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Nutricionistas y dietistas hondureños emprenden campaña contra usurpadores

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Tegucigalpa- Con la finalidad de ofrecer a la población hondureña un servicio calificado, los profesionales Colegiados de la Nutrición y Dietistas de Honduras (CNDH) han emprendido una campaña contra el ejercicio ilegal de la profesión.

La presidenta del Colegio de Nutricionistas y Dietistas de Honduras, Danori Carbajal explicó que la nutrición es una ciencia ética, en ese sentido, los profesionales de esta área de la salud requieren entre cinco y seis años de formación universitaria, en donde se estudia la anatomía humana, histología, patología, epidemiologia, dietoterapia, nutrición parental, nutrición normal, bioquímica, además de otras materias.

En ese sentido, en su campaña, los nutricionistas y dietistas colegiados hacen especial énfasis en que no es suficiente realizar cursos de nutrición y que la población no debe poner en riesgo su salud en manos de personas inexpertas ya que ello provoca daños irreparables hasta la muerte y constituye una competencia laboral desleal.

Los nutricionistas profesionales están facultados para elaborar planes nutricionales para personas con enfermedades metabólicas como la diabetes, hipertensión, obesidad, problemas cardiovasculares, enfermedades gastrointestinales, reflujo gastroesofágico y ulcera, entre otros. De igual manera a mujeres en estado de gestación o lactancia que requieren nutrición o para la enfermedad, explicó la profesional de la salud.

Según datos estadísticos, en Honduras existen a la fecha un aproximado de 100 profesionales nutricionistas y dietistas graduados de las diferentes universidades públicas y privadas. Cabe señalar que la carrera de nutrición es de reciente creación, lo que la convierte en una nueva opción universitaria para prestar servicios a la sociedad.

Se conoce como Intrusismo al ejercicio de actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título universitario expedido según el Consejo de Educación Superior; y de acuerdo al Código Penal de Honduras en su artículo 293, especifica que: “Quien indebidamente se atribuya título o grado académico, ejerza una profesión o mantenga despacho….con el objeto de ofrecer servicios académicos, profesionales o técnicos sin contar con la autorización legalmente requerida de entidad pública o privada, será sancionado con reclusión de tres a seis años”.

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