestamente originados en los hechos del 28 de junio de 2009, la Fiscalía admite que aunque hubo restricciones a las libertades de movimiento, expresión y asociación y un gran número de detenciones breves, estas restricciones aun si fueran combinadas con el número reducido de actos más graves, no se puede argumentar que hayan constituido un ataque masivo dirigido contra los opositores al régimen de ese momento.

Aquí la Corte bota la tesis de los organismos humanitarios hondureños que argumentaban, como lo hizo en su momento el depuesto ex presidente, Manuel Zelaya, que en Honduras se vivía una especie de “genocidio” y de miles de muertes masivas por doquier. Todo ello atribuido al gobierno interino de seis meses del ex presidente Micheletti.

La lección jurídica de la Corte

La Corte Penal en su informe identifica dos cosas claramente como una lección jurídica a los defensores humanitarios de la ONG hondureñas: La primera es que no desconoce que hubo violaciones humanitarias y restricción de derechos, pero ello nunca se puede asemejar hasta ahora con políticas de Estado que constituyan ataques masivos contra los opositores. En síntesis, la Corte les dice que Honduras no es Siria, Costa de Marfil, Malí e Irak, por citar algunos casos.

Si bien la Corte Penal no exonera de las violaciones humanitarias que se dieron en Honduras durante la crisis de 2009, es clara en explicar o refrescar a las organizaciones humanitarias no gubernamentales hondureñas qué se entiende por delito de lesa humanidad y por barbarie. Esa fue la segunda lección.
Ciertos grupos humanitarios identificados claramente con la causa política que enarbola el ex presidente Zelaya y su partido político, del cual incluso son miembros destacados y activistas connotados, han usado en la agenda pública la palabra “genocidio” para calificar cualquier cosa, apostando así a la ignorancia popular y a la indulgencia estatal.

El activismo político partidario a que han entrado algunos grupos humanitarios está desdibujando la verdadera causa de la defensa de los derechos humanos, donde el derecho a la defensa de la vida parece inclinarse, en algunos de estos grupos, por el color político que representan y no por el estado de indefensión en que se encuentra gran parte de la población hondureña.

No es casual entonces que la Corte Penal Internacional, remarque en su informe que “sobre la denuncia de un ataque sistemático proveniente del Gobierno contra la oposición, la Fiscalía concluye que la mayor parte de los actos de violencia ocurrieron en el contexto de demostraciones públicas y no como parte de un patrón de conducta consistente y organizado del Gobierno contra los oponentes al régimen, por lo cual también resulta difícil caracterizar tales actos como un ataque sistemático dirigido contra la población hondureña”.

Ante la ausencia de actos constitutivos de un ataque masivo y sistemático contra la población hondureña, la Fiscalía ha descartado también que los decretos aprobados restringiendo las libertades de movimiento, expresión y asociación o el establecimiento de un gabinete de manejo de la crisis, constituyeran una política de gobierno destinada a reprimir a la oposición al régimen.

Igualmente, que las acciones desarrolladas para mantener el control del país no se puede considerar que fueron parte de una política preconcebida dirigida contra la oposición al régimen”.

El llamado a la reflexión

Así las valoraciones hechas por la Corte Penal Internacional no son más que un llamado de alerta y reflexión a lo interno de las organizaciones humanitarias, algunas de las cuales se han destacado por una amplia labor a favor de los derechos humanos, pero al parecer desde hace algún tiempo han equivocado el camino y perdido la brújula acerca del profesionalismo con que se ejerce la abogacía popular por el derecho humanitario.

Quizá por eso, el actual comisionado nacional de los derechos humanos, Ramón Custodio, es un experto que mantiene una trayectoria más apegada a la causa que decidió enarbolar hace varias décadas, cuando nadie en esta nación centroamericana se atrevía a enfrentar lo que sí era una política sistemática de violaciones humanitarias al amparo de la doctrina de seguridad nacional bajo la cual desaparecieron en forma forzada cerca de 184 personas.

Custodio, quien nunca negó las violaciones humanitarias en la crisis de 2009, siempre sostuvo que esos hechos, aunque graves, no calificaban para un caso que condenara a Honduras ante la Corte Penal Internacional porque aquí nunca hubo genocidio o exterminio premeditado contra personas. Hoy el tiempo, cuatro años después, le está dando la razón al ser, por ahora, el personaje que tiene más claro el panorama de la defensa de los derechos humanos en Honduras.

Pero algunas organizaciones humanitarias no gubernamentales, lejos de ver el informe preliminar de la Corte Penal Internacional como un aldabonazo para mejorar su trabajo, acusan ahora a los medios de prensa y a la cancillería hondureña de “manipular” el Informe.

Así, la llamada Federación Internacional de Derechos Humanos, a la que pertenecen varias organizaciones hondureñas, en un reciente comunicado indica que “es inexacto decir que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional cerró su examen preliminar sobre Honduras. Al contrario, éste sigue abierto respecto de los asesinatos y otros crímenes cometidos tras las elecciones de 2010 y la nueva información recabada podría también cambiar la calificación legal reflejada en este informe sobre los hechos cometidos durante y tras el golpe de Estado”.

Ahora, la Federación y sus organismos socios en Honduras quieren agregar ante la Corte Penal lo que denominan “la persistencia de la violencia política” que podría configurarse en un crimen de persecución política de competencia de la Corte Penal, ocurridos durante la observación del proceso electoral y las elecciones del 24 de noviembre.

De esta suerte, el tema de los derechos humanos parece que seguirá su ritmo de politización partidaria, mientras los violadores de derechos humanos de la década del ochenta se pasean y reposicionan en el país ante el aval y silencio cómplice de quienes antes los señalaban: los organismos no gubernamentales de derechos humanos.


spot_img
spot_img

Más noticias

spot_img
spot_imgspot_img