Tibiamente se cumplieron parte del informe de la Comisión de la Verdad

Tegucigalpa – La iniciativa del titular del Congreso Nacional, Luis Redondo, de crear un Tribunal Constitucional, como última instancia para interpretar la Constitución, volvió a traer a la actualidad el Informe de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR) sobre las recomendaciones que dieron para establecer una institucionalidad democrática sólida en el país.

Redondo justificó su propuesta en cuanto a que el referido tribunal era parte de las recomendaciones hechas por la CVR.

Pero inmediatamente diversos expertos e integrantes de dicha comisión señalaron que además del tribunal, el informe contiene otras 83 recomendaciones y la mayoría no han sido tomadas en cuenta por los gobiernos que siguieron a la presentación del documento.

Proceso Digital hace un recuento de todo el documento, 13 años después, presentando a los lectores un resumen del mismo.

El informe de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación (CVR), elaborado en julio de 2011, dos años después del derrocamiento del expresidente Manuel Zelaya, señala que la Constitución hondureña no cuenta con un procedimiento suficientemente claro sobre la responsabilidad institucional para tratar la situación de un alto funcionario del Gobierno, como es el caso del presidente, que atentó contra las normas constitucionales positivas con el fin de buscar un cambio constitucional y la entrada a un nuevo régimen.

Romeo Vásquez y Roberto Micheletti, dos actores de la crisis de 2009.

Las recomendaciones de la CVR desglosan 84 hallazgos y recomendaciones para que los hechos no se repitan, en torno a la situación de 2009 en donde todos los actores gubernamentales y estatales involucrados actuaron fuera de los límites de la Constitución hondureña de varias maneras.

El resultado fue una crisis constitucional extendida, la cual no solo tuvo costos sustanciales al Gobierno y la ciudadanía de Honduras, sino que también planteó serios obstáculos al Estado democrático de derecho.

Juicio político, FFAA y Tribunal Constitucional

En el caso de las reformas a los artículos 373 y 374 de la Constitución, son prácticamente “inmodificables”. Esos textos se refieren a la forma de gobierno, territorio nacional, periodo presidencial y la prohibición de la reelección. Para ello se propone seguir los parámetros definidos por la doctrina constitucionalista moderna, que defiende la metajuridicidad y metaconstitucionalidad del poder originario de una Asamblea Constituyente.

Se propuso que la Carta Magna regulara el juicio político (impeachment) o separación del cargo de los miembros del Poder Ejecutivo mediante procesos escrupulosamente definidos. Esto se aprobó en enero de 2013.

Una de las recomendaciones sustanciales es que el Congreso adecuara la Carta Magna de acuerdo a la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la atribución del Parlamento de interpretar la Constitución.

El grupo de expertos enfatizó en revisar la función de las Fuerzas Armadas, incluyendo la supresión de cualquier misión de carácter político para las mismas, así como establecer claramente la prohibición de utilizarse para funciones policiales, a no ser en caso de estado de excepción.

Los estados de excepción y sus declaratorias también formaron parte de las recomendaciones de la CVR.

Se sugiere que para garantizar las garantías constitucionales por violación a derechos humanos por parte de la administración pública (recurso de amparo, acción de inconstitucionalidad, hábeas corpus y habeas data) se debe reformar la Constitución y la Ley de Justicia Constitucional.

En este apartado se sugiere la creación de un Tribunal de Justicia Constitucional con competencia para conocer la defensa de la Constitución contra el abuso de la ley, dirimir la competencia y los conflictos entre los Poderes del Estado y velar por la protección de los derechos humanos. Esta sugerencia ha abierto el debate luego que el titular del Congreso, Luis Redondo, propusiera su creación alegando que formaba parte del abanico de inquietudes de la CVR.

Una de las recomendaciones es revisar la normativa constitucional y la Ley del Estado de Sitio, en lo referente a la suspensión de los derechos individuales fundamentales, especialmente el artículo 188 de la Constitución, que da pie para que el Poder Ejecutivo tenga, hasta treinta días, la posibilidad de disponer de los derechos ciudadanos sin control del Poder Legislativo.

Bajo el actual estado de excepción, vigente desde diciembre de 2022, los mismos se aprueban desde el Ejecutivo por 45 días y son enviados al Congreso. Incluso, ha pasado que algunos de ellos se decretaron cuando el periodo ya había caducado y al menos uno, de los 12 autorizados, ni siquiera llegó a discutirse en la Cámara.

Otro de los temas que ha causado controversia en los últimos meses fue la renuncia del designado presidencial, Salvador Nasralla. Precisamente en las recomendaciones de la CVR se cita que el artículo 205, inciso 12, se debe precisar la relación de sucesión en el cargo en caso de renuncias o inhabilitaciones del presidente o designados a la Presidencia de la República, los cuales son de elección popular.

La ATIC fue una de las sugerencias del informe como brazo de investigación del MP.

