Tegucigalpa – El Parlamento hondureño aprobó el proyecto de decreto enviado por el Poder Ejecutivo, orientado a reformar el artículo 332 del Código Penal, relacionado con delitos cometidos por personas ligadas a asociaciones ilícitas, pandillas o maras, donde se aumentan las penas hasta 50 años de cárcel a los jefes o cabecillas de esas organizaciones.
– La reforma incluye la figura denominada «beneficio premial», que consiste en reducir la pena hasta en dos tercios a los integrantes de pandillas que purguen prisión y presten colaboración eficaz para la investigación y persecución de miembros de un grupo delictivo organizado.
– Cárcel hasta por 50 años se establecen para los cabecillas de pandillas.
– Nadie sabe cuántos miembros de pandillas hay en Latinoamérica, con estimaciones que varían entre los 50 mil a 85 mil pandilleros de las pandillas MS13 y Barrio 18 solamente en Centroamérica.
Las reformas al Código Penal y al Código Procesal Penal finalmente fueron aprobadas en el Poder Legislativo, pese a los reclamos reiterados del presidente Juan Orlando Hernández para que los diputados visaran el proyecto enviado por el Ejecutivo de cara a hacer un combate más efectivo a las organizaciones ilícitas organizadas.
En Honduras, según las autoridades, un gran porcentaje de los crímenes que ocurren en el país es producto de una reacción de la presión que se está ejerciendo sobre los criminales y sus bandas, que han dado como resultado la extradición de jefes o cabecillas de estos grupos criminales.
El diputado liberal, Yuri Sabas, dijo que con las reformas aprobadas en el Congreso se pretende enviar un mensaje a las organizaciones ilícitas que utilizan jóvenes para llevar a cabo sus crímenes.
Otro congresista, Jari Dixon del Partido Libre, es del criterio que no es endureciendo las penas que se logra bajar el índice de crímenes en el país.
Dixon criticó que la denominada “Ley Antimaras”, que según sus valoraciones, no fue la solución en su momento y tampoco lo será ahora. El congresista mencionó que lo prioritario es establecer eficientes mecanismos de investigación en la Policía Nacional y el Ministerio Público.
Las reformas no sólo van dirigidas a los pandilleros, también abarcan acciones de sicariato, extorsión, bandas criminales y otras grupos.
Alerta por ingreso de
pandilleros salvadoreños
Debido a las medidas que se toman desde hace algunos meses en El Salvador, pandilleros de ese vecino país han emigrado hacia otros territorios, incluido Honduras.
“El efecto cucarachas” -desplazamiento de grupos ante posibles amenazas a la operatividad ilícita- se hace sentir entre las fronteras de Honduras y El Salvador.
En las últimas horas, los hondureños residentes en el cordón fronterizo con El Salvador se mantienen en alerta permanente por ingreso de pandilleros de ese país, manifestó Alexis Danilo Trejo Hernández, diputado suplente del Partido Nacional por el departamento de Intibucá.
“Por la cercanía con la frontera ellos están emigrando a Honduras, pero nosotros estamos haciendo un esfuerzo con la ciudadanía para contrarrestar este flagelo”, expresó el parlamentario hondureño.
Acto seguido, explicó que la extorsión ya ha penetrado hasta los caseríos del área rural del país, lo que consideró un problema regional.
Indicó que la Policía Nacional ya ha recibido denuncias del ingreso de salvadoreños que pretenden adiestrar a jóvenes hondureños para que estos ingresen a una pandilla.
El pasado 22 de abril trascendió que en el municipio de La Virtud, en el departamento de Lempira, Honduras, zona fronteriza con El Salvador, han estado asentándose pandillas desde hace cinco meses.
Las reformas aprobadas
Las reformas al artículo 332 del Código Penal conocidas como «Ley Antimaras», establece penas de entre 20 y 30 años de cárcel, pero al incrementarse en un tercio para los cabecillas de pandillas criminales, la sentencia podría ser de hasta 50 años.
Es así que ahora los que aspiren a formar parte de las maras que operan en el país y principalmente a ser cabecilla de las mismas, tendrán que pensarlo varias veces al establecerse en las reformas que se aplicarán penas que van de 20 a 50 años de privación de la libertad.
Actualmente, el artículo 332 del Código Penal establece penas de entre tres y seis años de reclusión y multa de 100 mil y 200 mil lempiras a los fundadores, cabecillas o conductores de pandillas o grupos ilícitos.
Sin embargo, con la nueva reforma, enviada por el presidente Juan Orlando Hernández y dictaminada por la comisión ordinaria de seguridad y prevención ciudadana, se amplían duramente esas penas hasta 20 y 30 años de prisión sólo para los miembros de esas asociaciones ilícitas y la misma cantidad, pero aumentada en dos tercios, para los cabecillas.
La reforma del decreto 332 del Código Penal, que contó con la opinión favorable de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), también amplía las penas de prisión contra los integrantes y cabecillas de maras que conspiren o atenten contra cualquier alto funcionario del Estado u operador de justicia y utilicen menores, personas de la tercera edad o mujeres en estado de embarazo para cometer sus crímenes.
Mecanismos y beneficios de la norma
La norma implementa mecanismos para facilitar la investigación para la identificación y sanción de las personas que dirigen y participan en este tipo de delitos de asociación ilícita, por lo que un líder de pandilla que sea sentenciado purgará hasta 50 años de prisión, según los agravantes en su contra.
En tanto, las penas contra los integrantes y cabecillas aumentarán un tercio cuando para el logro de sus propósitos utilicen a menores de edad, personas de la tercera edad, mujeres embarazadas u otras personas en estado de vulnerabilidad.
Asimismo, esa pena aumentará en un tercio cuando conspiren o realicen, independientemente del grado de ejecución, acciones constitutivas de delito contra los titulares de cualquiera de los poderes del Estado, juez o magistrado del Poder Judicial, fiscal del Ministerio Público, personal de seguridad de los establecimientos penitenciarios, Policía Nacional, militares en servicio activo, agentes de la Fuerza de Lucha contra el Narcotráfico y de la Agencia Técnica de Investigación Criminal (ATIC) y diputados del Congreso, siempre que el delito fuese cometido con ocasión o en el ejercicio de su cargo o función. A iniciativa del diputado Miguel Edgardo Martínez, en esta disposición también se incluye a los diputados al Congreso Nacional.
Por otra parte, en la reforma se incluye la figura denominada “beneficio premial”, que consiste en reducir la pena hasta en dos tercios a los integrantes de pandillas que purguen prisión y presten colaboración eficaz para la investigación y persecución de miembros de un grupo delictivo organizado.
No obstante, ese beneficio no abarca a los líderes de estos grupos ni dirigentes de organizaciones criminales.
El texto de la reforma establece que para la implementación y aplicación de esa prerrogativa se reforma por adición el Código Procesal Penal, añadiendo un nuevo capítulo de siete artículos relacionados con el procedimiento para otorgar el beneficio del beneficio premial.