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CorteIDH condena a Nicaragua por uso abusivo del poder para reelegir a Daniel Ortega

San José – La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó este jueves al Estado de Nicaragua por la «falta de integridad del proceso electoral» de 2011 y por la actuación «abusiva del aparato estatal» para conseguir la reelección del presidente Daniel Ortega.

«La Corte concluyó que la falta de integridad del proceso electoral favoreció la reelección del presidente Daniel Ortega, y además consideró que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Supremo Electoral mostraron parcialidad y no garantizaron un recurso judicial efectivo para revisar las decisiones que cuestionaban irregularidades en el proceso», declaró la presidenta de la CorteIDH, Nancy Hernández, en un acto de notificación del fallo.

Esta sentencia declaró al Estado nicaragüense como responsable de violar los derechos políticos, las garantías judiciales y la protección judicial de Fabio Gadea Mantilla, quien como candidato presidencial en el proceso de 2011 denunció irregularidades, incluida la ilegalidad de la reelección presidencial.

«Las decisiones de las salas Constitucional y Plena de la Corte Suprema de Justicia, inaplicando una norma constitucional que de forma expresa no permitía la reelección presidencial, pretendieron dar una apariencia de legalidad a la decisión que autorizaba la reelección del presidente Daniel Ortega», explicó la jueza Hernández.

El fallo también determinó que «existen suficientes elementos para concluir que estas decisiones perseguían permitir la inscripción del presidente Daniel Ortega como candidato y permitir su permanencia al mando del Poder Ejecutivo, lo cual constituyó un uso abusivo de aparato estatal para favorecer al candidato oficial», agregó Hernández.

La sentencia ordena a Nicaragua aplicar las medidas necesarias para «adaptar su normativa interna» a los estándares establecidos en la sentencia y en una opinión consultiva de la CorteIDH del año 2021 acerca de la restricción de la reelección presidencial indefinida.

En esa opinión consultiva de 2021, solicitada por el Estado de Colombia, la CorteIDH estableció que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano, que atenta contra los principios democráticos y afecta la separación de poderes.

En su sentencia de este jueves, la CorteIDH también ordenó a Nicaragua adoptar medidas para garantizar que Consejo Supremo Electoral cuente con garantías de imparcialidad e independencia y para que existan medios adecuados de impugnación ante violaciones a la ley electoral cuando se pretenda la tutela de los derechos políticos.

Nicaragua en desacato desde 2022

En el acto de notificación del fallo de este jueves, que se llevó a cabo de manera telemática, no participó ningún representante del Estado nicaragüense.

La CorteIDH declaró a Nicaragua en desacato desde 2022, cuando los jueces comenzaron a emitir una serie de resoluciones de medidas provisionales que exigían al Estado liberar y garantizar la vida y la salud de más de un centenar de personas opositoras al Gobierno de Daniel Ortega que fueron encarceladas.

Las medidas provisionales, dictadas en varias resoluciones desde 2022, han sido en favor de 115 personas consideradas «presos políticos», y sus núcleos familiares.

De esas 115 personas, hay al menos nueve que todavía se encuentran detenidas y el resto formaron parte de dos deportaciones masivas que realizó el Gobierno a Estados Unidos y Guatemala, detalló la CorteIDH en diciembre pasado.

Nicaragua atraviesa una crisis política y social desde abril de 2018, que se acentuó tras las controvertidas elecciones de noviembre de 2021, en las que Ortega fue reelegido para un quinto mandato, el cuarto consecutivo, con sus principales contendientes en prisión y a los que luego expulsó del país, y los privó de su nacionalidad y de sus derechos políticos tras acusarlos de «golpistas» y de «traición a la patria». JS

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