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Como “improcedente” califica diputado Saavedra traspaso de 33 bienes asegurados por corrupción en el IHSS

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Tegucigalpa – Como “improcedente” calificó el diputado por el Partido Liberal, José Alfredo Saavedra, la ordenanza del presidente Juan Orlando Hernández, que los bienes asegurados al ex gerente del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), Mario Zelaya, pasen a disposición de la Junta Interventora de esa institución.
 

Esta semana, luego de sostener una reunión del Consejo de Defensa y Seguridad, el mandatario hondureño ordenó el traspaso de bienes y recursos asegurados a los responsables del descalabro financiero en el IHSS, a la Comisión Interventora de ese centro hospitalario.

“El Consejo de Defensa y Seguridad ha decidido que recursos y bienes, pasen directamente a la Comisión que ha intervenido el Seguro Social. En este caso son 33 bienes inmuebles, entre otros que están disponibles ahí”, declaró el mandatario Hernández.

Cabe señalar que horas antes de este anunció, el miembro de la Junta Interventora del IHSS, Germán Leitzelar, expresó que con las reformas aprobadas a la Ley de Privación de Dominios, las propiedades aseguradas a Mario Zelaya, pasarían automáticamente ente de previsión social.

Explicó que con la reforma se incorporó la figura de que todos los bienes de las instituciones del Estado que sean resultado de recuperación por parte de la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI), deben ser devueltos a las instituciones cuando estén identificados por delitos de malversación de fondos a través de actos de corrupción.

No obstante, el parlamentario Saavedra manifestó que “es satisfactoria la decisión ejecutiva, sin embargo jurídicamente es improcedente en este momento”.

Añadió que la supuesta improcedencia obedece a que “lo que existe en este momento es un aseguramiento de bienes”.

En ese sentido, indicó que el aseguramiento de bienes es para continuar con las diligencias y tiene que haber un proceso en el cual a las partes se le da un derecho de la defensa.

Asimismo, exteriorizó que tiene que haber una sentencia de extinción de dominio para que posteriormente estos bienes pasen al Estado “y es hasta en ese momento que haya esa sentencia, que se pueden adjudicar estos bienes al Seguro Social”.

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