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Chimirri condenado a 9 años de cárcel y a multa de L 16 millones

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Tegucigalpa- La Sala de Sentencia  condenó a nueve años de prisión  el exgerente de la Empresa Hondureña de Telecomunicaciones (Hondutel), Marcelo Chimirri, por el delito de enriquecimiento ilícito.

-El Ministerio Público había pedido la pena máxima de 13 años de reclusión.

Chimirri también deberá de pagar una multa de 16 millones 686 mil 790.36 lempiras.

La resolución de la Sala de Sentencia señala que el condenado deberá de cumplir los nueve años de reclusión en la Penitenciaría Nacional Marco Aurelio Soto, ubicada en Támara, Francisco Morazán.

Igualmente, señala el escrito que a la pena se le deberá de descontrar el computo de la pena, es decir el tiempo que el imputado ha guardado prisión previo a la sentencia.

Asimismo, Chimirri fue inhabilitado absoluta e interdicción (prohibición) civil, por el tiempo que dure la penal.

La Sala de Sentencia, también condenó a Chimirri a realizar trabajo social en obras públicas o en establecimientos penitenciarios.

chimirri sentencia

Chimirri fue declarado culpable del delito de enriquecimiento ilícito el 12 de enero del presente año. 

El tribunal, con la prueba aportada, concluyó en la existencia de un ilícito penal por un incremento patrimonial no justificado de los bienes de Chimirri Castro por la cantidad de 16 millones 686 mil 790.36 lempiras de acuerdo a la investigación realizada por el Tribunal Superior de Cuentas durante el período que el encausado laboró para la empresa Hondutel razón por lo cual dictó el correspondiente fallo. 

Recuento de hechos

El Ministerio Público acusó a Marcelo Antonio Chimirri Castro a raíz de un informe remitido por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), donde se confirmó la presunción por indicios de enriquecimiento ilícito por el monto de la cantidad antes mencionada, misma que el acusado no logró justificar ya que este valor es superior a los sueldos percibidos legalmente durante el período que se desempeñó como subgerente y gerente de Hondutel, según el informe fiscal.

Los Artículos 62 y 63 de la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas establecen que quien incurra en el delito de Enriquecimiento Ilícito, será penalizado con reclusión de 3 a 5 años de reclusión y de 5 a 15 años de reclusión cuando el valor exceda de un millón de lempiras, la sentencia una vez firme impondrá además al responsable una multa hasta por el monto del enriquecimiento ilícito comprobado o hasta por el monto del incremento patrimonial injustificado, el cual se hará efectiva sobre los bienes del responsable del ilícito.

Los hechos, de acuerdo a las investigaciones, se suscitaron en el período comprendido entre diciembre de 2006 y diciembre de 2007.

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