spot_img

Vertiginoso crecimiento de población carcelaria en Honduras

Por:

Compartir esta noticia:

Tegucigalpa – Pese a ser junto a Nicaragua, los países con menor población penitenciaria e Centroamérica, Honduras registra un incremento del 100 por ciento en este renglón en la última década, situación que preocupa a defensores de derechos humanos y otros actores del sistema. El dato fue confirmado por autoridades de MNP-CONAPREV.

– Un estudio de diciembre de 2018 arrojó el dato de 1 mil 097 reos con penas menores de cinco años, los que perfectamente pueden tener un tratamiento diferente para descongestionar las cárceles.

– 1 mil 164 mujeres y 19 mil 840 hombres componen la población penitenciaria actual.

Esas mismas estadísticas oficiales establecen que al 1 de marzo de este 2019, la población penitenciaria alcanzó los 21 mil 004 privados de libertad, siendo los recintos con mayor hacinamiento: La Esperanza, Intibucá); Danlí, El Paraíso; Puerto Cortés, Cortés y Trujillo, Colón.

Las recién construidas cárceles de máxima seguridad: El Pozo en Ilama y La Tolva en Morocelí, también ya presentan sobrepoblación penitenciaria.

reosLa población penitenciaria es de 21 mil 004 privados de libertad

En el caso de los 21 mil 004 reos, 11 mil 465 procesados (10 mil 690 hombres y 775 mujeres); mientras condenados hay 9 mil 381 (9 mil 005 hombres y 376 mujeres). En tanto hay 99 extranjeros procesados (91 hombres y 8 mujeres), y condenados 59 (54 hombres y 5 mujeres).

El presidente del Comité Nacional de Prevención Contra la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes (MNP-CONAPREV), Orle Solís, citó que nuevas normativas, como la Ley de Extorsión, Ley de Lavado de Activos, Ley de Privación de Dominios y otras reformas a la Constitución, han contribuido al hacinamiento en las cárceles nacionales.

El funcionario estimó que una vez entre en vigencia el nuevo Código Penal, se bajará la incidencia de personas en los recintos carcelarios.

carcel El SalvadorLa cárcel de Cojutepeque en El Salvador era una de las cárceles con mayor hacinamiento en Centroamérica

Solís dijo que en Centroamérica los países con mayor población penitenciaria son El Salvador, Guatemala y Costa Rica, siendo Honduras y Nicaragua los que tienen menos privados de libertad.

Cabe mencionar que los centros penales de Santa Bárbara y San Pedro Sula fueron cerrados, pero la población penitenciaria fue trasladada a otros recintos recién construidos. “Esto ha venido a congestionar otros centros como en El Progreso, Yoro, y ahora las cárceles de máxima seguridad”, asintió.

Entre los principales retos del sistema penitenciario nacional, nombró: “Fortalecer la Academia Nacional Penitenciaria para formar hombres y mujeres con capacidades de administrar centros penitenciarios; además reinsertar y educar a los privados de libertad como bastión fundamental del sistema”.

reos 1La mayoría de los presos tienen escasos recursos económicos

Cuestionó que las cárceles hondureñas se llenan de pobres, porque en muchos de los casos no tienen cómo pagar un abogado. “El Poder Judicial tiene pocos defensores públicos, la mayoría de ellos no tienen tiempo para conocer los expedientes de los privados de libertad. Otra situación es que los abogados privados han estado cometiendo muchas irregularidades en el sentido que no son diligentes en el manejo de los casos, igualmente cobran honorarios demasiados caros”.

En 2016, comenzó una reforma al sistema penitenciario en Honduras, con la construcción de cárceles de máxima seguridad y la adopción de medidas para confinar a peligrosos jefes del mundo criminal, afirmó el.

La Tolva revueltasRecién inaugurada, reos realizaron una revuelta que destruyó parte de la infraestructura de La Tolva

Las reyertas, las fugas, las muertes violentas en el interior de estos módulos carcelarios era parte de la problemática que retrataba la podredumbre del sistema. Desde las principales cárceles del país se ordenaban crímenes y otros ilícitos que convirtieron a San Pedro Sula y el Distrito Central en las principales cinco ciudades más violentas del mundo.

