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Independencia nacional verdadera

Dr. H. Roberto Herrera Cáceres

Podemos lograr la  independencia nacional efectiva, con democráticos gobiernos pluralistas centrados en la dignidad y el bienestar de todo el pueblo, respetuosos de la autodeterminación soberana y del Estado de Derecho, y con una sociedad consciente que contribuya a ello.

En esa dirección, celebremos la actual independencia nacional nominal, a la luz  de los objetivos históricos de su declaración; de la lucha de nuestros próceres por alcanzarla; del significado permanente de nuestros símbolos nacionales; y de lo que, servidores del Estado y miembros de la sociedad, hemos hecho y debemos hacer para que se lleve a efecto, real y verdadero, lo que, como manifestación de autodeterminación soberana de los pueblos, todas nuestras constituciones han ordenado, al respecto.  

La proclamación, en el siglo XIX, de la independencia y de la Constitución de la  República Federal de Centro América, se hizo con el propósito expreso de tener gobierno propio para promover la felicidad del pueblo, constituido por todos(as) los habitantes, mediante el afianzamiento de sus derechos humanos y ciudadanos; y, sobre esa base humanista, establecer del orden público en los Estados miembros.  activamente

El testimonio histórico de nuestros próceres es que la independencia puso así nuestros destinos, en nuestras propias voluntades y acciones como pueblo. Esos objetivos esenciales de la independencia se cristalizaron y evolucionaron indivisiblemente como principios fundamentales en el constitucionalismo centroamericano, en particular en Honduras,

En nuestras sucesivas constituciones se ordena normativamente la organización de nuestro Estado y de nuestra forma de gobierno, orientada a asegurar un orden nacional de protección de la dignidad humana y de promoción del bienestar de todas las personas habitantes de Honduras. Esa evolución constitucional es actualmente muy explicita sobre ese objetivo social superior de nuestra república independiente, libre y democrática (Ver: preámbulo, arts. 1, 59 y 328 de la Constitución).  

A pesar de ello, lo que se ha evidenciado más notablemente, de 1821 hasta la fecha, es la continuidad de la injusticia social, objetivada en significativa pobreza, exclusión social  y subdesarrollo integral que se contraponen a la independencia nacional y que son prueba del histórico incumplimiento de lo ordenado expresamente en nuestras constituciones, en especial en la actual Constitución de la República.

La evidencia histórica enseña, en consecuencia, que la independencia efectiva sólo puede asegurarse con el sometimiento de gobernantes y gobernados, al imperio del ordenamiento constitucional que manda, a los servidores del Estado, fortalecer constantemente la democracia, la libertad, la paz y el desarrollo, en orden a garantizar la seguridad de nuestra vida  digna con bienestar, en toda la sociedad.  

En efecto, la independencia es voluntad firme y perseverante de respeto y sometimiento de gobiernos democráticos a la libre determinación del pueblo por su dignidad y bien común, de conformidad a su vigente Estado de Derecho. Los (as) habitantes tienen el derecho a exigir, a sus gobernantes, el bienestar, teniendo presente igualmente su deber de dar apoyo social, activo y participativo para lograrlo, por medio de su contribución al desarrollo sostenible.

El conocimiento de ese derecho y deber de los (as) habitantes, en el Estado de Derecho de Honduras, no debe darse por descontado, Hay necesidad de un empoderamiento constante de personas, familias y comunidades en cuanto al sentido y alcance de este derecho y deber y resultados esperados. Es responsabilidad común de los gobiernos y de las organizaciones de sociedad civil y empresa privada, contribuir concertadamente a ello, promoviendo  el significado y ejercicio de ese derecho y el cumplimiento de ese deber, para contribuir al desarrollo nacional y local, conducente al bienestar común y al disfrute equitativo de sus beneficios, por toda la población.

En suma, la independencia nacional es expresión de unidad y autodeterminación soberana de todos los (as) habitantes, para vivir con dignidad y bienestar progresivo en sociedad, como objetivo supremo único de Honduras constituida en república democrática que, como tal, debe constitucionalmente ser conducida por gobiernos pluralistas y responsables de avanzar en el logro de ese superior objetivo social.

La declaración de la independencia nacional colocó, en la autodeterminación del pueblo y en su sabiduría de elegir sus propios gobernantes, la responsabilidad de hacer efectivos los objetivos de dicha independencia, tal como lo han ordenado nuestras constituciones a gobernantes y gobernados.

Ese mandamiento constitucional contiene la esencia de los principios de legalidad y legitimidad de Honduras como Estado de Derecho, al cual, gobernantes y gobernados debemos someternos  para asegurar, en la realidad, un permanente orden nacional de dignidad humana y bienestar común, con gobiernos pluralistas de unidad en la diversidad, que posibiliten vida democrática de nuestra sociedad, en libertad, paz y desarrollo integral.

Para ello, Estado y sociedad debemos cumplir las normas imperativas de nuestra Constitución de la República que establecen la organización de Honduras como Estado de Derecho, soberano, constituido y a ser fortalecido como república libre, soberana e independiente, con gobiernos pluralistas de  unidad nacional que – afirmando la democracia, la seguridad, la estabilidad, la paz y el desarrollo – aseguren el bien común de toda la gente y avancen decididamente hacia el fin supremo y permanente de respetar, promover y proteger la dignidad humana de todas las personas que habitamos Honduras.

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