Traición a la patria, DDHH, la ATIC y depuración policial

Otra de los encargos de los juristas que elaboraron el informe subrayan realizar una serie de reformas —tanto constitucionales como legales— para limitar el delito de traición a la patria y reducirlo únicamente a lo que internacionalmente se ha tipificado como tal.

Además, se insinúa sobre posibles mecanismos de extensión del Presupuesto Nacional por parte del Congreso Nacional ante demoras en la presentación de los proyectos por parte del Ejecutivo.

Un decreto de amnistía fue calificado como “positivo”, aunque el mismo debería excluir delitos de lesa humanidad. En febrero de 2022 se aprobó el referido Pacto de Impunidad en la Cámara, pero el mismo sirvió para beneficiar a muchos altos funcionarios del gobierno del expresidente Zelaya, incluso acusados por corrupción y por ilícitos cometidos antes de junio de 2009.

Se planteó también la necesidad que el Ministerio Público contara con un brazo investigativo sometido a la dirección de los fiscales, tal y como existía con la antigua Dirección de Investigación Criminal. Fue así que mediante publicación efectuada en el diario oficial La Gaceta con fecha 18 de marzo de 2014, se ordenó la creación de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC).

Se instruyó un proceso de certificación y depuración en la Policía Nacional y sus dependencias. En 2016 se llevó a cabo este tortuoso procedimiento a lo interno del cuerpo policial que apartó a más de seis mil funcionarios, especialmente los de alto rango, luego de comprobarse su colusión con actividades criminales y narcotráfico.

Libre aprobó en 2022 un decreto de amnistía que liberó a varios exfuncionarios del Poder Ciudadano.

La lista de consejos contenidas en el informe pide garantizar a los pueblos tribales e indígenas el acceso a la justicia en su propia lengua o a través de intérpretes u otros medios eficaces, tal como se establece en el artículo 12 del Convenio Número 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales.

Otra de las advertencias al Congreso Nacional fue la aprobación de un proyecto de ley especial de audiencias públicas para la selección y nombramiento de altos funcionarios del Estado.

Estos cargos se refieren a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, magistrados del Tribunal Superior de Cuentas, magistrados del Tribunal Supremo Electoral, director y subdirector del Registro Nacional de las Personas, Fiscal General y Fiscal Adjunto del Ministerio Público. Igualmente, altos funcionarios como el procurador y subprocurador general de la República, procurador y subprocurador del ambiente, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, superintendente de concesiones, comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y otros que se establecieran en un futuro. Este apartado prácticamente se cumplió con el agregado que siguen habiendo falencias en el proceso de selección de estos funcionarios.

Otro apartado, en el que existe mucha deuda por parte de la institucionalidad hondureña, es el control que debe cumplir con responsabilidad una oficina de asuntos internos de la Policía, la Inspectoría de Juzgados y tribunales del Poder Judicial, así como la Inspección de las Fuerzas Armadas.

La creación de un reglamento sobre los protocolos para la utilización de gases lacrimógenos por parte de la Policía, podríamos decir que en el actual gobierno se ha cumplido.

Se recomendó fortalecer la lucha contra la corrupción.

Combate a la corrupción

En el informe de 2011 se subrayaron una serie de vacíos legales y procesales, como debilidades en las instituciones encargadas del control de la corrupción en el país.

Se recomendó mejorar los mecanismos de coordinación entre la Procuraduría General de la República, Tribunal Superior de Cuentas y el Ministerio Público, a fin de limitar el quehacer de cada una de las instituciones encargadas del control y del ejercicio de la acción penal en materia de corrupción.

Asimismo, que se retomara el Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana Contra la Corrupción (MESICIC). Además, que creara un organismo de control e investigación de la conducta de operadores de justicia, para que de forma independiente instruyeran las indagaciones de ilegales conductas cometidas por miembros de la Policía Nacional, del Ministerio Público, del Poder Judicial, de la Procuraduría General de la República, a fin de conducir su actuar dentro del margen de la legalidad.

Una de las sugerencias relevantes fue que el Tribunal Superior de Cuentas continuara con las investigaciones relacionadas con posibles actos de corrupción cometidos durante la administración de José Manuel Zelaya y de Roberto Micheletti vinculados a la crisis del 28 de junio de 2009.

Los comisionados consideraron que el Fiscal Especial contra la Corrupción del Ministerio Público –hoy UFERCO- debería rendir cuentas y ser sometido a una evaluación objetiva e imparcial por su actuación, debiendo definirse la permanencia en su cargo, de acuerdo a los resultados de dicha evaluación y respetando lo establecido en el Estatuto de la Carrera del Ministerio Público y su reglamento.

El proceso de selección de altos cargos fue otra de las recomendaciones del informe.

Nombramientos de magistrados y fiscales

La CVR en su recomendación 45 sugiere la creación del Consejo Nacional de la Magistratura que debía tener como misión la elección de los magistrados de la CSJ y los fiscales del MP con el fin de asegurar la independencia y la idoneidad de dichas instancias.

