Tegucigalpa – La crisis desatada en el máximo tribunal de justicia de Honduras podría desembocar en un juicio político para algunos altos magistrados, ya que hay acusaciones que usurparon la personalidad y el cargo de la menos una magistrada, según denunció la afectada, estimó el exdiputado German Leitzelar.
– El caso desató crisis en Poder Judicial, ya que una magistrada niega haber firmado el acta ya que estaba fuera del país
El problema estalló cuando la Sala Constitucional falló contra el Estado hondureño a pagar 126 millones de lempiras a favor de una farmacéutica, pero dicha instancia tenía una mixtura ya que solo tres de sus integrantes se encontraban y convocaron a otros tres de otras salas para conformarse y poder emitir el polémico fallo.
El caso es inédito en la historia jurídica de Honduras. Máxime cuando se trata del más alto tribunal de justicia constitucional, resaltó Leitzelar.
La sustitución de la personalidad y de un cargo son delitos tipificados en el Código Penal, un hecho que “es un tema delicado” que puede desembocar tras el trámite de rigor en un hipotético juicio político, a juicio de Leitzelar, que actualmente integra la Junta Interventora del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).
Señaló que en el caso de la magistrada Lidia Estela Cardona, una integrante propietaria de la Sala Constitucional, cuya firma de acuerdo al documento de resolución divulgado públicamente, aparece registrada, mientras ella estaba ausente, alega la togada.
Denuncia
Para Leitzelar la ruta que Cardona debe seguir es interponer la denuncia ante la Fiscalía hondureña arguyendo la falsificación de documentos públicos, suplantación del funcionario y de la persona.
Asimismo, internamente debe procederse a abrir un expediente en la propia Corte Suprema con el propósito de deducir las responsabilidades en el marco administrativo.
Se trata, dijo el analista hondureño, de suspender a la o las personas e investigarlas y una vez que se tenga comprobada la falta se procede a la destitución y se traslada al Ministerio Público para que se abra el caso.
Cuando un hecho involucra a altos magistrados y jueces se aplica un procedimiento especial mediante el nombramiento de un juez natural para que conozca del caso.
Los magistrados y altos jueces en este país no están sujetos a la Ley de la Carrera Judicial.
Otra arista a considerar es la posibilidad de que en el caso exista dolo por la intervención de particulares, lo que origina responsabilidades de acuerdo a lo tipificado en el Código Penal.
Específicamente en torno al fallo contra el Estado y en favor de una farmacéutica, Leitzelar reafirmó que “no recuerdo un atrevimiento de tal magnitud, es inédito… imagínese y siendo la Sala de lo Constitucional todavía peor, nos evidencia las situaciones terribles que vive el país y la impunidad y abusos que se dan… allí está la importancia de haber suscrito ese convenio con Transparencia Internacional”.
Luego ilustró que “si se trata de un alto magistrado el proceso de destitución es por la vía del juicio político, pero se inicia con la investigación interna, recuerde que ellos no están sujetos al órgano que controla a jueces y magistrados, el proceso es a través del Ministerio Público mediante un juez natural”.
Para el analista también es importante que en todo proceso prime el respeto al debido proceso y a las garantías constitucionales, así como el acceso al recurso de apelación especial del caso.
La mañana de este jueves, la magistrada de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Lidia Estela Cardona, reafirmó que ni ella, ni sus compañeros de la Sala de lo Constitucional, Víctor Manuel Lozano Urbina y Germán Vicente García García, participaron de la sesión en la que se falló a favor de la empresa farmacéutica Pharmasula, en una demanda millonaria contra el Estado de Honduras.
Al trascender en medios de comunicación el presunto expediente donde se establece la resolución que emitió la Secretaría de Salud en 2012 en el que declaró con lugar el reclamo administrativo de la farmacéutica localizada en San Pedro Sula, norte del país, la magistrada Cardona dijo que nunca firmó el fallo.
La alta jueza admitió que sí conocieron el expediente, pero que en ningún momento se llegó a una definición del mismo, al menos en reuniones en las que ella participó.
“Nosotros esa demanda la habíamos dejado en suspenso porque estimábamos que ameritaba más estudio, porque había algunos aspectos que no estaban muy claros, para posteriormente poder dictar una resolución apegada a derecho”, relató Cardona.
