Auto de prisión con medidas cautelares para ex directivos del IHSS

Tegucigalpa – El juez natural que conoce el caso de presunta corrupción en el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), emitió auto de formal procesamiento con medidas cautelares para los 15 ex directivos de ese centro hospitalario.
 

– Se mantienen las medidas cautelares que han gozado los imputados durante el proceso.

– Las partes ahora disponen de 60 días para proponer la fecha de la audiencia preliminar.

Al término de la continuación de la audiencia inicial que se desarrolló este miércoles, una parte de los imputados que estaban relacionados con el préstamo que se había autorizado desde el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) al Régimen de Enfermedad y Maternidad (EM), se les dictó auto de formal procesamiento por presunta mala administración de fondos públicos y privados.

En tanto, a la junta directiva que aprobó el proceso de validación se le decretó también auto de prisión por abuso de autoridad.

En el caso del ex gerente financiero, José Ramón Bertetti, la justicia determinó decretarle auto de formal procesamiento por el delito de abuso de autoridad, también la misma suerte para el ex ministro de Salud, Arturo Bendaña.

El juez Elmer Lizardo modificó la petición del Ministerio Público y dictó auto de formal procesamiento por el delito de abuso de autoridad para Bertetti, Bendaña y dos imputados más; además sostuvo el ilícito contra la administración de fondos públicos y privados para los demás once ex directivos del IHSS.

La separación de responsabilidades se debe a que obedecen a dos transacciones distintas, una en la transferencia y la otra en la consolidación de los fondos, explicó el abogado Marcio Cabañas del MP.

Para dictaminar auto de formal procesamiento, el juez valora dos elementos: la existencia del delito y que hay indicios racionales de participación de los procesados por el ilícito que se les acusa; también el proceso deberá continuar para efectos de que en juicio oral y público poder determinar el grado de culpabilidad o inocencia de los imputados.

Los imputados en este caso son: Daniel Durón, Luis Mayorga e Hilario Espinoza, por parte de la clase obrera; Odesa Henríquez del Colegio Médico de Honduras; Óscar Galeano, Fabricio Vásquez y Benjamín Bográn del sector privado; así como contra el ex viceministro de Salud, Javier Pastor; el ex viceministro de Trabajo, Carlos Montes; el ex director del IHSS, Mario Zelaya; y el ex gerente financiero, José Ramón Bertetti.

Luego de conocer la determinación del juez, el abogado Juan Carlos Sánchez anunció un recurso de apelación a favor de su defendido. “En el caso de mi representado el señor Leonardo Villela hubo un cambio, el juez determinó que no existen en sus actuaciones acciones para calificarlas por las transferencias ilícitas financieras que es el delito por el que lo acusa el Ministerio Público, si no que existe un abuso de autoridad que se castiga con una pena mínima”, arguyó.

Por parte del Ministerio Público, el abogado Roberto Ramírez Aldana, declaró que se prepararán para la audiencia preliminar y luego para el juicio oral y público.

Agregó que la Fiscalía ha trabajado diligentemente en este caso de presunta corrupción en el Seguro Social. “Era la pretensión que tenía el Ministerio Público, lamentamos la situación de las personas imputadas, pero reiteramos que los que estén al margen de la ley deberán responder ante esta”, manifestó.

Ramírez Aldana dijo que ahora procederán a agotar los recursos para lograr dejar firme la resolución que el juez pronunció este miércoles.

El informe sobre corrupción institucionalizada

El pasado 6 de marzo, la Comisión Interventora del IHSS presentó su primer informe que retrataba la corrupción institucionalizada en ese centro asistencial.

El informe detalla los hechos acumulativos que han agravado la crisis a través de varios períodos de gobierno, así como de los partícipes de las decisiones tomadas y documentos esenciales que respaldan lo investigado.

En el caso de la deuda total del Régimen de Enfermedad y Maternidad asciende a 6 mil 399 millones de lempiras. Asumiendo el respectivo escenario de arreglo de pago para la amortización de la deuda anterior señalada, los egresos a nivel de febrero superan más de 600 millones de lempiras.

Otro de los hallazgos del informe establece que la institución realizó compras no justificadas, sin atender las principales prioridades y sin licitación presupuestaria real.

