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El agua, un derecho humano esencial y un asunto de seguridad humana

Por: H. Roberto Herrera Cáceres

Comisionado Nacional de los Derechos Humanos

El agua es un recurso esencial para la vida de las personas y al mismo tiempo es indispensable para el desarrollo sostenible conducente a mejorar progresivamente el nivel de bienestar o calidad de vida de la población.

En Honduras tenemos problemas derivados de la inseguridad de acceso universal y equitativo al agua de calidad, lo que ocasiona enfermedades de origen hídrico que han hecho presa de grandes segmentos de nuestra población y han impactado severamente en la mortalidad infantil. Ello porque aún la cobertura es insuficiente y discriminatoria y, en donde tenemos abastecimiento, la calidad es todavía deficiente y el suministro no es siempre continuo. Quienes han resultado más afectados son los sectores más pobres y los más desfavorecidos.

De igual manera, tenemos problemas con la preservación de las fuentes de agua que están estrechamente relacionadas con el estado de conservación de los ecosistemas forestales y la biodiversidad, por lo que es preciso superar las malas prácticas en el uso del agua, prevenir las talas ilegales y los incendios forestales; y asegurar una mejor planificación de las actividades del desarrollo para que, respetando el derecho al agua de los habitantes, aseguren también su empleo decente contribuyendo así al crecimiento económico inclusivo de Honduras.

Asimismo, es apremiante tomar medidas para reducir progresivamente la recurrente carestía anual de agua. Durante varios meses del año, la población se ve privada del abastecimiento adecuado de ese líquido precioso, pero no avanzamos en facilitar el esfuerzo de los habitantes para contar con medios de captación y represamiento del agua lluvia cuya precipitación es intensa en Honduras, su promedio es de los más altos y abastece no solamente nuestras aguas superficiales, sino que también las subterráneas.

El derecho humano al agua está reconocido internacionalmente desde 1976, en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Desde 1977 se ha venido hablando, en varias conferencias internacionales, del derecho al agua y eso lo tenemos, además de esas conferencias, en resoluciones internacionales, en informes de relatores, en informes del Consejo de las Naciones Unidas y así también lo hemos tenido en tratados internacionales como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

En Honduras, el acceso al agua y saneamiento está constitucionalmente reconocido, garantizándose asimismo la preservación de las fuentes de agua. La Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras, señala que: “Para garantizar la seguridad económica y social de la nación se declara el agua como un derecho humano y un recurso estratégico de prioridad nacional. Los usos del agua para mantener la vida, el funcionamiento del hogar, la producción de energía, riego y otros usos comerciales en modalidades compatibles con la sostenibilidad ambiental serán regulados por el Estado y deberán ser debidamente compensados en consonancia con lo que establece la Ley General del Agua.”

En consecuencia, el acceso al agua y el saneamiento básico es un asunto de seguridad humana y es un derecho humano que el Estado debe asegurar y proteger, incluyendo la preservación de sus fuentes y su abastecimiento variado pero equitativo y preferente para el consumo de la población, con atención especial a quienes viven en la pobreza.

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