Tegucigalpa– La Sala Constitucional emitió fallo en el que declaró con Lugar Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto contra reforma del artículo 39 de Ley de lo Contencioso administrativo que exigía rendir caución del 20 por ciento del valor de demandas contra el Estado.
El artículo 39 establecía que la acción de los demandantes únicamente podía ser admitida si el demandante rendía una caución (garantía), equivalente al 20% del valor reclamado.
Lo anterior significa que los peticionarios tenían que pagar por demandar al Estado, y en muchos casos las víctimas quedaban en estado de indefensión, pues al no contar con el valor de la garantía no podían interponer la demanda.
De acuerdo a explicación de profesionales del derecho este artículo implicaba onerosas erogaciones para que los perjudicados pudieran defender sus derechos en lo contencioso administrativo e incluía por ejemplo las acciones o demandas por malas praxis médicas o de otra índole profesional.
La resolución de la Corte Suprema de Justicia, establece que la sentencia es de ejecución inmediata.
La misma también indica que se procesa a comunicar al Congreso Nacional el falló y que este sea publicado en el Diario Oficial la Gaceta.LB