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Medidas sustitutivas

Luis Cosenza Jiménez

Los sistemas modernos de justicia se basan en un postulado fundamental y universal: Las personas son inocentes a menos que sean condenadas en juicio.  Los sistemas políticos modernos también se basan en otro principio fundamental: Los ciudadanos tienen derechos inalienables que no pueden ser conculcados salvo causa justificada demostrada en los tribunales.  Históricamente las personas se han asociado para proteger sus derechos ciudadanos, para lo cual han creado gobiernos con el propósito fundamental de resguardar esos derechos. 

Los derechos básicos son la vida y la libertad, pero con el paso del tiempo el catálogo de derechos se ha ampliado hasta integrar una lista de derechos consagrada en la declaratoria de las Naciones Unidos.  Siendo que hemos creado el estado para proteger nuestros derechos, resulta repugnante y aberrante que sea el mismo estado quien viole nuestros derechos.  Hemos otorgado al estado el monopolio de la violencia para que proteja nuestros derechos, no para que nos reprima o para que conculque nuestros derechos.  Con este marco de referencia en mente, veamos entonces el asunto de las medidas sustitutivas.

Recordemos que una persona no es culpable por el simple hecho de ser llevada a los tribunales.  Es más, la presunción de inocencia, es decir el principio de que una persona es inocente hasta que se le declare culpable en juicio, debe respetarse.  Siendo esto así, y salvo causa justificada ante la autoridad competente, esa persona debe ser juzgada en libertad.  Nótese que no se trata de una canonjía que el bondadoso estado nos concede.  Se trata de un derecho ciudadano que el estado debe proteger.  Para eso fue creado.  Las causas justificadas para no juzgar en libertad a una persona acusada de cometer un delito son básicamente dos. 

Que haya un riesgo claro de que el acusado aprovechará la oportunidad para fugarse y así evadir el juicio, o que usará su libertad para reincidir en el delito que se le imputa, o para cometer otro delito.  Resumiendo, lo normal, lo natural, debería ser que al imputado se le juzgue en libertad y la tarea de los órganos del estado debería ser vigilar que esto sea así.  Lamentablemente, en nuestro caso la realidad parece ser otra.  Permítanme explicar por qué.

En nuestro caso pareciera que las autoridades del Ministerio Público y del Sistema Judicial, piensan que todos los acusados, salvo casos excepcionales, deben ser privados de libertad en tanto se les juzga.  Pareciera que piensan que quienes son acusados automáticamente son culpables y merecen ser castigados, echando por la borda la presunción de inocencia. En lugar de ser excepcional la privación de la libertad durante el juicio, pretenden convertir en excepcional el uso de medidas sustitutivas a la reclusión.  A mi juicio, hemos caído en una violación sistemática de los derechos ciudadanos y tarde o temprano terminaremos siendo demandados, y condenados, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En mi opinión esta situación se debe a que todos sabemos que nuestro sistema judicial tiene severas limitaciones.  Los fiscales del Ministerio Público saben que los tribunales toman mucho tiempo para ventilar los casos, lo cual es cierto, pero es igualmente cierto que eso no es responsabilidad de los acusados.  Por otro lado, temen que si se recurre a las medidas sustitutivas se produce una percepción de impunidad.  No solo el gobierno, sino que también nuestra sociedad, están dispuestos a descartar la presunción de inocencia con tal de ver a un corrupto tras las rejas. 

En otros ámbitos se dice que es preferible declarar inocente a nueve culpables que declarar culpable a un inocente.  Nosotros hemos invertido las prioridades y hemos concluido que es preferible encarcelar a nueve inocentes con tal de no dejar en libertad a un culpable.  Nuestra indiferencia ante esta penosa situación prevalece hasta que conocemos al pariente o al amigo en contra de quien el sistema se ha ensañado.

Conozco a una dama con discapacidad, inocente, y quien ha puesto a disposición del estado las garantías necesarias para evidenciar que no tiene ninguna intención de fugarse, a quien se le aplicaba medidas sustitutivas que han sido revocadas y que por tanto ahora se le ha privado de su libertad.  Se trata, a mi juicio, de una grave violación a los derechos humanos que podría agravarse si se deteriora su salud.  Lamentablemente todo parece ser resultado de la politiquería.  Como se dice vulgarmente, “hay que meter un grande a la cárcel”.  Poco importa si es culpable o no.  Supongamos que al final los fiscales no logran probar los hechos que le imputan. ¿Cómo podrán justificar haber violado los derechos de una persona inocente?

No se trata de que no juzguen a quienes ellos honestamente piensen que deben ser llevados a los tribunales.  Si se trata de que aún en esos casos, las personas tenemos derechos ciudadanos que deben ser respetados, entre ellos la libertad y la presunción de inocencia.  Pensémoslo bien.  Hoy por ti, mañana por mí.  Guardar silencio sobre la violación de los derechos ciudadanos solo servirá para asegurar que la violación continuará o empeorará.

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