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Primer plebiscito o referéndum sería en 2013 y no hay temas prohibidos: asesor del CN

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Tegucigalpa – El director legislativo y asesor del presidente del Congreso hondureño, Ebal Díaz, manifestó que aprobada la reglamentación de la Ley Especial del Plebiscito y Referéndum, el primero se llevaría a cabo en las elecciones generales de 2013, al tiempo que agregó que no hay temas prohibidos para esta consulta popular.
 

– El asesor parlamentario afirmó que el resultado de las consultas no dan lugar a impugnaciones en la Corte Suprema de Justicia, “ya que se trata de la voluntad soberana del pueblo”.

Díaz arguyó que “hay un principio que se aplica en esta reforma constitucional del artículo 5 de la Constitución y la Ley Especial que reglamenta la aplicación del Plebiscito y Referéndum y la iniciativa de ley ciudadana. El poder más grande que hay en Honduras no es el Poder Judicial, ni el Congreso, ni el Poder Ejecutivo, es la del pueblo, y a través de este instrumento, el pueblo se pronuncia directamente en asuntos de importancia nacional”.

“La decisión es un mandato para los poderes constituidos” -continuó Díaz- “así está establecido en el artículo 5 de la Constitución y así se desarrolla en la Ley de Plebiscito y Referéndum”.

Además, dejó claro que los resultados de esta consulta popular no se podrán impugnar en la Sala de lo Constitucional. “Eso es por una explicación muy simple, la Corte Suprema, el Congreso y el Ejecutivo, actúan en nombre del pueblo, y si el pueblo da un mandato directo a través de un plebiscito o referéndum, no cabe ninguna apelación ni ninguna impugnación”, explicó.

Para la reglamentación de la Ley Especial del Plebiscito y Referéndum se necesita mayoría calificada en el Parlamento hondureño, es decir, 86 votos de los 128 de la Cámara.

Ante esa panorámica, el asesor del Legislativo afirmó que “el Congreso aprobó la reforma del artículo 5 de la Constitución y lo lógico es que ahora reglamente la Ley Especial de ese artículo, el que dice que el único que puede hacer las consultas ciudadanas es el Tribunal Supremo Electoral (TSE)… si eso sucede estaríamos listos para que en las próximas elecciones generales se implemente el primer plebiscito y referéndum”.

Detalló que la propuesta para realizar la consulta popular y el tema específico a tratar puede ser solicitada por 10 diputados, el presidente de la República o el dos por ciento de la población que está en el padrón electoral.

Al consultársele sobre si se trata de algo parecido con la consulta que pretendió llevar a cabo el ex presidente Manuel Zelaya en 2009, Díaz acotó que “esta consulta es totalmente diferente a la que se pretendió hacer en el gobierno anterior porque se enmarca en un procedimiento constitucional, es el artículo 5 que establece el Plebiscito y Referéndum, una reglamentación que dice cómo se hace y el órgano que lo realiza que es el Tribunal Supremo Electoral. Es un procedimiento totalmente encausado con respecto a lo que se pretendió hacer antes”.

Díaz concluyó que “no hay tema prohibido para el pueblo, es una decisión de la gente, es algo que el pueblo lo decide en las urnas y no hay nada que no se le pueda preguntar”.

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