Tegucigalpa – La fiscalía especial de Defensa de la Constitución, emitió en las últimas horas un dictamen en el que se considera constitucional la suscripción de contratos de fideicomisos entre la Empresa Nacional Portuaria (ENP) y terceros.
La resolución es en virtud del recurso de inconstitucionalidad presentado por el Sindicato de Trabajadores de la ENP contra el decreto 82-2012, contentivo del contrato de fideicomiso para la estructuración, desarrollo y financiamiento de la terminal especializada en contenedores y carga general y del contrato de fideicomiso para estructuración, desarrollo y operación de la terminal de gráneles de Puerto Cortés.
Para el Ministerio Público, el decreto 82-2012, no vulnera garantías constitucionales, ya que la ley constitutiva de la ENP contempla que esa empresa podrá, en cuales quiera de los puertos bajo su jurisdicción, celebrar contratos con terceras personas en los términos que se consideran más adecuados ya sea para que se realicen total o parcialmente los servicios que se requieran.
En ese sentido, la fiscalía especial de Defensa de la Constitución es del criterio que ese decreto va en consonancia con la propia normativa de la ENP, que desde el momento de su concepción, previó la posibilidad de conceder a terceros, la realización de actividades, siempre y cuando esto no implique una supresión de la empresa, que era el alegato de los impetrantes.