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Las empresas deben respetar los DDHH en el contexto de la emergencia sanitaria

Por: Dr. H. Roberto Herrera Cáceres
Comisionado Nacional de los Derechos Humanos

Las empresas deben siempre respetar los derechos humanos, siguiendo procesos de debida diligencia a ese respecto, informarlo, rendir cuentas y reparar o remediar las consecuencias en la eventualidad de abusos e impactos negativos sobre los derechos humanos de los trabajadores y trabajadoras, consumidores y sociedad, en general.

Ello debe ser del mayor cuidado, en situaciones de pandemia COVID -19 y epidemia Dengue.

El comportamiento real de los empresarios es muy importante, en lo atinente a la gestión del riesgo de provocar consecuencias negativas en los derechos humanos. En ese sentido, en materia de responsabilidad, además de las medidas de bioseguridad (incluyendo el manejo apropiado de desechos tóxicos, de las empresas), es factor determinante básico del derecho de los trabajadores, la existencia general de condiciones saludables de trabajo y de un medio ambiente sano.

Las empresas, entre otros aspectos, deben: evitar los despidos injustificados de personas afectadas por la COVID -19; otorgar permisos por enfermedad a causa de situaciones de salud derivadas de dicha enfermedad pandémica; cooperar con la atención primaria en los municipios y la seguridad alimentaria de las personas en situación de pobreza; contribuir, con el Estado, en la lucha contra: la corrupción; las condiciones que favorecen la pobreza; la especulación ilícita o el alza de los productos de la canasta básica; la desinformación o noticias falsas; la indolencia o falta de solidaridad social; la estigmatización o discriminación de personas; la desprotección de los bosques e incendios forestales; y los efectos del cambio climático sobre la vida de las comunidades.

El Sistema Nacional de Gestión del Riesgo (SINAGER) y las otras autoridades competentes del Estado, deben orientar la conducta de las empresas por los principios y normas aplicables de derechos humanos o asumir la corresponsabilidad en la reparación eventual, de causarse consecuencias negativas sobre los derechos humanos, en especial sobre los derechos económicos, sociales, culturales y al medio ambiente sano.

Todo el sistema económico de Honduras debe responder al marco constitucional vigente que ordena la dignificación del trabajo honesto y responsable, con acceso al mismo por todas las personas, con atención especial, a las que se encuentran en situación de pobreza; la eficiencia en la producción; la armonía de los factores de la producción; la justicia social en la distribución de la riqueza y el ingreso nacionales. En fin, el sistema económico debe ser de orientación sostenida hacia el bienestar del pueblo. Todo como fundamento del crecimiento económico inclusivo y equitativo que debe servir como sustento humanista del desarrollo sostenible, en la post-crisis; al cual debemos contribuir: empresarios, trabajadores, autoridades del Estado y la sociedad, en su conjunto.

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