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IHTT realiza acciones para combatir ilegalidad en el sector

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Tegucigalpa – En cumplimiento a la Ley de Transporte Terrestre de Honduras el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT),realiza acciones constantes para combatir la ilegalidad en este sector.

El IHTT es el ente rector en materia de transporte terrestre a nivel nacional, en ese sentido, ha atendido constantes denuncias de parte de los concesionarios del transporte terrestre público de pasajeros , en relación a que quienes se están dedicando al transporte terrestre público, de personas, sin contar con la autorización a través de la concesión correspondiente, por lo que ya se toman las medidas pertinentes.

Como parte de las acciones contempladas en ley el IHTT, a través de su Inspectoría General de Transporte Terrestre (IGTT), en coordinación y acompañamiento de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), y demás operadores de seguridad, ejecutan constantes operativos a nivel nacional para combatir la ilegalidad.

Por ello se advierte que se sacará de circulación todas aquellas unidades que sean utilizadas para el transporte terrestre público de personas sin estar debidamente autorizados conforme a la Ley de Transporte Terrestre de Honduras y su reglamento.

Además, se aplicará de inmediato la sanción que consiste en una multa de 11 mil lempiras y el decomiso de la unidad por seis meses.

Asimismo, la Comisión Directiva, recuerda que las medidas son aplicables a todo aquel que ejerza de manera ilegal el transporte terrestre público de personas incluidos aquellos que, para esos efectos, emplean incluso plataformas digitales denominadas “vip”, “uber” y otras variadas denominaciones.

El IHTT, aclara que no es la intención perjudicar a ningún hondureño, que busque trabajar, pero se debe dar cumplimiento a la Ley, a efectos de evitar la competencia desleal que perjudica al Estado y a los concesionarios legalmente autorizados. 

Por lo anterior es pertinente recordar que el Artículo 21 de Ley de Transporte Terrestre de Honduras, prohíbe clara y expresamente ofrecer o brindar de hecho o de forma ilegal el servicio de transporte terrestre público de personas sin la autorización del Estado mediante la Concesión que incluye los Permisos de Explotación y Certificados de Operación correspondientes.

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