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TSC urge al MP a deducir responsabilidades por incumplimiento de contrato de concesión de aeropuertos

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Tegucigalpa – El Tribunal Superior de Cuentas (TSC), ha remitido de urgencia al Ministerio Público, una comunicación para que el fiscal general, proceda a iniciar diligencias en contra de los presuntos responsables del incumplimiento del contrato de concesión de los cuatro aeropuertos internacionales del país.
 

La comunicación se refiere al decreto 46-2000 del 2 de mayo de 2000 que se refiere al contrato de concesión y decreto 209-2003 del 12 de diciembre de 2003, mediante el cual se aplicó una modificación al contrato de concesión al otorgar, la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (Soptravi) en representación del Estado de Honduras, la concesión por un período de 20 años a la empresa InterAirports, lo que incluye la operación, mantenimiento, explotación, prestación y ampliación de las instalaciones de las actividades aéreas y de las actividades complementarias correspondientes a los aeropuertos Toncontín en Tegucigalpa; Golosón en La Ceiba; Juan Manuel Gálvez de Roatán y Ramón Villeda Morales de San Pedro Sula.

En ese sentido, en una auditoría practicada a la superintendencia de la Alianza Público y Privada, el TSC ha remitido de urgencia al Ministerio Público, para que proceda a entablar las acciones penales en contra de las autoridades de Soptravi y de los representantes de InterAirports, sobre el no cumplimiento de la construcción de la pista sur del aeropuerto Toncontín.

El contrato establece que el concesionario InterAirports será responsable durante el término previsto de la concesión en las condiciones estipuladas y de acuerdo con los procedimientos establecidos por el ente regulador, para el desarrollo y ejecución de la concesión.

Además, las obligaciones y responsabilidades del concesionario incluyen obligaciones de administración, mantenimiento y ampliación económica, entre las que se detallan, pagar hasta 10 millones de dólares (205 millones de lempiras) correspondientes a la expropiación de los predios, para la ampliación de la pista principal del aeropuerto Toncontín.

Asimismo, mantener una fianza de cumplimiento del contrato por la cantidad de 10 millones de dólares en plena vigencia y validez en los términos y condiciones previstas en el contrato de concesión.

Según se detalla en el informe, faltan las realizaciones de medidas oportunas para garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas del concesionario producto de la expropiación de los terrenos para la construcción de la pista sur del aeropuerto Toncontín, falta de la realización de la gestión para la ejecución de la garantía del cumplimiento del contrato de concesión.

Además, según se describe en los hechos, al efectuar la verificación del cumplimiento de las cláusulas contenidas en el contrato de concesión suscrito entre la República de Honduras actuando a través de Soptravi y el concesionario InterAirports, se comprobó que los funcionarios de dicha secretaría, no realizaron las acciones oportunas en el proceso de expropiación de los predios para la ampliación de la pista principal de la terminal aérea capitalina, las que eran necesarias para garantizar el cumplimiento de las obligaciones económicas estipuladas examinándose de esta manera el concesionario de la realización del pago de 10 millones de dólares.

Advierte que si en el transcurso de los cinco años contados a partir de la fecha de entrar en vigor el contrato, no se ha producido la expropiación, el concesionario se liberará de hacer el pago referido.

Sin embargo, en la auditoría practicada por el TSC a la Superintendencia de la Alianza Público Privada, el organismo contralor ha encontrado responsabilidades de tipo civil y penal por lo que remite una nota al fiscal general, Óscar Chinchilla.

La nota concluye que indican que existen indicios de responsabilidad penal, opinión que de ser compartida por la Fiscalía, provocará que esa dependencia entable la acción penal ante los tribunales de justicia, caso contrario deberá remitir al TSC, los pliegos de responsabilidad civil para darle el trámite correspondiente de acuerdo a la ley.

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