Continuó que “yo formé parte de la Corte anterior y en esa cuando faltaban dos magistrados de una sala se suspendía la reunión, en este caso faltaron tres… cuando a mí me dijeron que la Sala de lo Constitucional sesionó yo dije: no es posible porque tres propietarios estábamos fuera, sin embargo no conozco la agenda que se desarrolló, no quisiera prejuzgar si está bien o mal lo que resolvieron, lo que sí quiero aclarar es que no estaba presente ni yo, ni el abogado García, ni Lozano”.
Los magistrados Cardona, Lozano y García se encontraban en un congreso jurídico fuera del país la semana anterior que se discutió el fallo.
Al ser consultada por qué su firma está en la resolución, dijo que definitivamente no puede aparecer su rúbrica en el fallo ya que no estaba en el país, “si se refiere a ese expediente de Pharmasula no lo hemos fallado nosotros, ya que lo conocimos y quedó en suspenso para un estudio”.
El tema abre una enorme incertidumbre debido a que podría tratarse de una falsificación de firmas entre magistrados que deberá ser verificado con los testimonios de los que sí estuvieron en la sesión que derivó en el fallo.
La Sala de lo Constitucional está conformada por Silvia Trinidad Santos, José Elmer Lizardo Carranza, Lidia Estela Cardona Padilla, Víctor Manuel Lozano Urbina y German Vicente García García, los tres últimos no estuvieron presentes en la reunión que falló a favor de la farmacéutica sampedrana.
Para conocer esta sentencia venida en revisión y ante la ausencia justificada de los magistrados Estela Cardona, Víctor Lozano y Germán García, la presidenta de la Sala de lo Constitucional, Silvia Santos, incorporó a los magistrados Jorge Rivera Avilés, José Tomás Arita Valle y Reina Solórzano.
“Error simple” dice la CSJ
El oficial de comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Melvin Duarte, dijo que “fue un error simple” que haya aparecido el nombre de la magistrada Lidia Estela Cardona en el fallo favorable a favor de una farmacéutica sampedrana.
“En este caso específico que ha causado algún grado de confusión, es importante decir que no existe ni ha existido ninguna falsificación en este expediente, lamentablemente ocurrió un error simple y es haber dejado el nombre sin firma solamente el nombre de una de las magistradas miembros de la Sala de lo Constitucional que se encontraba fuera del país con otros dos magistrados y que por esa razón hubo integración de otros magistrados de las demás salas para conocer los expedientes en esa sesión”, manifestó.
Afirmó que el caso de Pharmasula no fue el único expediente que conoció esa integración de la Sala de lo Constitucional, también fueron abordados seis casos más a fin de “agilizar” el proceso de justicia y no detener las resoluciones por la ausencia de uno o dos magistrados.
Duarte justificó que la Sala de lo Constitucional no ha fallado condenando al Estado; “La sentencia ya estaba dada desde primera instancia hacía como dos años atrás, en segunda instancia, es decir, en Corte de Apelaciones un año atrás y mediante lo caminos que toman los representantes llegó en amparo hasta la Corte Suprema de Justicia, y la Sala de lo Constitucional lo conoció mediante la vía del traslado”, añadió.
Congreso pretende subsanar práctica
A raíz de esos últimos acontecimientos suscitados en el Poder Judicial donde la Sala de lo Constitucional decidió condenar al Estado de Honduras a pagar más de 126 millones de lempiras a la empresa Pharmasula, este jueves se presentó en la sesión del Congreso Nacional, una iniciativa orientada a realizar una reforma constitucional para modificar la integración de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
La iniciativa está orientada a que los 15 magistrados propietarios, tienen que ser acompañados por magistrados suplentes.
Uno de los diputados proyectistas, Tomás Zambrano, refirió que como mínimo deben ser cinco magistrados suplentes para que cuando un magistrado del pleno pida permiso cuando se enferme o tenga una ausencia temporal, sean sus suplentes los llamados a poder integrar el pleno o las salas.
Detalló que esos magistrados suplentes van a pasar por el proceso de evaluación y selección por parte de la Junta Nominadora, es decir que de la nómina de 45 candidatos que mandará la Junta Nominadora a finales del próximo año para la elección en 2016 de esa lista de 45 aspirantes, el Congreso Nacional, por mayoría calificada de 86 votos afirmativos, se elegirá a 15 magistrados propietarios y cinco suplentes para el siguiente período de siete años.