Dicho consejo tendría una función permanente y autónoma y debería gozar de patrimonio propio.

En cuanto a la 46 recomendó que la Constitución hondureña debería especificar los procesos judiciales en contra de un funcionario de Gobierno y que los mismos deben ser públicos y registrados, ya que la secretividad puede generar dudas genuinas.

Acciones contra la impunidad

Los comisionados plasmaron en su recomendación 47 que el gobierno hondureño debería solicitar a las Naciones Unidas el “establecimiento de una instancia internacional de investigación para fortalecer la institucionalidad pública en su capacidad de investigación de actos de corrupción y crimen organizado”, cuyo mandato mínimo debería ser de cinco años.

Una especie de CICIH que sigue esperando que las partes se pongan de acuerdo para lograr vida propia.

Cambiar sistema electoral

La CVR sugirió una serie de cambios en el sistema político electoral para que las crisis no se repitieran y por ello hicieron las siguientes recomendaciones.

La 48 está vinculada a un salto en la calidad de la política hondureña para reconducir la consolidación democrática en tres niveles: en la Cultura política, lo Institucional-normativo y el comportamiento de los actores.

En el punto 49 recomendaron incrementar la capacidad de respuesta de las instituciones, de la normativa y los actores para revitalizar el sistema.

Que la elección de las autoridades internas de los partidos debe estar sometida a la voluntad de los afiliados, señalaron en el punto 50.

Igualmente favorecieron en el 51 el impulso de un liderazgo proactivo y estratégico, dotándolo del instrumental institucional y tecnológico.

También sugirieron modificar el nombramiento de los funcionarios del entonces Tribunal Suprema Electoral 8TSE), ahora Consejo Nacional Electoral (CNE), y el Registro Nacional de las Personas (RNP) para reducir y hasta eliminar el peso de los partidos políticos en su designación, de acuerdo a la sugerencia 52.

Recomendaron el desarrollo y fortalecimiento de un servicio civil de carrera basado en el mérito y la competencia para ofrecer estabilidad laboral al funcionario.

Partidos políticos

Recomendaron el fortalecimiento y la modernización de los partidos políticos a fin de que cumplan su misión de mediadores entre la comunidad y el Estado.

Sugirieron que el TSE de entonces tuviera mayor intervención en la financiación no electoral de los partidos a fin que existiese transparencia en las cuentas de ingresos y egresos de los partidos.

También señalaron lo oportuno que la entrega de la deuda política no debe darse solo en el periodo electoral, sino que a lo largo de los años.

Institucionalidad electoral

El informe de la CVR sugirió asegurar y preservar la independencia y autonomía del tribunal electoral respecto a la influencia de los partidos políticos y la política para lograr legitimidad y confianza de los procesos electorales.

En ese sentido recomendaron reformar el procedimiento de elección de los integrantes del TSE, hoy CNE, de forma que no sea integrada por “activista y dirigentes de los partidos políticos”.

Igualmente recomendaron reforzar el RNP en virtud que la tarjeta de identidad es fundamento de la seguridad jurídica personal, así como mejorar los censos electorales.

Capacidad para prevenir crisis

La comisión también realizó recomendaciones a la comunidad internacional, por su reacción a lo acontecido en Honduras, ya que si fue capaz de  actuar rápido, condenar y aislar al país al inicio de la crisis, no logró su meta principal que era restituir a Zelaya en el cargo.

Pidieron a la Organización de Estados Americanos (OEA) invertir crear sistemas de alerta temprana eficaces que permitan atajar las crisis de elevado riesgo.

En ese sentido recomiendan mejorar la diplomacia preventiva, para lo cual el secretario general de la OEA se beneficiaría de la expansión de sus buenos oficios y requerirá que tenga acceso y movilidad libre.

Igualmente sugirieron la revisión de la Carta Democrática Interamericana considerando la dinámica regional.

Recomendaron un conjunto de medidas incentivas y sanciones posibles que la comunidad internacional pueda utilizar en la solución de conflictos.

Medios de comunicación

Recomendaron revisar la Constitución para resolver aparentes contradicciones entre los derechos ciudadanos a la libre emisión del pensamiento y el libre acceso a la información.

Mientras al Gobierno le recomendaron concluir lo más breve las investigaciones en curso sobre delitos que se denunciaron contra periodistas, en especial las muertes violentas ocurridas en diversos períodos, lugares y circunstancias  a fin de evitar impunidad.

La investigación, junto a medidas de protección, puede disuadir o prevenir nuevos atentados y otros incidentes violentos, señaló la Comisión.

Al Congreso Nacional le solicitaron la aprobación de una ley sobre contratación de publicidad oficial, definiendo criterios claros y transparentes de selección de medios.

Prohibir la práctica de cadenas de radio y televisión impuesta desde el Estado, con la excepción de calamidad y emergencia nacional. (PD).

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