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Medidas coercitivas en nuevo Código Penal no afectan al periodismo digital

Tegucigalpa – Las medidas coercitivas, penas o sanciones que contiene el proyecto del nuevo Código Penal, principalmente en el capítulo que se refiere a los delitos informáticos, no afecta en nada el desenvolvimiento del periodismo digital en Honduras, aseguraron a Proceso Digital fuentes del Congreso Nacional, vinculadas a la elaboración de esa nueva legislación que actualmente se discute en primer debate en la Cámara Legislativa.

– En el nuevo instrumento jurídico se mantienen los delitos contra el honor, aunque en el texto se estableció que cuando hay una publicación o reproducción se afecta la libertad de prensa.

– Aunque ese delito lo cometa un periodista digital, no significa que esté vinculado directamente con el ejercicio de la profesión.

En ese sentido, la gerente legislativa del Congreso Nacional, Karen Motiño, enfatizó que en el apartado específico de los delitos informáticos, no se contempla ningún aspecto puntual que se refiera a sanciones o penas para los medios digitales.

Daño a sistemas informáticos

delito informaticoDetalló que en ese apartado, lo que se regula son aquellas conductas que sólo se pueden cometer utilizando medios informáticos o dañando soportes de medios informáticos.

Enumeró que entre esas conductas figura el acceso ilegítimo a datos informáticos y en ese sentido, se preguntó: “en qué le puede afectar eso a un periodista digital, yo creo que en nada, porque sería solamente si él accede ilegítimamente para obtener esos datos, pero no si únicamente lo que hace es publicar noticias”.

Añadió que también se incluye la penalización para quien utilice soportes con el objetivo de desconfigurar el acceso ilegítimo a datos informáticos como claves y otros desbloqueos, que son aspectos que el periodista digital generalmente no lo hace y si lo hace, es como que lo haga cualquier otra persona.

Tampoco los periodistas digitales generalmente se meten o dañan ilegalmente a una base de datos, violenta códigos de seguridad. Ejemplificó el caso de meterse a la base de datos de la Policía para borrar o agregar información.

En la sección de delitos informáticos de la propuesta del nuevo Código Penal, también se contempla el delito de la suplantación de identidad como crear una página Web o un perfil en una red social con la foto de otra persona e interactúa como si se tratara de otra persona.

En ese sentido, Motiño indico que aunque ese delito lo cometa un periodista digital, no significa que esté vinculado directamente con el ejercicio de la profesión.

Explicó que “aparte de ese apartado específico de los delitos informáticos, hay otros delitos que bien se pueden cometer sin utilizar medios informáticos o utilizando medios informáticos, y lo que si puede relacionarse con el periodismo digital, es lo relacionado con los delitos contra el honor, que se siguen manteniendo, pero que igual ya estaban en el Código Penal Vigente”.

Delitos contra el honor

JusticiaDetalló que las penas que tienen esos delitos contra el honor (difamación, injurias y calumnias), son de multas, aunque si esos delitos se cometen a través de medios de comunicación masiva, la pena va a ser más alta.

Indicó que la socialización y el debate de la nueva legislación, la propuesta inicial era suprimir esos delitos del texto y “si a mí me pregunta, a mí me hubiese gustado que se quitaron los delitos contra el honor porque igual ya tenemos otras acciones civiles que protegen el honor”, acotó.

Sin embargo, en la discusión, los técnicos y expertos en derecho penal nacionales y extranjeros, decidieron que se mantuvieran los delitos contra el honor en el Código siempre, pero con una pena de multa alta y no mediante la prisión.

Penas y multas

Por su lado, la asesora legislativa, Pamela Tronconi, detalló que el título que contiene el nuevo código se refiere a los delitos contra los sistemas y redes informáticas donde se incluyen varias figuras como el acceso no autorizado a sistemas informáticos en el que se castiga a quien vulnere las medidas de seguridad para acceder a los sistemas, donde se establece una pena de seis a 18 meses de reclusión y una multa de 100 a 200 días cuando se accede a sistemas o estructuras que brinden servicios esenciales a la comunidad.

Pamela Tronconi

Mientras tanto, el delito o figura de daños a datos o sistemas informáticos se penalizan con reclusión de uno a dos años y multa de 100 a 300 días.

Asimismo, se establece que será sancionada toda aquella persona que sin estar autorizado inutiliza total o parcialmente el funcionamiento de un sistema informático imposibilitando el acceso al mismo  o imposibilitando el desarrollo de alguno de sus servicios, delito que será castigado con una pena de uno a tres años de cárcel y multa de 100 a 400 días, sanción que podrá ser aumentada cuando las conductas causen un grave daño económico o afecten servicios esenciales para la comunidad.

Otro delito informático es el abuso de dispositivos que prácticamente consiste en la fabricación, importación, venta, facilitación y obtención de dispositivos, programas o códigos que sean destinados para la comisión de delitos informáticos y tiene una pena de seis meses a un año de reclusión y una multa de 100 a 200 días.

Apuntó que con este nuevo código se avanzará sustancialmente en los tipos de delitos de difamación porque actualmente el medio de comunicación escrito, de radio, televisión o digital que publique o reproduzca injurias o calumnias contra una persona, es penado como el autor de esas injurias y calumnias y ahora se han hecho análisis y en base al derecho comparado se ha establecido que se trata de una total violación a la libertad de prensa.

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