Aunque han existido mejoría en ese sentido, la sobrepoblación de las cárceles hondureña es un hecho real que preocupa por el paso redoblado que este fenómeno lleva.  

Medidas desjudicializadoras

El coordinador de los Tribunales de Sentencia, Mario Díaz, comenzó su análisis diciendo que siempre debe prevalecer el precepto constitucional que cuando alguien no ha tenido un proceso definitivo debe ser tratado como inocente.

Mario DíazMario Díaz.“Salvo casos excepcionales, la generalidad debería defenderse en libertad independientemente de la pena a la que pudiera ser condenado”, indicó.

Díaz propuso poner en práctica las medidas desjudicializadoras como es el caso del criterio de oportunidad, conciliación, procedimiento abreviado, suspensión de persecución penal, persecución de ejecución de la pena, entre otras.

Lamentó que las figuras anteriores en la práctica no tienen mayor operatividad y son utilizadas con poca frecuencia.

Igualmente, mencionó que otras herramientas de procedimiento judicial como el grillete y brazalete electrónico, pueden contribuir a descongestionar las cárceles hondureñas.

“Está demostrado que la prisión en general no contribuye a que la persona se resocialice”, recalcó.

El juez Díaz cuestionó que en Honduras no existen programas de prevención y los que hay son muy limitados sin verificación científica.

reos EL

Puntualizó que la puesta en vigencia del nuevo Código Penal podría ayudar a detener la forma indiscriminada en que las personas van a prisión, en vista que hay sanciones novedosas no contempladas en la actualidad.

Preocupa hacinamiento en cárceles

La abogada Glenda Ayala, integrante del Comité Nacional de Prevención Contra la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes (MNP-CONAPREV), dijo que la sobrepoblación de reos les genera una remarcada preocupación.

Glenda AyalaGlenda Ayala.Señaló que “constituye especial preocupación para el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura las tasas de hacinamiento que reviste en la actualidad el sistema penitenciario nacional”.

En el caso de la Penitenciaría de Ilama, Santa Bárbara, en octubre de 2018 los jueces de ejecución de la sección judicial de San Pedro Sula emitieron una resolución judicial en la que ordenan al director de ese recinto carcelario “que se abstenga de recibir nuevos ingresos en dicho centro, en virtud que la capacidad a ese momento sobrepasaba las 2 mil 100 personas privadas de libertad y su capacidad real era para 1 mil 450”.

Muchos de los reos, en El Pozo, estaban en el área de requisa, por lo que se ordenó su traslado en base a la resolución judicial, petición que el Instituto Penitenciario ha cumplido en forma parcial, en vista que en recientes visitas se comprobó que aún hay internos en el área de requisa.

Ayala subrayó que “la repercusión más grande es que no se está cumpliendo con el fin de la pena. Si bien es cierto el Artículo 87 de la Constitución dice que las cárceles son establecimientos de seguridad y defensa social. Establece que hay que procurar la rehabilitación del recluido y su preparación para el trabajo”.

conaprevMiembros de Conaprev supervisando centros penitenciarios

La representante del CONAPREV explicó que cuando existe sobrepoblación en el sistema penitenciario, “no se permite que se pueda realizar una clasificación de personas procesadas, condenadas, de los que guardan prisión por delitos más graves o los que están por simples delitos de bagatelas”, indicó.

Reveló que como CONAPREV ha hecho las recomendaciones puntuales al subdirector del INP, Germán McNiel, quien es el responsable de que el Consejo Técnico trabaje en el tratamiento y rehabilitación de los privados de libertad.

No es recomendable construir más cárceles

Glenda Ayala negó que la institución que ella representa haya recomendado al Estado de Honduras la construcción de nuevos proyectos carcelarios. “Para ningún país del mundo ha sido aceptable el construir megaproyectos carcelarios que se escapan a la capacidad del manejo y control que debe revestir, de acuerdo con los estándares internacionales. Se deben mejorar los centros que están y cada privado de libertad debe cumplir su condena en la medida de lo posible en su domicilio para no desarraigar a la familia y darle la oportunidad que se reinserte a la sociedad”.