Entre compras y contrataciones le costarían al IHSS más de 4 mil millones de lempiras, lo que representa a la fecha un 33 por ciento del patrimonio históricamente constituido por los derechohabientes desde 1962.

El documento desnuda sobrevaloraciones en compras y contrataciones del IHSS por más de un 40 por ciento de los valores reales de mercado, es decir, pagos en exceso por unos mil 600 millones de lempiras.

También en la compra y contrataciones de equipo, suministros y servicios, el IHSS no ha cumplido los procedimientos adecuados que establece la Ley de Contratación del Estado.

Por todos estos delitos, el único que guarda prisión es el ex gerente financiero, José Ramón Bertetti, en tanto el ex director Mario Zelaya se mantiene prófugo de la justicia.

RESOLUCION DEL JUEZ NATURAL EN LA AUDIENCIA INICIAL CASO IHSS
Fecha 14 de mayo de 2014

El Juez Natural Resuelve:

1.- Declarar Sin lugar la autorización para proceder por los delitos de injurias y calumnias solicitada por la defensa para proceder por el delito de injurias y calumnias en contra de uno los miembros del equipo fiscal en perjuicio de Arturo Bendaña.

2. Declarar sin lugar la excepción de incompetencia de tribunal promovida por la defensa, por tratarse de un ente enmarcado en el ámbito penal que no requiere de agotamiento previo de otras vías para su juzgamiento.

3. Decretar auto de formal procesamiento como autores contra :

Carlos Montes Rodriguez
José Hilario Espinoza
Luis Alonso Mayorga
Arturo Bendaña Pinel
Leonardo Villeda
José Humberto Lara
Odessa del Carmen Henríquez

Por un delito de abuso de autoridad según articulo 349 numeral 2 del Código Penal en perjuicio de la Administración Pública por haber aprobado la consolidación de deuda del régimen de maternidad y enfermedad en la sesión ordinaria de junta directiva numero 12-2011 de fecha 23 de marzo de 2011.

4.- Auto de Formal procesamiento como autores contra:

Carlos Montes
José Hilario Espinoza
Luis Alonso Mayorga
Javier Rodolfo Pastor
Oscar Manuel Galeano
Arnoldo Solís
José Manuel Espinal
Daniel Durón
Benjamín Bográn

Por un delito contra la Administración de fondos públicos y privados de pensiones contemplado en el artículo 394-C numeral 3 del Código Penal por haber aprobado el préstamo de IVM al régimen de EM en sesión extraordinaria de junta directiva numero 22—2011 de fecha 24 de mayo de 2011.

5.- Decretar Auto de Formal Procesamiento como Autor contra

José Ramon Bertety Osorio

Por un delito contra la administración de fondos públicos y privados de pensiones contemplado en el articulo 394-C numeral 3 del Código Penal en perjuicio del sistema financiero por haber gestionado la transferencia del régimen IVM al régimen de EM definido en sesión extraordinaria de junta directiva numero 22—2011 de fecha 24 de mayo de 2011.

6.- Auto de Formal Procesamiento contra Ramon Bertety por el delito de Abuso de Autoridad en perjuicio de la Administración Pública por haber propuesto a la Junta Directiva la transferencia del régimen IVM al régimen EM absteniéndose de cumplir lo recomendado por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros en la resolución numero 157/27-2011 de 27 de enero de 2011 en cumplimiento del artículo 349 numeral 3 del Código Penal.

7.- Decretar Sobreseimiento Definitivo a favor del señor Arnoldo Solís por un delito contra la administración de fondos y públicos y privados de pensiones en perjuicio del sistema financiero en relación a la consolidación de la deuda del régimen de enfermedad y maternidad de la sesión ordinaria de Junta Directiva Numero 12-2011 de fecha 23 de marzo de 2011 en virtud de haberse retirado lo cargos por parte del Ministerio Público.

Se mantiene las medidas cautelares impuestas a los imputados en virtud de no haber cambiado los presupuestos expuestos.

Se tiene por notificada las partes en el estrado al darse lectura integra de la resolución.

Se advierte que no obstante se mantienen las mismas medidas cautelares, estas pueden cambiar si los imputados violan alguna de ellas.


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