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Estados Unidos necesita miles de trabajadores migrantes temporales (1/2)

Por: Ricardo Puerta
Tegucigalpa.- En el pasado mes de diciembre, el Congreso  de Estados Unidos de América aprobó cambios importantes en su política inmigratoria, que fueron adoptados  al decidir el presupuesto general de esa nación para el año fiscal  2016.  

Las fechas de un año fiscal y de un año calendario no coinciden en ese país, aunque ambos duran 12 meses. El año fiscal estadounidense corre del 1 de octubre de un año al 30 de septiembre del año siguiente, y el año calendario es como en otros paises, comprende del 1 de enero al 31 de diciembre.

Los cambios migratorios adoptados son los más sustanciales que el Congreso norteamericano haya promulgado en más de una década. Especialmente, en cuanto a visas temporales que se aplican legalmente a trabajadores agrícolas y no agrícolas, con destrezas de baja y alta calificación.

Lo adoptado impresionó a muchos por dos motivos. Por el alcance de las medidas adoptadas y por el poco debate que hubo, dentro y fuera de Washington, durante las discusiones que llevaron a aprobar los cambios adoptados, en comparación a lo sucedido antes en situaciones similares. Sin embargo, en medio de la calma que hubo en las discusiones, resalto lo que dijo públicamente el recién electo Presidente de la Cámara Baja estadounidense, el Representante Republicano, Paul Ryan, del Estado de Wisconsin.

Al asumir la presidencia de tal cuerpo legislativo, hoy controlado por mayoría republicana, en una declaración pública Ryan se comprometió a no abrir ningún debate sobre la reforma migratoria hasta que Barack Obama, actual presidente de Estados Unidos, finalice su mandato y le entregue el mando el 20 de enero del 2017, al nuevo Presidente norteamericano, que según elecciones generales programadas, será electo el martes 8 de noviembre del año en curso.

La declaración del Congresista Ryan demostró, una vez más, la férrea resistencia que tienen los miembros de ese partido en la Cámara de Representantes, o Cámara Baja del poder Legislativo, ante la ley de reforma migratoria. Desde el 27 de junio del 2013 vienen oponiéndose en público a que reabra en el seno de la Cámara el debate sobre el proyecto de ley de reforma migratoria. En la fecha mencionada, el Senado estadounidense, o Cámara Alta, del Legislativo, había ya aprobado, en acuerdo bipartidista, un proyecto de ley que ofrecía una amplia y rápida vía de normalización migratoria para los casi 12 millones de personas en todo el país que viven y trabajan desde hace años, como indocumentados. Semanas después de junio del 2013, el acuerdo bipartidista perdió el apoyo republicano en la Cámara de Representantes, y hoy sigue en las mismas condiciones.

Visas para trabajadores agrícolas temporales

Con una visa H-2A se puede trabajar temporalmente en el sector agrícola de EUA. La agricultura norteamericana emplea algo menos de tres millones de trabajadores, 75% de ellos nacidos en México. Un 50 por ciento de todos los trabajadores agrícolas de Estados Unidos son extranjeros y no poseen la debida documentación migratoria que legalmente los ampara en la labor que hacen. El resto es residente o ciudadano, más el buen número de ellos, que posee la visa H-2A, la cual autoriza a laborar por una temporada en una ocupación agrícola. Los Estados de la Unión americana con el mayor número de trabajadores agrícolas son California, Texas, Washington, Florida, Oregón y Carolina del Norte.

