Tegucigalpa – La publicación del nuevo Código Penal que entrará en vigencia en noviembre próximo, ha concitado el interés y preocupación no solo a nivel nacional, también en la comunidad internacional y en especial en aquellos organismos especializados de las Naciones Unidas y la Organización de Estados Americanos (OEA) que toman el ritmo a la progresividad o involución en materia de derechos humanos, libertad de expresión y acceso a la información.
La inclusión de figuras lesivas a la libertad de expresión y de prensa, así como a la protesta social y la defensa de los derechos humanos, entre otras, ha llevado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y al Alto Comisionado de las Naciones Unidas en Derechos Humanos (OACNUDH) a emitir un comunicado conjunto para alertar al menos sobre 13 artículos relacionados con los derechos humanos, la libertad de expresión, de prensa y el derecho a la información.
Estas figuras delictivas que preocupan a estos organismos internacionales y que ponen al país bajo una vigilancia mundial, son: a) responsabilidad penal en delitos cometidos a través de medios de difusión, b) tipificación de los delitos de injuria y calumnia; c) tipificación del delito “concepto de publicidad”, d) tipificación delito “aprovechamiento de secreto o información privilegiada”; e) delitos de “espionajes” y “desórdenes públicos”, f) delitos de “reuniones y manifestaciones ilícitas”, g) “asociación para delinquir”, h) perturbación del orden, h ) “asociación terrorista”, i) “tortura”; j) penalización del aborto y k) delito de usurpación.
Esos artículos, por ahora, llaman la atención de la CIDH y la OACNUDH por considerar que el nuevo código penal contiene restricciones desproporcionadas a la libertad de expresión, la libertad de prensa, así como determinadas disposiciones que por su formulación pueden afectar el derecho a la protesta y a defender derechos humanos en el país, entre otras.
Los artículos que abordan la responsabilidad penal en delitos cometidos a través de medios de difusión, figuran entre las restricciones desproporcionadas del nuevo Código Penal más el concepto de “publicidad”, artículos bajo los cuales los legisladores imponen una censura directa a los medios de comunicación, redes sociales y sitios web que difundan información incómoda y bajo la cual piensa multar con responsabilidad civil administrativa a los propietarios de medios de comunicación, sean grandes, medianos o pequeños. Todos están bajo la amenaza de ese código.
Cárcel se mantiene para periodistas
Contrario a lo que viene sosteniendo el Congreso Nacional, las figuras de los delitos contra el honor como la calumnia e injuria se mantienen bajo la figura de la penalización carcelaria, ahora, sumada con otro delito, como es el pago de multas. Es decir, quien sea acusado y condenado bajo esa figura deberá ir a la cárcel y al par deberá pagar una multa sancionatoria cuyos costos quedan a discreción del juez su fijación.
Las instancias internacionales de la ONU y la OEA también llaman la atención sobre otras figuras que limitan el acceso a la información y por ende la libertad de expresión y de prensa como el “aprovechamiento de secreto o información privilegiada”, figura que se suma a la existente ley de secretos oficiales, una de las normativas de mayor opacidad aprobadas en el país desde su retorno formal a la democracia hace más de tres décadas.
Las alertas de este actor clave de la comunidad internacional, se suman a las denuncias y acciones locales en contra de esa nueva normativa que entrará en vigencia en noviembre próximo y que es considerada por grupos empresariales, civiles, académicos, gremiales, de periodistas, derechos humanos, mujeres, y otros, como una especie de blindaje frente a la lucha contra la corrupción y la impunidad en este país centroamericano.
La presión ciudadana es a derogar el Código Penal o reformar aquellas figuras lesivas que impidan una real justicia en este país. En el caso de la libertad de expresión las presiones se centran en la derogación de todas aquellas figuras que conforman una censura directa y una censura previa, además de despenalizar los delitos contra el honor para pasarlos al ámbito de lo civil.
Otras figuras preocupantes
Las figuras de espionaje, tortura, perturbación del orden, asociación terrorista, entre otras, comprendidas en el nuevo Código Penal, solo es una muestra del alcance de su fuerza de blindaje y cerco a la información y el derecho a saber de la ciudadanía, así como a la discrecionalidad para cometer graves violaciones humanitarias.
Los congresistas han indicado que están dispuestos a socializar nuevamente el código y reformar lo que sea necesario y conveniente, antes de entrar en vigencia, lo cual, según los entendidos, no se puede reformar lo que no está vigente.
La CIDH y la OACNUDH llaman la atención sobre la figura de la tortura, pues así como está formulada, excluye la comisión de dicho delito por particulares que actúan a instigación o con la aquiescencia de funcionarios públicos. De acuerdo con los estándares internacionales y regionales sobre la prohibición y prevención de la tortura, en la tipificación de dicho delito se debe prever la posible autoría de particulares que, a instigación de funcionarios o empleados públicos, instiguen o induzcan a su comisión, lo cometan directamente o sean cómplices.
Mientras, instancias civiles han advertido como el nuevo Código Penal limita la lucha contra la corrupción por contemplar rebajas de penas que pueden afectar los casos de alto impacto que se han judicializado. Otros artículos relacionados con el crimen organizado también llaman la preocupación en el país, dado el nivel de penetración de este delito en la política y gran parte del aparato gubernamental, según informes oficiales e internacionales.