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Nueve años de reclusión para miembros de la seguridad del extraditado Arita

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Tegucigalpa – La Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional por unanimidad de votos condenó a una pena de nueve años de reclusión a los ciudadanos Arnol Fabricio Escobar Carbajal (35) años, Cristobal Cruz Chacón Rivas (29), Rony Alexander Escobar (22), Dimas Adrián Caballero Rivas (20) y Santos Obdulio Hernández (48) por el delito de almacenamiento de armas de uso prohibido.

También se les dictó el pago de una multa de 22 mil 500 lempiras correspondiente a las tres armas decomisadas, según hechos ocurridos en octubre de 2015 en las Pilas, municipio de Florida, Copán.

De igual manera Arnol Fabricio Escobar, Cristobal Cruz Chacón y Rony Alexander Escobar también fueron condenados a las penas de cuatro y dos años de reclusión por los delitos de portación ilegal de armas de uso comercial y atentado, respectivamente, por lo que estos tres ciudadanos deberán pagar una pena total de 15 años de reclusión, delitos que los hoy condenados cometieron en perjuicio de la seguridad interior del Estado de Honduras.

Los cinco encausados fueron absueltos por el delito de Asociación Ilícita ya que no se logró acreditar con la prueba ofertada la existencia del mismo.

En el proceso el Ministerio Público también acusó a la señora Norma Tábora Pineda, por los delitos de Almacenamiento de Armas Prohibidas, Atentado y Asociación Ilícita, sin embargo, el Tribunal determinó absolverla por dichos Ilícitos ya que el Ministerio Público con la prueba evacuada durante el Juicio no logró acreditar los mismos, de igual manera absolvió a Santos Obdulio Hernández por el delito de atentado.

De acuerdo al hecho probado en fecha 1 de octubre de 2015 la Unidad de Investigación Sensitiva en conjunto con otras dependencias de la Policía Nacional recibieron información que en la aldea Las Pilas en el Municipio de Florida, Copán, en una hacienda se encontraba escondido el señor Carlos Emilio Arita conocido también como Porfirio Montufar Arita (ya extraditado), quien en ese momento tenía una orden de captura ordenada por Juez de Extradición.

Es así que el dos de octubre, a eso de las seis de la mañana, los agentes policiales se hicieron presentes al lugar para aprehender al extraditable, cuando tenían rodeado el lugar se percataron que en un kiosco de madera se encontraban los cinco encausados, tres de ellos portando armas de fuego tipo comercial de las que no tenía sus respectivos permisos, por lo que al observar la presencia policial en el lugar empezaron a disparar a los agentes, en el enfrentamiento resultó herido uno de los imputados, al registrar el lugar los agentes encontraron varias armas prohibidas con sus respectivas municiones. Las cinco personas declaradas culpables permanecían en el lugar para darle seguridad al ahora extraditado.

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