Visas de trabajadores temporales no agrícolas, bajos en destrezas

Estas visas son del tipo H-2B. Según las disposiciones aprobadas en el 2016, las mismas fueron también sustancialmente modificadas. Se usan para trabajar en sectores no agrícolas, tales como jardinería, turismo, hospedaje, deportes por temporada y otras ocupaciones que solo se activan parte del año,

Según la nueva ley aprobada, la cuota anual de visas H2-B tiene un tope de 66.000. Se le concede al trabajador por 1 año –antes era por solo 10 meses. Y se puede extender dos veces, un año más por cada extensión concedida, pudiendo entonces el trabajador quedarse ocupado haciendo lo mismo, por 3 años seguidos. Después de tal tiempo máximo el trabajador deberá salirse de Estados Unidos, al menos por tres meses, y después volver, solicitando por otra temporada más el mismo tipo de visa que tenía antes.
Quienes se opusieron a los cambios adoptados en las visas H-2B pronosticaron que el número de trabajadores que solicitarían ser admitidos en Estados Unidos, bajo este tipo de visas, podría en el 2016 triplicarse (190,000) o incluso hasta cuadruplicarse (260.000), con relación al tope legal establecido: 66,000. Sin embargo, la Oficina de Presupuesto del Congreso estimó que bajo la nueva ley el aumento de trabajadores sin destrezas, escasamente sobrepasaría los 8,000 anuales por encima del máximo establecido.

La ancha diferencia que va entre el rango de 8,000 vs. los 190 mil y 260 mil estimados– nos da una idea de cómo quieren seguir jugando los políticos y los empresarios estadounidenses, con los cambios imprevistos que suceden en el mercado laboral agrícola temporal estadounidense, que descansa mayormente en trabajadores importados; situación que caracteriza a la agricultura y negocios derivados, aún en países desarrollados, como es los Estados Unidos.

Visas de trabajadores calificados

Un segundo conjunto de disposiciones aprobadas en el 2016 aumenta los impuestos que tienen que pagar ciertos empleadores al Estado para poder reclutar más empleados extranjeros legalmente; en este caso, de alta calificación, con visas de los tipos H-1B y L-1.

Se aplica la visa H-1B si el empleado va a Estados Unidos a prestar servicios en un nivel profesional, programados de antemano. Para calificar, la persona interesada debe poseer una licenciatura de nivel universitario, o un grado académico más alto (u otro equivalente), con especialidad en el mismo campo que busca trabajo. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos –USCIS por sus siglas en inglés– determinará si el empleo solicitado constituye una ocupación especializada y si el interesado está calificado para desempeñarla. El empleador o patrono debe presentar una solicitud de condición laboral al Departamento de Trabajo, detallando los términos y condiciones del contrato de trabajo que intenta ofrecerle al trabajador candidato.

Se necesita una visa L-1 si el interesado es el empleado de una compañía internacional que lo muda temporalmente a la casa matriz, o a una filial o subsidiaria de la misma compañía, la cual se ubica en los Estados Unidos. La compañía internacional puede estar constituida por un grupo empresarial de Estados Unidos o de extranjeros. Para calificar a la visa L-1, el interesado debe estar activo en un nivel administrativo o ejecutivo, poseer conocimiento especializado y probar que la compañía de los Estados Unidos lo colocará en cualquiera de los niveles ya mencionados, en la misma u otra posición a la que antes tenía.

Adicionalmente, el interesado debe haber estado empleado en forma continua en la compañía internacional que esta fuera de los Estados Unidos, al menos por un año, durante los tres años previos en que solicita ser admitido en Estados Unidos. Se puede aplicar para una visa L-1 solamente después que la compañía o filial en los Estados reciba de USCIS la petición aprobada, la cual fue presentada en forma abierta o personalizándola al candidato.

Desgraciadamente, en Honduras las anteriores oportunidades de trabajo se dejan a que se gestionen a merced del mercado y por eso, siguen dominadas por agentes que están más interesados en el lucro personal y no en que la migración se convierta en un eje sinérgico del desarrollo, del país que envía al migrante –en este caso Honduras– como de Estados Unidos, el país que lo acoge como trabajador migrante temporal.

En la entrega siguiente a esta misma sección de Criterios, comentaré una forma de gestionar la migración hondureña a Estados Unidos, de acuerdo a una estrategia planificada y legal, con efectos positivos de co-desarrollo, en Honduras y en Estados Unidos.

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