Comisión cambiaria

Por: Daniel Meza Palma

Mediante acuerdo No.01/2019 de Sesión No.3761 del 3 de enero de 2019, el Directorio del Banco Central de Honduras (BCH), modificó el Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas. Dicho reglamento fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el 14 de enero de 2019.

En el numeral 3.5, el reglamento define como Comisión Cambiaria, al porcentaje que el BCH o el agente cambiario cobra o paga sobre el monto de una transacción en divisas.

Adicionalmente, el Artículo 9 señala que el Directorio del BCH establecerá las comisiones cambiarias que se aplicarán en las transacciones de compra y venta de divisas, las que de hecho han variado en un 25.5% en los últimos 8 años teniendo en cuenta el valor de compraventa de la divisa dólar de los Estados Unidos de América.

El 31 de diciembre de 2012, la comisión cambiaria alcanzó L.0.1397; luego su monto ha ido aumentando todos los años con excepción de 2017, cuando observó un incremento de L.0.0006 con respecto al año inmediato anterior. Para el 6 de diciembre de 2019, la comisión bancaria se ubica en L.0.1725.

Entre 2016 y 2018, la oferta de divisas superó los USD 9,000 millones y los montos atendidos por el Mercado Intercambiarlo de Divisas (MID) anduvieron alrededor de USD 500 millones.

Cuando se trata de centavos indicados en su diezmilésima expresión, pareciera que se habla de una suma insignificante. Sin embargo, cuando se vincula a la transacción global de divisas por USD 10,000 millones, entonces, se convierte en una operación que produce más de L.1,700 millones anuales.

El aumento de 25.5% a la comisión bancaria entre 2012 y 2019, se adhiere al costo periódico de la devaluación cambiaria, que deben pagar quienes están obligados a efectuar transacciones en moneda extranjera o sencillamente, constituyen sujetos indirectos de una política que sistemáticamente deteriora la capacidad de compra.

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