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Juzgado admite amparo con suspensión del acto reclamado contra alcaldía ceibeña

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San Pedro Sula – El Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del norte y occidente de Honduras, resolvió este viernes admitir “con suspensión del acto reclamado” la acción de amparo promovida por el Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) en contra de la alcaldía de La Ceiba.

Cabe recordar que el Cohep interpuso un amparo contra un acto administrativo de la Corporación Municipal de la Ceiba ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), ya que el gobierno del puerto caribeño ordenó estado de emergencia y toque de queda total a partir del 11 de abril hasta el lunes 20 de abril.

La sala de lo Constitucional se declaró incompetente para conocer la acción de amparo, por lo que fue turnada a un Juzgado de lo Contencioso Administrativo.

El amparo les recuerda a los jueces que la Ley de Municipalidades no le otorga facultades a la Corporación Municipal de La Ceiba la suspensión de garantías o derechos constitucionales.

Este viernes, el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo al admitir el recurso con suspensión del acto reclamado, se garantiza a los ciudadanos de La Ceiba, el derecho a la vida (alimentación) y salud que no se podrá impedir el ingreso por parte de la corporación municipal de los distintos medios de abastecimiento de bienes y servicios de primera necesidad, los que son distribuidos por las empresas autorizadas para tal efecto: debiendo respetar y prevalecer en todo momento lo dispuesto en el decreto ejecutivo PCM 021-2020.

La alcaldía de La Ceiba deberá, en un término de cinco días hábiles, remitir de manera electrónica o de la forma más idónea un informe de los hechos denunciados.

 

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