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En vigencia Ley que penaliza el delito de extorsión y chantaje

Tegucigalpa – Publicado en el diario oficial La Gaceta, la Ley que penaliza el delito de extorsión y chantaje con penas hasta de cárcel de por vida.
 

La publicación se dio en la Gaceta 32,798 la cual trae implícita el decreto 16-2012 del Poder Legislativo.

Dicho decreto abarca la reforma del artículo 222 del Código Penal contenido en el decreto 144-83 del 23 de agosto de 1933 y entra en vigencia a partir de su publicación en el diario oficial de Honduras.

Este artículo deberá leerse:

Comete el delito de extorsión, quien mediante amenazas, intimidación o violencias y con el fin de obtener para si o para cualquier organización delictiva, dinero, bienes u otros servicios, obligue a una persona natural o jurídica a:

1. Hacer o dejar de hacer alguna cosa

2. Suscribir documentos para obtener pagos de dinero

3. Suscribir, otorgar, entregar o destruir una escritura pública o cualquier otro documento público o privado.

Al culpable de este delito se le impondrá una pena de reclusión de 15 a 20 años y multa de 50 salarios mínimos, más los accesorios jurídicos que correspondan.

Si con ocasión de cometerse estos delitos, se da por muerta la víctima, a su conyugue, a su compañera de hogar, a un miembro de su familia dentro del cuarto grado de con sanguinidad y segundo de afinidad o cualquier otra persona que tenga una relación laboral con la víctima o con la persona jurídica extorsionada, se le impondrá al culpable, la pena de privación de libertad de por vida.

La figura de extorsión se considerará un delito de crimen organizado.

Mientras tanto el artículo 22, adicional al Código Penal, el artículo 222-A, deberá leerse así:

Comete el delito de chantaje e incurrirá en la pena de reclusión de seis a 12 años, quien con amenaza, imputaciones contra el honor, el prestigio, la violación o divulgación de secretos y con perjuicios de uno u otro caso, para el ofendido, su familia, o la identidad cuya sección intervenga u obtenga este interés, exigirá la entrega de una cantidad de dinero u otros bienes a la ejecución u omisión de un acto.

Las penas descritas en el presente capítulo, se aumentará en un tercio, cuando el culpable sea servidor público, que hiciera uso de esta potestad.

El pasado 28 de febrero del presente año, el Congreso Nacional aprobó en un solo debate la reforma al artículo 222 del Código Penal, que eleva las sanciones a la extorsión (impuesto de guerra) y el chantaje, además que castiga con cadena perpetua si en el desarrollo de la acción delictiva la víctima o un familiar es asesinado.

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