Tegucigalpa – El Congreso Nacional declaró este lunes desfavorable el proyecto de decreto orientado a la realización de una consulta ciudadana mediante la figura del plebiscito para preguntar al pueblo si está de acuerdo o no con la instalación de una Comisión Internacional Contra la Impunidad en Honduras (CICI), para lo cual existen varios argumentos que estableció la comisión especial multipartidaria que se nombró para dictaminar la iniciativa.
+ Diputados de Libre sonaron pitos y algunos diputados liberales votaron a favor del dictamen
En la votación 66 diputados votaron a favor del dictamen, o sea contra la consulta, y 56 votaron a favor del plebiscito.
La iniciativa fue presentada por el jefe de la bancada del partido Libertad y Refundación (Libre), José Manuel Zelaya y 10 diputados, el pasado 15 de julio, durante la celebración del Congreso Móvil, realizado en Gracias, Lempira.
Paradójicamente Zelaya no asistió a la reunión y dejo abandonados a sus diputados del partido que comanda en la votación.
Uno de los argumentos de la comisión para dictaminar desfavorable el proyecto, es que la fecha que la iniciativa de consulta popular introducida por el diputado Zelaya establecía para desarrollar el plebiscito, según criterio del Tribunal Supremo Electoral (TSE), es demasiado cercana e imposible para desarrollar esa consulta ciudadana.
Esa opinión es del TSE y no del Congreso Nacional y fue el organismo electoral el que estableció la imposibilidad de organizar la consulta en esa fecha.
El otro elemento importante es que por requerir de una reforma constitucional, aunque el plebiscito sea favorable para traer la CICI a Honduras, debe venir al Congreso Nacional a votación por mayoría calificada, es decir 86 votos afirmativos.
Sin la aprobación del Poder Legislativo, no entra en efecto pese a que el plebiscito sea a favor de la solicitud.
Asimismo, la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana, establece que el plebiscito se puede convocar cuando previamente uno de los poderes constituidos no se haya pronunciado y en ese caso, el presidente Juan Orlando Hernández, ya convocó previamente a un diálogo nacional.
Otro argumento es que para ser fiscal o juez, el primer requisito es ser hondureño por nacimiento por lo que se tendría que hacer una reforma constitucional, explicó el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, quien pidió acudir al diálogo convocado por el titular del Poder Ejecutivo.
La comisión especial concluye que en base de los artículos uno y dos de Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana que condicionan la procedencia del plebiscito a asuntos constitucionales, administrativos o legislativos, sobre los cuales los poderes constituidos no han tomado ninguna decisión previa y en este caso no se explica si se trata de un asunto constitucional, administrativo o legislativo, sólo se alude a una atribución exclusiva del Poder Ejecutivo conforme a lo establecido en el artículo 245, numeral 13 de la Constitución de la República, se estableció que el proyecto no se ajusta a la Constitución de la República y la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana.
Añade que el proyectista debió haber considerado sobre los alcances y aplicabilidad de un mecanismo extraordinario ofrecido al pueblo hondureño. “Lo que se busca con esta consulta ciudadana sobre asuntos constitucionales, es que una vez aprobado por el pueblo no requiere de sanción del Poder Ejecutivo ni procede el veto, únicamente se mandan a publicar y deben cumplirse por gobernantes y gobernados”, indica el dictamen.
Señala que en vista de que el proyecto de decreto objeto de este dictamen, hace referencia a la suscripción de un convenio internacional, el cual según la Constitución de la República, todo tratado o convención que está por encima de la ley ordinaria como lo establece el artículo 18 de la Carta Magna, en consecuencia la aprobación o improbación del referido proyecto es que debe ser por las dos terceras partes de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional.
Por todo lo anterior y en base a la Constitución de la República y la Ley de Mecanismos de Participación Ciudadana, la comisión se pronunció desfavorablemente sobre la iniciativa de ley presentada ante la Cámara Legislativa.
En el dictamen se incluyeron los informes sobre las comparecencias de varias instituciones y organizaciones consultadas como el Ministerio Público, el Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), la Secretaría de Seguridad, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), Transparencia Internacional (TI) y la Coordinación de Instituciones Privadas por las Niñas, Niños, Adolescentes, Jóvenes y sus Derechos (Coiproden), entre otras.
El dictamen fue firmado por los diputados miembros de la comisión especial, Rolando Dubón Bueso, Welsy Vásquez, Carmen Rivera, Marcos Velásquez, Jeny Murillo y Eduardo Coto, mientras que Beatriz Valle, Elvia Argentina Valle y Liberato Madrid, emitieron un voto particular y los diputados Tadeo Nodarse y Manuel Iván Fiallos, no firmaron el dictamen.
Los diputados de la bancada Libre llevaron silbatos los cuales usaron para pitar tras la votación final para protestar por la derrota que les infringieron.
Igualmente se conoció que nueve diputados liberales votaron contra el plebiscito, a pesar que el sábado el partido había decidido apoyar la petición del instrumento de participación ciudadana.