Fallo sobre Constitucionalidad de MACCIH no limita su trabajo, ni el de Ufecic, según CSJ

Tegucigalpa – El oficial de Comunicaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Melvin Duarte, subrayó que la sentencia proferida en las últimas horas sobre la constitucionalidad de la Misión Anticorrupción de OEA “no deja en entredicho, ni limita el trabajo que se ha estado realizando por la MACCIH, ni tampoco de la Ufecic”.

– La Sala de lo Constitucional establece tres conceptos fundamentales: independencia, derecho de defensa y el debido proceso, en el convenio de contraprestación con la MACCIH.

Sobre la sentencia de constitucionalidad de la MACCIH, citó que “el Poder Judicial ha estado siempre abierto, anuente y en constante apoyo al trabajo realizado por ese poder del Estado y también por la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad”.

Agregó que “producto de lo anterior se crearon los circuitos jurisdiccionales en materia de corrupción con los cuales se han establecido diferentes parámetros desde el proceso de la planificación y la ejecución, pasando por la evaluación de este circuito jurisdiccional”.

Subrayó que la sentencia proferida en las últimas horas sobre la constitucionalidad de la Misión Anticorrupción de OEA “no deja en entredicho, ni limita el trabajo que se ha estado realizando por la Misión de Apoyo, ni tampoco de la Ufecic”.

“En ese sentido lo que la Sala de lo Constitucional ha establecido, en un opinión unánime, es que lo que ha sido actuado hasta este momento por la Misión de Apoyo, así como de la Ufecic está dentro del marco constitucional y es lo que establece la opinión de la Sala de manera unánime que el convenio que ha sido suscrito entre el Estado de Honduras y la Organización de Estados Americanos que dio vida a la Misión de Apoyo Contra la Corrupción e Impunidad es constitucional”, arguyó el relacionista público.

Duarte explicó que la Sala de lo Constitucional recomienda y para ello hay un mandato expreso que todas las instituciones que tienen un rango constitucional (Ministerio Público, Presidencia de la República, Congreso Nacional, Corte Suprema de Justicia, Comisionado de Derechos Humanos, Presidencia del Tribunal Supremo Electoral, Tribunal Superior de Cuentas, Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Procuraduría General de la República y demás entidades vinculadas al convenio de la MACCIH) manda a que se haga una revisión a los mismos documentos que establece esta contraprestación y se adecuen a lo que está establecido en la sentencia emitida.

La Sala de lo Constitucional -continuó Melvin Duarte- establece tres conceptos fundamentales: independencia, derecho de defensa y el debido proceso, en el convenio de contraprestación con la MACCIH, a fin que ninguno de estos elementos sean de alguna manera vulnerados.

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