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Corte de Apelaciones rechaza recusación a juez interpuesta por MP en caso Teodoro Bonilla

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Tegucigalpa – La Corte de Apelaciones de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), rechazó una recusación interpuesta por el Ministerio Público contra el juez que lleva la causa del exconsejal Teodoro Bonilla.

Según se informó, el Ministerio Público interpuso la recusación contra el juez Edgar Lanza en el sentido que se abstuviera en conocer o actuar en el juicio contra el exvicepresidente del Consejo de la Judicatura, Teodoro Bonilla ya que existe entre ambos una complicidad de funciones.

La Fiscalía argumentó que Lanza recibió un beneficio al ser nombrado en enero de 2015 como coordinador de los Tribunales de Sentencia de Francisco Morazán.

Esto según el Ministerio Público pone en riesgo de conflicto que tendría el juez, un conflicto de intereses.

El Ministerio Público señaló que presentó un acta donde Lanza es nombrado en su puesto y que eso tendría comprometida su imparcialidad.

Sin embargó, la Corte de Apelaciones rechazó el argumento de la Fiscalía y señaló que el juez puede continuar con el juicio oral y público contra Teodoro Bonilla.

Recuento de los hechos

A Bonilla Euceda el Misterio Público lo presume responsable del delito de tráfico de influencias en perjuicio de la administración pública en la resolución dictada a favor de sus familiares Dennys Donadyn Bonilla García acusado por almacenamiento ilegal de armas y municiones comerciales y almacenamiento de armas prohibida y Carlos Roberto Bonilla, acusado por los delitos de lavado de activos y almacenamiento de arma prohibida y municiones en el caso conocido como “Shalom”.

Este caso igualmente relaciona a la exjueza Liz María Núñez Cardona, quien resolvió sobreseer provisionalmente a Carlos Roberto Bonilla por el delito de lavado de activos, decretándole auto de apertura a juicio oral únicamente por el delito de posesión ilegal de armas de uso prohibido.

Asimismo, el Ministerio Público relaciona al tráfico de influencias a la ex magistrada de la Corte de Apelaciones Delmy Elizabeth López quien en Audiencia Inicial en fecha 24 de enero de 2014 decretó a los encausados un auto de formal procesamiento por el delito de almacenamiento de arma comercial y prohibida, municiones y lavado de activos; imponiéndole la medida cautelar de prisión preventiva. En fecha 20 de febrero el apoderado legal de Dennys Donadyn Bonilla García apeló el auto de formal procesamiento decretado a su cliente.

El caso de Carlos Roberto Bonilla fue elevado a juicio oral y público el 16 de septiembre de 2016, la Sala II del Tribunal de Sentencia con Jurisdicción Nacional lo declaró culpable junto a Luis Antonio Lara Herrera por el delito de lavado de activos, este último condenado también por otros delitos de usurpación del estado civil en perjuicio Carlos José Fúnez Cáceres, almacenamiento de armas de uso prohibido y almacenamiento de armas de uso comercial en el mismo caso conocido como Shalóm.

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