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Delitos informáticos figuran como novedades en nuevo Código Penal

Tegucigalpa – Fuertes sanciones se contemplan a las personas que cometan delitos informáticos o ciberdelitos, en el anteproyecto del nuevo Código Penal, mediante el que se ofrece protección a la seguridad informática y, en particular, a la confidencialidad e integridad de los sistemas informáticos como dispositivos contenedores de información sensible para la intimidad, el honor o el patrimonio, de las personas naturales y jurídicas.

Esa protección se justifica por el incremento exponencial de la actividad delictiva en el ciberespacio en una sociedad cada vez más dependiente de los sistemas informáticos para el trabajo, ocio, transportes y enseñanza, entre otros, la cual es recogida en el ante proyecto de Nuevo Código Penal que será presentado a la opinión pública este martes en en el Congreso Nacional.

“Hackeo” y daños a sistemas

Entre los delitos que quedan regulados en el proyecto del nuevo Código Penal, figura el acceso no autorizado a sistemas informático, conocido como “hackeo”, por lo que quien tenga acceso no autorizado a un sistema informático siempre que se realice con vulneración de medidas de seguridad establecidas para impedirlo, será sancionado con pena de prisión de tres a cinco años de reclusión.

Otro delito, corresponde a los daños informáticos o atentados contra la integridad de datos, donde la persona que realice cualquier acto consistente en introducir, borrar, deteriorar, alterar, suprimir o hacer inaccesibles de forma grave datos informáticos, realizado a través de las tecnologías de la información y de la comunicación, se le impondrá pena de prisión de uno a tres años de cárcel.

Asimismo, contempla el delito de daños o atentados contra la integridad o disponibilidad de los sistemas informáticos, donde se establece que quien impida el acceso de un sistema informático o imposibilitase el desarrollo de alguno de sus servicios a través de las tecnologías de la información y de la comunicación consistentes en la inutilización total o parcial del sistema, incurre en una pena que se castiga con dos a cuatro años de prisión.

El abuso de dispositivos, que incluye a los que alteran celulares o computadoras robadas, o equipo para rastrear señales y decodificar contraseña, o que realice la fabricación, importación, venta, facilitación, obtención para su utilización, de dispositivos, incluidos los programas informáticos, así como contraseñas o códigos de acceso, específicamente destinados a la comisión del delito de acceso no autorizado a sistemas o del delito de daños a datos informáticos y daños a sistemas de información, incurre en la pena de prisión de tres a seis años.

Suplantación de identidad y “Grooming”

Por su lado, el delito de suplantación de identidad digital que se refiere a los que asumen nombres de otras personas en redes sociales o correos electrónicos y quien con ánimo de defraudar suplante la identidad de una persona física o jurídica, por medio de las tecnologías de la información y la comunicación, incurrirá en una pena de prisión de cuatro a siete años bajo las rejas. En el proyecto del nuevo Código Penal, también se establecen agravantes relativos a si los sistemas a los que se accede se refieren a estructuras o servicios esenciales para la comunidad.

En cuanto al “Grooming”, que se refiere a una serie de conductas y acciones deliberadamente emprendidas por un adulto con el objetivo de ganarse la amistad de un menor de edad, creando una conexión emocional con el mismo, con el fin de disminuir las inhibiciones del niño y poder abusar sexualmente de él.

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