Aprobados 40 artículos de ley para prevenir violencia en los estadios

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Tegucigalpa – El Congreso Nacional aprobó este miércoles en último debate, desde el artículo 21 hasta el 40 de la Ley Especial para la Seguridad y la Prevención de la Violencia e Intolerancia en los Estadios de Fútbol e Instalaciones Deportivas, cuyo propósito es propiciar las condiciones de seguridad y prevenir actos de violencia e intolerancia en los estadios, quedando pendientes únicamente dos artículos para su aprobación total.

El artículo 13, que se refiere a un libro de registro de actividades de seguidores, donde según el presidente de la comisión de dictamen, Antonio Rivera Callejas, no hay acuerdo de parte de los dirigentes de los clubes sobre esa base de datos que incluye a directivos, integrantes y líderes de las barras con copia de cédulas de identidad, direcciones y número de teléfonos y se está analizando que sea la Secretaría de Seguridad la que elabore ese registro, la discusión y aprobación de este artículo quedó en suspenso y se prevé aprobarlo hasta el próximo martes.
Asimismo, a petición del presidente de la comisión de dictamen Antonio Rivera Callejas, se eliminó el artículo 17 que se refería a la suspensión parcial o total de un partido de fútbol, pero se concluyó que solamente el comisario y el árbitro pueden tomar esa decisión.
Para la aplicación de las penas se reforma por adición el artículo 27, capítulo dos del título cuarto del Código Penal vigente y donde las sanciones se dividen en infracciones leves y graves para los espectadores y otros asistentes así como los organizadores de eventos deportivos y administradores de estadios.
 
Ley de protección a animales
En la sesión de este miércoles también se aprobaron en primer debate, los 36 artículos que contiene el proyecto de Ley para la Protección y Bienestar de Animales Domésticos y en Cautividad, presentada al pleno por el Poder Ejecutivo y los diputados Marlon Lara y Waldina Paz.
La finalidad de la ley es establecer las normas para la protección de los animales domésticos, exóticos y en cautividad. Los animales domésticos para consumo humano cuya producción sea intensiva, se sujetará a las normas respectivas y estándares nacionales e internacionales establecidos en los tratados suscritos.
La ley tiene como principio fundamental la protección de los animales en su posesión o tenencia responsable de modo que están obligado al cuidado de los animales en todos los aspectos contenidos en la normativa como la contraprestación humana.
También recoge la necesaria participación de la sociedad y del Estado, en su conjunto, en apoyo a las asociaciones de protección y defensa de los animales así como el impulso y difusión de una estrategia asociada que contribuya al respeto y trato debido a los animales.

En uno de los artículos de esta ley se prohíbe la utilización de animales en circo y peleas de perros y en otro aparte se refiere al rescate de los animales abandonados así como se regulan las denuncias, infracciones y sanciones que incluye hasta de tres a seis años de reclusión y de hasta 10 a 25 salarios mínimos de multa.

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