Tegucigalpa. La selección de los próximos jueces anticorrupción que serán escogidos por una comisión integrada por el Poder Judicial, la MACCIH e integrantes de sociedad civil, parte de un rígido protocolo que define los mecanismos del proceso tanto para quienes aspiran como a quienes los escogen. Sus integrantes y participantes deberán suscribir un acuerdo de ética y confidencialidad para evitar fugas indebidas en el proceso.
– Abogados defensores de casos de corrupción y crimen organizado no son aptos para el cargo
La elección parece estar blindada y los que resulten electos deberán someterse a pruebas de confianza y estar despojados de cualquier militancia político partidario abierta.
Así lo establece el protocolo de 30 páginas elaborado al respecto. En cuanto a la militancia político partidaria ésta no debe haber sido abierta en los últimos cinco años, tampoco deben haber demandado al Estado o haber representado a sectores o firmas privadas salpicadas en hechos de corrupción.
La Comisión de selección está integrada por un Magistrado de la Sala Penal, quien la presidirá, otro de la Sala de lo Laboral-Contencioso Administrativo y un miembro de la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad en Honduras (MACCIH). Habrá también un representante de la sociedad civil, quien tendrá la labor de secretario de la Comisión y tendrá derecho a voz pero no a voto.
La Comisión también tendrá tres integrantes suplentes. En 10 días hábiles, una vez conformada por el presidente del Poder Judicial, deberán elaborar su reglamento interno y las formas acerca de cómo serán canalizadas y presentadas las denuncias, los criterios de evaluación y su ponderación, el calendario del proceso y los responsables a cargo de la ejecución de cada etapa del proceso de selección y nombramiento, todo lo cual será publicado con la convocatoria.
Las sesiones de la comisión de selección serán convocadas por el presidente de la misma o a solicitud de cualquier de sus integrantes. La comisión cumplirá sus funciones con absoluta independencia, apoliticidad, objetividad e imparcialidad; tomará sus decisiones por unanimidad y llevará los registros que sean necesarios para el control de sus actividades.
Acuerdo ético y de confidencialidad
Todas las personas que participen en este proceso, según el protocolo, deberán firmar un acuerdo que establezca la confidencialidad de la información y de todas las actuaciones que tengan carácter reservado. Igualmente deberán firmar un acuerdo de ética para blindar aún más el proceso.
La comisión creada para la selección de los jueces anticorrupción con jurisdicción nacional surge a propuesta de la MACCIH que tiene entre sus propósitos fortalecer el sistema penal hondureño y la misma no admitirá influencias, interferencias, ni recomendaciones directas o indirectas de cualquier naturaleza, que pretendan o persigan distorsionar los resultados de las evaluación a los postulantes. Los miembros de la Comisión, asimismo, tienen prohibido reunirse en privado con los postulantes durante la selección y nombramiento.
Para quienes se postulen a jueces anticorrupción, aparte de los requisitos de rigor como nombre, título, hoja de vida, acreditar dos correos electrónicos, tarjeta de identidad y certificado médico, deberá también hacer constancia que si laboró en la administración pública o privada no fue suspendido por falta grave, mediante resolución firme.
También deberá acreditar que no ha sido suspendido del ejercicio de la profesión en el Colegio de Abogados, no estar procesado o condenado por delito doloso, no encontrarse en estado de quiebra culposa, fraudulenta o en estado de insolvencia, ni ser deudor alimentario moroso, no tener cuentas ni demandas pendientes con el Estado.
Otro de los requisitos que debe llenar es no ser contribuyente tributario moroso, ni haber sufrido el cierre de negocios por incumplimiento en sus obligaciones fiscales y materiales, presentar declaración sobre el estado financiero y en caso de ser servidor público proveer a la Comisión una autorización escrita para que ésta pueda tener el acceso a los datos personales contenidos en los sistemas de información, según la ley de transparencia y acceso a la información pública.
Declaración jurada de conflictos
Los aspirantes a jueces anticorrupción deberán, además, hacer una Declaración Jurada sobre Conflictos de Interés tales como: tener o haber tenido, en los últimos cinco años, alguna afiliación política.
En la Declaración deben dejar constancia que en los últimos cinco años no fueron apoderados legales o representante procesal de persona natural o jurídica investigada o procesada por actos de corrupción, fraude, crimen organizado, narcotráfico, lavado de activos o cualquier otro ilícito penal conexo.
Tampoco deberán haber tenido o tener desde los últimos cinco años vinculación laboral o áberla tenido con bufete que represente políticos, servidores públicos, empresarios, investigados o procesados por actos de corrupción, fraude, crimen organizado, narcotráfico, lavado de activos o cualquier otro ilícito penal conexo.
No podrán postularse a jueces anticorrupción nacional los que en los últimos cinco años sean o hayan sido representantes de empresa nacional o internacional contratante con el Estado de Honduras o que haya o no presentado demanda contra el Estado de Honduras.
En esa Declaración que deberán firmar los postulantes se debe indicar que no han demandado al Estado de Honduras a título propio o como apoderado legal, tampoco tener cónyuge y familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, pareja o ex pareja, que hayan sido procesados por actos de corrupción, fraude, crimen organizado, narcotráfico, lavado de activos o cualquier otro ilícito penal conexo.
Si estos requisitos y la declaración jurada que deberán suscribir son rígidos, los postulantes a ser jueces anticorrupción deberán pasar las cuatro fases de elección del proceso: análisis curricular y de antecedentes de conducta laboral personal, evaluación de conocimientos jurídicos, entrevista y pruebas de confianza.
Impugnación de postulantes Cada fase es necesaria que sea aprobada para los aspirantes para llegar a la siguiente. Los resultados de todas las evaluaciones serán públicos y la entrevista se realizará en audiencia pública, pudiendo ser transmitida, de ser factible, en algún medio de comunicación. En el caso de las pruebas de confianza solamente la información acerca de la aprobación o no aprobación será pública. La candidatura de los postulantes podrá ser impugnada con pruebas fehacientes por parte de la sociedad civil, el Conadeh y el Colegio de Abogados de Honduras, señala el protocolo. Otros parámetros serán usados en el proceso que por su rigidez supera a las condiciones que en su momento estableció la Junta Nominadora para elegir a los magistrados de la nueva Corte Suprema de Justicia. La llegada de la MACCIH ha permitido enfilar este proceso de selección de los futuros jueces anticorrupción quienes conocerán una categoría de delitos en los que tipifican todas las formas imaginables e inimaginables de corrupción según un nuevo catálogo de delitos identificados, así como las nuevas figuras que al respecto contemplará el nuevo Código Procesal Penal. La convocatoria a la selección de los nuevos jueces anticorrupción con jurisdicción nacional se hará próximamente con unas reglas del juego definidas y enfiladas a devolver credibilidad en el sistema de justicia en la lucha contra la corrupción y la impunidad. |