Estado de hecho

Por: Luis Cosenza Jiménez

Los expertos y los estudiosos mayoritariamente nos dicen que las instituciones son necesarias para lograr el desarrollo económico.

En la vida cotidiana, ellos conciben las instituciones como “las reglas del juego” y a las organizaciones y entes como los “jugadores”. Entre las instituciones, el estado de derecho ocupa un lugar privilegiado y cimero, entendiéndolo como la aplicación de la ley a todos, de manera igual y oportuna.Nótese que el estado de derecho no se refiere a la calidad o justicia de la legislación vigente. Únicamente pide que la aplicación de la ley sea igual para todos los ciudadanos, sin importar su posición económica, social o política.

Hoy en día se reconoce que el estado de derecho es necesario para fomentar la inversión privada, la cual a la vez es imprescindible para generar empleo, crecimiento y desarrollo económico. En nuestro país las autoridades hablan continuamente sobre el estado de derecho, de tal forma que, con base en ese discurso, habría que concluir que el fortalecimiento del estado de derecho es una pieza fundamental de su programa de gobierno. Sin embargo, la práctica nos demuestra lo contrario, al grado que pareciera que en lugar de transitar hacia un estado de derecho, marchamos a un estado de hecho. Permítanme explicar por qué.

En primer lugar, por estado de hecho me refiero a aquel en el cual las autoridades aplican la ley de manera selectiva y discrecional. Son ellas las que deciden a quién, cuándo y cómo se aplica la ley y por tanto son ellas y no las instituciones las que dan vida al estado. El extremo de esta posición fue expresada por Luis XIV cuando dijo “l’état, c’est moi”. En estos días vemos en varios países de nuestro continente a gobernantes que, sin decirlo, reflejan el pensar de Luis XIV. Pero volvamos a nuestro país y veamos como la puesta en vigencia de la Ley General de la Industria Eléctrica ilustra el irrespeto al estado de derecho.

Como hemos señalado en otra ocasión, la Ley fue aprobada por el Congreso en enero del 2014, pero fue publicada hasta en mayo de 2015 y entró en vigencia hasta en julio de 2015. La Ley fue enviada al Presidente varias semanas, por no decir meses, antes de su publicación y la Constitución le otorga diez días para vetar, o publicar, las leyes que le envía el Congreso. En este caso se ignoró el plazo estipulado en la Constitución y se publicó la Ley cuando se estimó conveniente. Curiosamente la Ley, que no permite las contrataciones directas en la compra de energía, entró en vigencia justamente después que se celebrara la piñata eléctrica a la cual me referí en un artículo previo. En otras palabras, el irrespeto al estado de derecho derivó en pingües beneficios para algunos empresarios, nacionales y extranjeros, en un grave daño a las finanzas de la ENEE y en un severo perjuicio al bolsillo de los consumidores de electricidad. Este caso claramente demuestra que violentar el estado de derecho típicamente resulta en daños y perjuicios para la población.

Pero el problema no termina aquí. Aún después de publicada la Ley el gobierno decidió implantarla a su gusto y antojo. La Ley contempla la creación de un nuevo ente regulador independiente y un procedimiento basado en estudios para fijar tarifas. La Junta Nominadora creada para proponer candidatos para integrar el ente regulador envió su propuesta al Presidente en septiembre de 2014, pero los reguladores fueron nombrados hasta mediados de junio de 2015. Nuevamente cabe preguntar ¿en qué legislación se encuentra la justificación de estas demoras? Recordemos que, como se ha dicho reiteradamente, los ciudadanos privados podemos hacer todo aquello que no esté prohibido por ley. Por el contrario, los funcionarios y empleados públicos solo pueden hacer aquello que explícitamente les faculta la ley. Claramente que en un estado de derecho este principio aplica también al Presidente de la República, ya que él también es un funcionario público.

Para complicar el asunto, al postergar el nombramiento de los nuevos reguladores se continuó operando con una comisión reguladora que la nueva Ley elimina. Lamentablemente esa comisión, supina y dúctil, se prestó a todo lo que le planteó el Ejecutivo. La nueva Ley prescribe taxativamente el procedimiento para fijar tarifas, para lo cual se debe preparar estudios basados en la metodología contenida en la nueva ley. Se estima que para cumplir con lo establecido en la nueva ley, y dado que se trata de una metodología y un procedimiento nuevo, la elaboración de un nuevo pliego tarifario tomará alrededor de un año. Sin embargo, a pesar de lo requerido por la nueva Ley, y gracias a la comisión que la nueva Ley elimina, se aprobó dos ajustes tarifarios entre julio de 2014 y junio de 2015. Es decir, se violentó la nueva Ley que ya estaba vigente en ese período, lo cual hace que dichos ajustes tarifarios sean ilegales. Además de mantener viva una comisión que la nueva Ley elimina, se llegó al extremo de recurrir a leyes derogadas por la nueva Ley para justificar los aumentos tarifarios. En pocas palabras, se consumó una clara violación al estado de derecho, y se encubrió con un manto de opacidad un procedimiento que debió haber sido transparente.

Resulta difícil entender cómo se busca promover la inversión privada cuando a los ojos de los inversionistas se debilita el estado de derecho y se fortalece un estado de hecho en el cual se privilegia los caprichos o las conveniencias de los gobernantes. Este actuar, voluntarioso, impredecible y autocrático, eventualmente nos conduce de un estado de hecho a un estado deshecho, es decir, a un estado fallido. Todavía estamos a tiempo de rectificar y no repetir la triste, opaca e ilegal historia que ha acompañado la implantación de la Ley General de la Industria Eléctrica. Ojalá que lo hagamos. Recordemos que si mantenemos una actitud indiferente y dócilmente agachamos la cabeza frente al debilitamiento del estado de derecho todos pagaremos las consecuencias.

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