Tegucigalpa– Este lunes está programada la audiencia de conocimiento de peticiónde extradición, contra el hondureño Víctor Lorenzo Flores Pineda en las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
Flores Pineda es parte de un grupo de antisociales integrados por hondureños y mexicanos que tenían un plan para asesinar al presidente Juan Orlando Hernández, por lo que fueron declarados culpables del delito de conspiración.
El 18 de marzo se conoció que existía una orden de extradición contra Flores Pineda, por lo que la CSJ determinó programar para las 10:00 de la mañana de este lunes la audiencia de conocimiento de petición de extracción hacia Estados Unidos.
En esta audiencia Flores Pineda conocerá sobre el pedido de extradición solicitado por una corte estadounidense.
Sin embargo, tras tener condena pendiente en el país, Flores Pineda no podrá ser extraditado hasta que cumpla con la sentencia en Honduras, según los analistas jurídicos.
Flores Pineda es acusado en Honduras por el delito de conspiración y guarda prisión en la Penitenciaría Nacional Marco Aurelio Soto, ubicada en Támara, Francisco Morazán.
Recuento de hechos
Por el supuesto plan para atentar contra Hernández, el 16 de septiembre de 2014, en la ciudad de Gracias, Lempira, enfrentan acusaciones cuatro hondureños y dos mexicanos, acusados por los delitos de asociación ilícita, portación ilegal de armas y atentado.
Éstos son los connacionales: José Javier Conteras, Víctor Lorenzo Flores Pineda, alias “Lencho”, Héctor Antonio Ordóñez Vásquez, alias “Toño Frontera”, Karla Sinaí Ulloa Murillo, maestra de educación, originaria y residente en La Entrada, Copán, a quienes en su momento se les acusó de posesión ilegal de armas.
Por su parte, los mexicanos son: Jesús Gumero Flores Pineda y Everardo Terriquez Figueroa, quienes fueron liberados por una corte de apelaciones, pero luego de un recurso de revisión, los volvieron apresar y hoy guardan prisión en una unidad militar.
Por el delito de asociación ilícita, el Código Penal establece una pena de 20 a 30 años de reclusión, mientras que por el delito de tenencia ilegal de armas prohibidas el artículo 332-A establece una pena de ocho a 10 años de reclusión mientras el delito de conspiración de acuerdo a lo que establece el artículo 324 del Código Penal es penado con reclusión de dos a seis años de reclusión.