Dijo que un estudio que hicieron recientemente -diciembre de 2018- que arrojó que existían 1 mil 097 casos con penas menores de cinco años, las que perfectamente pueden tener un tratamiento diferente.

hacinamientoMás de mil presos tienen penas menores de cinco años según estudios

“De repente más de algún privado de libertad puede que haya cometido dos condenas cuya cuantía no supera los cinco años, y en estos casos (reincidencia) ya el Código Penal sabe cuál es el tratamiento que hay que darles, pero en el caso que sean personas que cometen el delito por primera vez y la pena no supera los cinco años, admite el cumplimiento de una pena alternativa… y eso de alguna manera nos preocupa porque en muchos casos hemos hecho visita y ni el otorgamiento de beneficios se encuentra con grandes dificultades”, arguyó.

Mencionó que tienen preparado un proyecto de redención de penas que será presentado el miércoles de esta semana con jueces de ejecución y será socializado antes de ser llevado al Congreso Nacional.

Demandó una clasificación de reos, que permita separar a los más peligrosos de otros que están por delitos menores.

Política de Estado

Para el exjuez y abogado penalista, Félix Ávila, el hacinamiento en las cárceles forma parte de la actual política porque hay un afán de tener personas privadas de su libertad sin comprobar si son culpables o no.

Felix AvilaFelix Ávila.“A las autoridades les basta con tener personas privadas de libertad porque es lo que ve la gente”, dijo Ávila a Proceso Digital.

Aseveró que la mayoría de los privados de libertad no han sido declarados culpables habiendo una desproporción con los reos que han sido condenados.

“La realidad no es que hay 21 mil delincuentes porque la mayoría no han sido declarados culpables y probablemente no lo sean porque no hay pruebas de los delitos que les inculpan”, fustigó el profesional del derecho.

Aseguró que mientras se enfoquen en mostrar una imagen de que está aplicando mano dura contra la criminalidad, lo que se hace es “mandar un mensaje que el derecho penal lo utiliza como represión”.

Problema social continental

Para el sociólogo Pablo Carías, el problema de hacinamiento o sobrepoblación carcelaria es un fenómeno latinoamericano y no exclusivo de Honduras.

Pablo CaríasPablo Carías.“Se han hecho estudios completos donde en Latinoamérica la sobrepoblación carcelaria no es solo problema de Honduras”, dijo.

Definió que Honduras es un país donde los problemas crecen a una velocidad superior a la capacidad para resolverlos, situación que se traduce con la sobrepoblación carcelaria.

“Con el crecimiento de la población, la descomposición de la sociedad como resultado de aplicación de medidas económicas inequitativas en las que se han incluido a sectores de la sociedad teniendo un fuerte impacto en la exclusión social”, arguyó.

Carías añadió que, al aumentar la actividad delictiva, el Estado ha tenido que incrementar las respuestas castigando delitos que antes no eran perseguidos.

“Cuando se castiga un delito se busca evitar la repetición de los casos, pero ese no es el caso en Honduras, las acciones de castigo que se han aplicado generan efectos contrarios”, lamentó.

Ejemplificó que delitos como lavado de activos, extorsión, narcotráfico, sicariato y otros han contribuido a aumentar la población carcelaria.

Consideró como necesario que el privado de libertad sea reintegrado a la sociedad para alivianar la carga de los centros penitenciarios.

 privados de libertadExpertos critican que se incumplen el objetivo de reintegrar a la sociedad a los privados de libertad

El sociólogo sugirió que para solucionar el problema de los hacinamientos debe de haber voluntad política integral para que el sistema carcelario sea congruente con los sistemas de investigación.

Asimismo, afirmó que una de las medidas que implementó el Estado para reducir los hacinamientos fue a través del Poder Judicial con las medidas sustitutivas a la cárcel.

“Acciones como medidas sustitutivas a la cárcel era una manera de liberar los centros penitenciarios teniendo que ver con el arraigo, las edades, tipos de delito”, detalló.

Sin embargo, el sociólogo arguyó que fue insuficiente o mal aplicada ejemplificando “porque a quienes se lo han aplicado ha sido a gente con mucho poder y no a gente de escasos recursos económicos”, puntualizó.

spot_img
spot_img

Lo + Nuevo

spot_img
spot_img
spot_img
spot_imgspot_img