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Congreso aprueba que el aborto seguirá siendo penalizado en Honduras

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Tegucigalpa – Con una votación de 79 votos a favor, nueve en contra y seis abstenciones, el Congreso Nacional, aprobó este jueves que la figura del aborto en el artículo 196 del nuevo Código Penal se mantiene tal como está en la legislación vigente por lo tanto el aborto seguirá siendo penalizado en Honduras.

Para la aprobación de este artículo, el presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, permitió un amplio debate en el que participaron varios diputados de todas las bancadas quienes dejaron sentada su posición respecto al tema del aborto.

Oliva indicó que “nuestra sociedad ha tenido un amplio debate al respecto, pero también hay sectores que creen que el debate debe continuar y que se deben agotar otras instancias o que no se han pronunciado del todo o der han pronunciado de manera tímida; también hay otro sector que incluso han llegado a afirmar que hemos manejado este debate de una forma maquiavélica en ese sentido que lo hemos tenido en la palestra como un elemento distractor, o sea que aquí estamos como que no quedamos bien con nadie, pero a mi molesto parecer, si creo que es un tema que ha estado acaparando la atención pública y que la mayoría de los sectores se han pronunciado al respecto y la inmensa la mayoría de los diputados, por no decir todos, tienen un amplio criterio al respecto”.

En ese sentido, después del amplio debate en el que participaron al menos 15 diputados, se aprobó el artículo 196 del nuevo Código Penal en el que se establece que el aborto es la muerte de un ser humano en cualquier momento del embarazo o durante el parto. Quien intencionalmente cause un aborto será castigado:

1. Con tres a seis años de reclusión si la mujer lo hubiese consentido;

2. Con seis a ocho años de reclusión si el agente obra sin el consentimiento de la madre y sin emplear violencia o intimidación;

3. Con ocho a 10 años de reclusión si el agente emplea violencia, intimidación o engaño.

Se impondrán las penas señaladas en el artículo anterior y la de multa de 16 mil a 30 mil lempiras, al médico que, abusando de su profesión, causa o coopera en el aborto.

Las mismas sanciones se aplicarán a los practicantes de medicina, paramédicos, enfermeros, parteros o comadronas que cometan o participen en la comisión de aborto.

La mujer que produzca su aborto o consienta que otra persona se lo cause, será sancionada con reclusión de tres a seis años.

Quien por actos de violencia ocasiona el aborto sin el propósito de causarlo, constándole el estado de embarazo de la ofendida, será sancionado con reclusión de cuatro a seis años.

Luego de la aprobación, el titular de la Cámara Legislativa, destacó que “hemos sido amplios y tolerantes en el debate, no he permitido que entren ni grupos próvida ni grupos que están a favor de la despenalización del aborto, no hemos creado en el ambiente legislativo ninguna presión mediática de ningún grupo, creo y comparto mucho que es muy poco lo que podemos aportar para tomar una decisión porque todo mundo tiene una decisión al respecto”.

Seguridad vial y delito ambiental

En la sesión de este martes también se aprobó el título XIV que se refiere a los delitos contra la seguridad vial en cuyo articulado se establecen las penas contra la conducción temeraria y la colocación o mantenimiento de obstáculos en la vía.

Asimismo, se aprobó el título XV que se refiere a los delitos contra el medio ambiente, capítulo I que incluye los delitos contra el equilibrio de los ecosistemas y en cuyo articulado se establecen las penas contra la contaminación del aire, las aguas o los suelos, explotación ilegal de recursos naturales y el manejo ilegal de los desechos peligrosos.

También se aprobó el capítulo II que se refiere a los delitos contra la diversidad biológica que incluye los castigos para quienes provoquen incendios forestales, introducción de especies exóticas, captura ilegal de especies comunes y agravantes específicas de los delitos contra la diversidad biológica.

Mientras tanto, en el capítulo III, se refiere a las disposiciones comunes a los delitos ambientales y en donde se establece en los artículos las penas por las agravaciones comunes a los delitos contra el medio ambiente, privaciones de derechos, delito ambiental imprudente, responsabilidad del funcionario o empleado público, responsabilidad de las personas jurídicas, atenuantes específicas, restauración del equilibrio ecológico y la reincidencia internacional.

La presidenta en funciones del Congreso Nacional, Gladis Aurora López, cerró las sesiones de esta semana y convocó para una nueva reunión el próximo martes 9 de mayo a las 3:00 de la tarde.

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