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Protocolo de salud

Por: Daniel Meza Palma

La salud no es un juego. Tampoco la farmacia puede ver al paciente como un consumidor de cualquier producto que el vendedor farmacéutico considera sucedáneo del indicado por el médico en una receta, independientemente de lo que se interprete como “ofrecer” en el Artículo 143 del Código de Salud. 

Más allá del menosprecio al criterio y las preferencias del paciente, esa presión incómoda puede conducir al comprador a sustituir la farmacia con todo y cadena.  

Cuando un médico especialista o general prescribe determinado medicamento para un mal específico, es porque ha seguido un protocolo desde las características del paciente, el análisis de los síntomas, las pruebas de laboratorio con otros exámenes y finalmente ha determinado el diagnóstico apropiado para escoger qué medicamento y qué dosis indicar a su paciente para curar un mal pasajero o sobrellevar una enfermedad crónica. 

En Honduras, pacientes que visitan algunas farmacias se tropiezan con cada vez mayor frecuencia, que, receta en mano, un vendedor o incluso el regente aparecen ofreciendo otra medicina, argumentando que tiene los mismos componentes y propiedades de lo prescrito, que es de mejor calidad y que resulta mucho más barata.  Ese modus operandi puede ser valedero como estrategia de marketing para determinados productos farmacéuticos, pero conlleva devastadores resultados en el paciente y su tratamiento.

Insistir y hasta discutir con un paciente para inducir algo distinto a lo indicado por el médico linda con la ausencia de profesionalismo y es un comportamiento irresponsable que debe ser objeto de atención y corrección por quien corresponda. Con la primera respuesta negativa del paciente al farmacéutico debe ser suficiente para dar por concluido el rol que le asigna el Artículo 143 del Código de Salud que no debe ser de carácter general y que convendría ser legalmente interpretado.

Por ejemplo, metformina de baja calidad dispensada a un paciente diabético puede provocar descompensaciones u otro tipo de daños colaterales. La lógica del farmacéutico que pretende modificar lo indicado por el galeno debe considerar que un paciente con receta de médico en práctica privada tiene capacidad de pago o toma muy en serio la calidad de salud a la que aspira.

Muy diferente es el caso del paciente que llega a la farmacia, recita los síntomas y busca resolver sus problemas de salud con lo que le disparen en la farmacia con indicaciones de prueba y error. En ese caso, quien asume el mayor riesgo es el propio paciente que efectúa un autodiagnóstico erróneo o incompleto y el farmacéutico concreta la tarea de intentar aliviar un mal con escasa información y a su vez incrementa las ventas.

Así como hay contenciosos por la denominada mala praxis, puede acontecer que un paciente afectado por inducción modificada de la prescripción firmada por su médico considere demandar a un establecimiento por haber confundido su delicado rol de atención a pacientes con el de suministro barato a consumidores de productos masivos. La economía en medicamentos para el tratamiento de enfermedades puede resultar contraproducente para el paciente.

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