Funcionarios de ambas instituciones fueron testigos del acto.
Las áreas de cooperación y apoyo recíproco podrán incluir, entre otras, la promoción de una cultura de transparencia y rendimiento de cuentas, realizar eventos de promoción y difusión de los valores y principios contenidos en el Código de Conducta Ética del Servidor Público y el fortalecimiento de la participación ciudadana, a efecto de promover el Sistema Nacional de Integridad referido en el Artículo 4 de la Ley Visión de País.
También, la divulgación de los instrumentos jurídicos existentes en el país para el combate a la corrupción, como ser la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción, la Ley de Acceso a la Información Pública, y los comités de probidad y ética pública, entre otros.
Celebrar cursos, talleres, seminarios o cualquier otra modalidad de formación y capacitación dirigidos a los servidores públicos, en especial a los del BCH, en materia de ética, transparencia, integridad, honradez, rendición de cuentas, participación ciudadana y responsabilidad en el ejercicio de sus funciones.
Realizar o promover la realización de estudios de investigación que contribuyan a transparentar la gestión estatal, incrementar la rendición de cuentas y fortalecer el combate a la corrupción y otras actividades adicionales que ambas partes convengan para el logro del objetivo de este Convenio.